Cambian las pericias por granizo y heladas en Mendoza

La Dirección de Contingencias Climáticas modificó el procedimiento que aplicarán los ingenieros agrónomos para evaluar pérdidas en cultivos durante la campaña 2026-2027. La actualización incorpora criterios especiales para grandes superficies, ajusta los métodos de muestreo y redefine aspectos del sistema de compensaciones.

El Gobierno de Mendoza puso en vigencia un nuevo esquema para la evaluación de daños provocados por fenómenos climáticos como granizo y heladas en las producciones agrícolas de la provincia. La Dirección de Contingencias Climáticas aprobó un nuevo Manual de Procedimientos que reemplaza al reglamento utilizado durante la temporada anterior y establece los criterios que deberán aplicar los peritos durante el ciclo agrícola 2026-2027.

La modificación quedó formalizada mediante la Resolución 24, publicada en el Boletín Oficial, que actualiza el Reglamento General de Tasaciones utilizado por los ingenieros agrónomos encargados de inspeccionar fincas afectadas. La nueva normativa introduce cambios en la organización de las pericias, en la metodología para determinar pérdidas y en los mecanismos de control y liquidación vinculados al trabajo técnico.

Más peritos para grandes explotaciones

Uno de los principales cambios está relacionado con las propiedades de mayor superficie. El nuevo reglamento establece que, cuando una denuncia corresponda a establecimientos con más de 300 hectáreas cultivadas registradas en el Registro de Uso de la Tierra (RUT), podrá incorporarse más de un profesional para realizar la evaluación.

La cantidad de especialistas podrá incrementarse con la incorporación de un perito adicional por cada bloque de 300 hectáreas o fracción que supere ese límite. De todos modos, la Dirección de Contingencias Climáticas tendrá la facultad de modificar esa cantidad cuando la magnitud del fenómeno climático o las características del relevamiento lo requieran.

En estos casos, los profesionales deberán presentarse en simultáneo en la finca, distribuir las áreas a inspeccionar y elaborar una evaluación general unificada para entregar al productor. Además, cada especialista deberá confeccionar el informe correspondiente al sector que haya relevado.

Cambios en el procedimiento de inspección

El nuevo manual mantiene la obligación de realizar las verificaciones directamente en los establecimientos productivos y establece que el productor o un representante autorizado debe participar de la inspección.

Durante la visita, los técnicos deberán recorrer la totalidad de la superficie declarada, analizar cada cultivo informado, registrar la etapa de desarrollo de las plantas y dejar asentados tanto daños previos como nuevas afectaciones ocurridas antes de la evaluación.

La normativa también mantiene el sistema de muestreo como herramienta principal para determinar el nivel de daño. Las mediciones seguirán realizándose mediante controles distribuidos en distintos sectores de la propiedad, aunque se incorporan mayores exigencias cuando el porcentaje de afectación sea difícil de establecer.

Cuando la pérdida estimada se encuentre cercana al 50% o existan dudas sobre la magnitud del daño, los peritos deberán ampliar el relevamiento hasta analizar al menos el 5% de las plantas del sector productivo evaluado.

Actualización de criterios técnicos por cultivo

El reglamento incorpora nuevas precisiones para calcular las pérdidas según el tipo de producción afectada. La metodología contempla parámetros diferenciados para cultivos como vid, olivo, cerezo, frutales de carozo y pepita, tomate, cebolla, ajo, pimiento, berenjena y cucurbitáceas, entre otros.

Los cálculos tendrán en cuenta factores como el momento del ciclo productivo, el estado fenológico de la planta y las características de las lesiones ocasionadas por los eventos climáticos.

El rol de las tasaciones en las compensaciones

Las evaluaciones realizadas por los peritos son el paso inicial para determinar la aplicación de los mecanismos previstos por la Ley Provincial 9083 de Emergencia Agropecuaria y los programas de asistencia como el Fondo Compensador Agrícola y el Seguro Agrícola.

El nuevo reglamento mantiene que las inspecciones deben solicitarse por iniciativa del productor. En caso de no estar conforme con el resultado de la evaluación, podrá presentar una impugnación dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación.

La revisión será analizada por un perito técnico de la Dirección de Contingencias Climáticas y la decisión final de ese organismo será definitiva.

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