Dos interesantes proyectos sobre la Vendimia

Finalizando las notas sobre Vendimia, conversamos con una Senadora que estudió, investigó y presentó dos proyectos en relación a varios aspectos de nuestra Fiesta grande.

Alejandra Cicchitti

Gabriela Testa es Licenciada en Turismo y ha realizado Posgrados en esa área, como así también en Políticas públicas y Formulación de proyectos. Ha sido Concejal, Directora de Cultura y Patrimonio, Subsecretaria de Turismo y actualmente, se desempeña como Senadora, finalizando este año su mandato. Ha sido Profesora en la Universidad Aconcagua, Tutora de tesinas y es coautora de numerosas normas turísticas, culturales y ambientales.

¿Qué significa la Vendimia para Mendoza?

La Fiesta de la Vendimia, es mucho más que una celebración, es un interesante fenómeno socio-cultural, económico y político de la provincia, cuyo abordaje suele ser muy complejo. Debe verse con el conjunto de sus "componentes" y la interrelación que existe entre ellos. Además del gran Acto Central y la Bendición de los frutos, incluye las fiestas barriales, distritales y departamentales, la Vía Blanca y el Carrusel, todos instituidos en torno a la elección de las personas representantes del Reinado de la Vendimia y esto desde su misma génesis, en el año 1936. Estos componentes están mencionados en la Ley N°6973, que la declara Patrimonio cultural de Mendoza.

¿A que consideramos Patrimonio cultural tangible e intangible?

El patrimonio cultural se refiere a todos aquellos elementos materiales y manifestaciones inmateriales, producidas por las distintas comunidades a través del tiempo. Forman parte del Patrimonio Cultural Inmaterial, manifestaciones tales como los usos, celebraciones, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas - junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes - y que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como testimonios significativos y auténticos de su cultura, luego de su declaratoria. Según sea su trascendencia, determinadas expresiones culturales pueden formar parte del patrimonio mundial, es decir, aquel que pertenece a toda la humanidad, como es el caso de la Fiesta Nacional de la Vendimia y la razón del proyecto de ley.

Ejemplos:

* La Fiesta Nacional de la Vendimia es un patrimonio intangible en la categoría de celebración, y está vinculado a patrimonios materiales como el Teatro Griego y las cajas lumínicas.

* El Reinado Nacional de la Vendimia es la institución que ejerce la representación de la Fiesta y como tal es un patrimonio intangible necesariamente vinculado a bienes tangibles, como son sus atributos: corona, cetro, capa y anillo; que son propiedad del Gobierno de la Provincia de Mendoza. A esto se suma la banda, único recuerdo formal de su reinado que conservan las representantes del Reinado.

¿Qué proyectos has presentado respecto a la Vendimia?

En mi función de Senadora, durante estos tres años, he elaborado más de veinte proyectos de ley y numerosas resoluciones. Respecto a la Fiesta Nacional de la Vendimia, presenté dos el 17 de setiembre de 2021. Elegí ese día simbólicamente, porque en Mendoza se celebra el "Día del Patrimonio cultural". Uno de ellos es un Proyecto de Ley que crea la Comisión UNESCO por Vendimia, para postular a nuestra Fiesta como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. El otro es un Proyecto de declaración (de menor jerarquía legislativa), para poner en conocimiento del Poder Ejecutivo la necesidad de actualizar el Reglamento del Reinado de la Vendimia, al que se adjuntó además un "Modelo de Reglamento sugerido", del que hablaré más adelante.

¿Por qué elaboraste estos proyectos?

Mi mayor preocupación es la convicción de que no se puede eliminar de nuestra Fiesta mayor, un componente -en este caso el Reinado-, sin un proceso integral de estudio, que asegure su preservación, no solo por mandato de la legislación, sino por la cantidad de fuentes de empleo que involucra y favorece, en diferentes sectores de la economía.

¿Qué fuentes consultaste?

Para ambos proyectos se estudió el digesto provincial de la Fiesta (que consta de 8 leyes específicas), tratados internacionales y la legislación nacional en materia de patrimonio cultural intangible, literatura técnica vinculada a festejos populares y estudios de historiadores y expertos del CONICET.

A su vez, para el Proyecto de declaración del Reglamento del Reinado, se consultaron antecedentes de representaciones similares de fiestas argentinas y de otros países y fundamentalmente los Tratados internacionales y las leyes vinculadas a la erradicación de la violencia contra la mujer. Por el valor de sus conocimientos empíricos, se consultó a las Comisiones de Reinas y Virreinas de mandato cumplido (CORENAVE y COVINAVE), a la Coordinadora de Reinas, Alejandra Gamboa y a la Reina 2020-2021, Mayra Tous.

El Proyecto de Ley que crea la Comisión UNESCO por Vendimia requirió un exhaustivo estudio de la legislación vigente en materia de patrimonio cultural internacional, nacional y provincial y las exigencias de la UNESCO para realizar el proceso de postulación y algunos ejemplos existente. Tuvimos reunión vía Zoom con el equipo del Gobierno de Corrientes que logró incorporar "el Chamamé" como Patrimonio inmaterial de la Humanidad. Otras dos manifestaciones que forman esa selecta lista de la UNESCO, son el tango y la técnica del filete porteño, como ya sabrán.

