En detalle: fecha y alícuotas del blanqueo de capitales de Caputo
El texto considera tres fechas de corte para el proceso de blanqueo de capitales. En caso de menos de US$100.000 no habrá cobro de ningún tipo.
Dentro del paquete de leyes que ingresó al Congreso se considerá un blanqueo de capitales, proyecto en el que están contemplados sujetos residentes y no residentes.
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El plazo para la medida será el 30 de noviembre del 2024 y se desarrollará en tres etapas.
La primera, que se extenderá hasta el 31 de mayo con una penalidad por el ingreso al régimen será de 5%,
Una segunda etapa con fecha límite de pago hasta el 31 de agosto y una penalidad hasta el 10%.
La tercera etapa, con una alícuota de 15%, terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos.
El texto considera, además, que en ningún caso AFIP cobrará el impuesto especial si se declaran menos de 100 mil dólares.
La lista bienes a blanquear es la siguiente:
a) Moneda nacional o extranjera
b) Inmuebles ubicados en Argentina.
c) Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
d) Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares.
e) Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores.
f) Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
g) Derechos y otros bienes intangibles.
h) Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico, incluyendo los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el exterior.
Los bienes extranjeros la lista es similar pero incorpora a las criptomonedas:
a) Moneda extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias.
b) Inmuebles ubicados fuera de Argentina.
c) Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
d) Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados del exterior.
e) Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores ubicados fuera de Argentina.
f) Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
g) Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en incisos anteriores.
h) las criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas.
i) Otros bienes ubicados fuera del país no incluidos en incisos anteriores.