El ENACOM habilitó el bloqueo de celulares en cárceles provinciales

La medida amplía a las penitenciarías de las provincias que adhieran al protocolo el bloqueo de IMEI, IMSI y líneas telefónicas de dispositivos móviles detectados dentro de las áreas de detención y de acceso restringido. Mendoza había solicitado incorporar a los servicios penitenciarios provinciales.

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) modificó el procedimiento vigente para el bloqueo de teléfonos celulares y amplió su alcance a los establecimientos penitenciarios provinciales que adhieran al protocolo nacional.

La medida fue establecida mediante la Resolución 734/2026, firmada el 11 de agosto por el interventor del organismo, Juan Martín Ozores, y apunta a impedir que los teléfonos móviles sean utilizados desde las cárceles para coordinar delitos o mantener comunicaciones no autorizadas.

La decisión incorpora expresamente a las provincias al mecanismo que ya había sido establecido para los establecimientos penitenciarios federales. De esta manera, las empresas prestadoras del servicio de comunicaciones móviles deberán bloquear determinados dispositivos cuando reciban una solicitud del Ministerio de Seguridad de la Nación.

Qué cambia con la resolución

La norma modifica el artículo 5° del procedimiento aprobado originalmente por el ENACOM en 2016 para bloquear terminales denunciadas por robo, hurto o extravío e identificar IMEI irregulares.

El nuevo texto establece que las prestadoras de servicios de comunicaciones móviles deberán bloquear el IMEI, el IMSI y la línea telefónica asociada de los dispositivos que sean identificados dentro de las áreas alcanzadas por el protocolo penitenciario.

El IMEI es el número que identifica de manera única a un teléfono celular, mientras que el IMSI identifica al abonado dentro de una red móvil. El bloqueo conjunto permite impedir que un equipo o una línea continúen operativos dentro de las zonas restringidas.

La medida se aplicará a los celulares que se activen tanto en el área de detención como en el área de acceso restringido al público de los establecimientos penitenciarios federales y de aquellos pertenecientes a provincias que adhieran al procedimiento.

Las provincias deberán adherir al protocolo

La incorporación de las cárceles provinciales surgió, entre otros antecedentes, a partir de un pedido realizado por el Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza, que planteó ante el ENACOM la problemática existente en los establecimientos penitenciarios de la provincia.

A partir de esa solicitud, el organismo nacional consideró necesario extender expresamente el mecanismo de bloqueo a los sistemas penitenciarios provinciales.

Sin embargo, la aplicación no será automática en todas las provincias. Los gobiernos provinciales deberán adherir al procedimiento aprobado por el Ministerio de Seguridad Nacional para que sus establecimientos queden comprendidos.

Una vez producida la adhesión, las solicitudes de bloqueo deberán ser canalizadas exclusivamente a través del Ministerio de Seguridad de la Nación, que será el encargado de comunicarlas a las prestadoras de servicios de comunicaciones móviles.

El objetivo: evitar que las cárceles sean utilizadas para coordinar delitos

La resolución se fundamenta en la necesidad de impedir que personas vinculadas con organizaciones criminales que se encuentran detenidas puedan utilizar teléfonos celulares para planificar, coordinar o ejecutar maniobras ilícitas desde los establecimientos penitenciarios.

El Ministerio de Seguridad Nacional ya había autorizado en abril de 2026 al Servicio Penitenciario Federal a instalar sistemas destinados a detectar y bloquear IMEI e IMSI en las cárceles federales.

Ese procedimiento incluye un manual específico que establece las responsabilidades de los organismos involucrados, los mecanismos para realizar los bloqueos y los sistemas de registro y seguimiento de las operaciones.

La tecnología utilizada deberá, además, incorporar los ajustes necesarios para evitar que el bloqueo de las comunicaciones se extienda fuera de los establecimientos penitenciarios.

Las empresas deberán conservar un registro de los bloqueos

La resolución también establece obligaciones para las prestadoras de servicios móviles. Además de ejecutar los bloqueos solicitados, deberán registrar y conservar las gestiones realizadas, garantizando la integridad y trazabilidad de la información.

Esos registros deberán quedar disponibles tanto para los usuarios como para las autoridades correspondientes.

El ENACOM justificó la actualización del procedimiento en la necesidad de adaptar las herramientas regulatorias a nuevas modalidades de fraude y delitos, bajo el argumento de que las metodologías utilizadas por las organizaciones criminales son dinámicas y requieren una revisión permanente de los mecanismos de control.

La nueva normativa se suma así a las medidas adoptadas por el Gobierno nacional para restringir el uso de tecnologías de comunicación móvil dentro de las cárceles y extiende ese esquema a las provincias que decidan incorporarse al protocolo nacional.

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