¿Qué se propone en el Reglamento del Reinado Nacional de la Vendimia?

En términos generales, el Reglamento propuesto en mi proyecto, pero no adoptado aún por el Poder Ejecutivo, define el concepto de "Reinado", establece requisitos para la postulación, determina funciones, sistema de elección, derechos y deberes de los representantes de dicha institución. Básicamente se eliminan conceptos subjetivos como son la belleza y la inteligencia; se plantea la obligatoriedad de que cada candidata presente un proyecto para ejecutar durante el mandato y se incorporan requisitos vinculados a la ética de la función pública. Finalmente, el Reinado se convierte en un cargo público, ya que la Reina y la Virreina son empleadas del Gobierno de Mendoza durante el periodo que dura su mandato. La propuesta incluye también modificar el sistema de elección de las personas representantes del Reinado de la Vendimia.

¿Qué establece el concepto de "Reinado"?

Yo diría que el concepto de "reinado" no es una invención, sino la elaboración de un concepto base, un aporte que consideré necesario para dar un marco de comprensión y lógica, a un tema que dio lugar a un debate público y legal y que duró dos años. El concepto aportado, naturalmente discutible, establece que el Reinado Nacional de la Vendimia debe ser entendido como la institución que junto a otras manifestaciones de la Fiesta Nacional de la Vendimia, conforma el patrimonio cultural inmaterial más relevante de la Provincia de Mendoza y como tal es inalterable en su esencia, según consta en la Ley Provincial Nº6973/02, donde se enumeran sus componentes: "Fiestas tradicionales, barriales, distritales y departamentales; Bendición de los Frutos; Carrusel; Vía Blanca de la Reinas y Acto Central." El reinado se constituye como un hito histórico, cultural, social y garante de la cobertura territorial de los festejos y del sostenimiento de los actos centrales de la Fiesta Nacional de la Vendimia, siendo desempeñado por dos personas elegidas formalmente a través de un proceso eleccionario en el Acto Central, momento culmine de la Fiesta, que se denominan tradicional y folclóricamente como Reina Nacional de la Vendimia y Virreina Nacional de la Vendimia.

¿De qué trata este proyecto que deben presentar las candidatas?

Respecto a este punto, el Reglamento establece que cada una de las aspirantes deberá formular y presentar un proyecto, cuya temporalidad permita su ejecución en el año de mandato. Para la temática se sugieren las establecidas en sus funciones (difundir la Fiesta, promover la cultura, promocionar la Provincia, realizar labores solidarias, etc) o áreas de interés según su formación académica, si la tuviere (cada vez tenemos más Reinas y Virreinas profesionales). El proyecto deberá tener carácter federal y ajustarse al presupuesto asignado, tal como se prevé en el mismo.

También establece que la Autoridad de Aplicación en conjunto con los municipios de las personas candidatas electas y a través de las áreas que consideren correspondientes, deberán capacitarlas continuamente durante el año de reinado, para una correcta ejecución del proyecto presentado.

¿Qué cambios habría en cuanto a la cantidad de votos y votantes?

El modelo de Reglamento, sugiere cambiar el número actual de votos y la asignación casi total de los mismos, al público presente en el Teatro griego la noche del Acto Central.

Se asignarían entonces solo 250 votos en total (en lugar de los 300 votos actuales) y de éstos, 144 estarían distribuidos equitativamente para los ciudadanos de los 18 departamentos. En un número de 8 para cada Municipio: 2 para la Intendencia y 6 para ciudadanos de cada departamento, distribuidos según el criterio de cada Comuna. Los restantes serían distribuidos de la siguiente manera: 20 para CORENAVE, 10 para COVINAVE y hasta completar el universo de 250 votos, se asignarían esos 76 votos restantes entre los representantes del Consejo Social, Económico y Ambiental de la provincia, autoridades de los 3 poderes del estado e invitados especiales. Agrego además que en el artículo 21 se contempla cómo proceder en caso de empate.

¿En qué situación se encuentran los dos proyectos presentados?

El Proyecto de Resolución que regula la Institución del Reinado de la Vendimia ya fue dirigido al Poder Ejecutivo para su consideración, análisis y posible implementación y no ha sido adoptado. El Proyecto de Ley que crea la Comisión UNESCO por Vendimia fue aprobado el 29 de abril de 2022 (hace casi un año) por la Honorable Cámara de Senadores y actualmente se encuentra en la Honorable Cámara de Diputados para su tratamiento legislativo.

Los interesados podrán estudiar en detalle los fundamentos de sendos proyectos, consultando por Expediente Electrónico Nº76331 y el Expediente Electrónico Nº76333, disponibles en la página del Senado provincial.

https://www.senadomendoza.gob.ar/consulta-de-proyectos/

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