El Gobierno eliminó el límite de USD 50 para exportaciones por correo

A través del decreto 604/2026, el Ejecutivo habilitó las ventas al exterior mediante servicios postales y courier sin tope de monto. La medida apunta a facilitar la participación de pymes y pequeños productores en el comercio internacional y equiparar el esquema con el vigente para importaciones.

El Gobierno nacional eliminó el límite de USD 50 que regía para las exportaciones realizadas mediante correo postal o servicios de courier, una medida que busca impulsar el comercio electrónico transfronterizo y ampliar las posibilidades de inserción internacional para empresas argentinas.

La decisión quedó formalizada a través del decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial, y permitirá que las operaciones de exportación por esta vía puedan realizarse sin restricciones de valor monetario, una vez que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) complete la reglamentación correspondiente.

Desde el Ejecutivo explicaron que la modificación apunta a otorgar un tratamiento similar al que ya existe para las importaciones mediante estos mecanismos, que fueron flexibilizadas durante 2024.

Una herramienta para pymes y pequeños exportadores

En los fundamentos de la norma, el Gobierno destacó que la exportación por medios postales representa una alternativa simplificada para acceder a mercados internacionales, especialmente para empresas que no cuentan con experiencia en operaciones tradicionales de comercio exterior.

"La exportación por medios postales constituye una vía alternativa y simplificada que fomenta la inserción de las empresas en el mercado internacional, en especial de aquellas que no están habituadas a realizar operaciones tradicionales de comercio exterior o no realizan operaciones de gran volumen", señaló el Ejecutivo.

La medida se vincula con el crecimiento del comercio electrónico internacional, que permite a productores y comerciantes vender sus bienes en otros países sin necesidad de recurrir a grandes estructuras logísticas.

El Gobierno sostuvo que el nuevo esquema permitirá "brindar a los productores y comerciantes argentinos nuevas posibilidades para insertarse en el mercado internacional".

Cambios en la normativa vigente

El decreto 604/2026 modifica el decreto 1001/1982 y deja sin efecto el artículo 8° del decreto 161/1999, normas que establecían restricciones para las ventas externas realizadas mediante envíos postales.

Según explicó el Ejecutivo, durante años existió una serie de regulaciones que limitaban estas operaciones y generaban diferencias entre los tratamientos aplicados a importaciones y exportaciones.

La eliminación del tope había sido impulsada previamente por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien había señalado que flexibilizar este régimen permitiría facilitar las exportaciones de pequeñas y medianas empresas.

Hasta ahora, los impuestos que tributaba una compra al exterior dependía del canal por el que ingresaba la mercadería al país.

Si la compra llegaba a través del Correo Argentino, la franquicia libre de impuestos era de US$50 por envío, con un máximo de 12 operaciones anuales. En cambio, si ingresaba mediante un courier privado, el beneficio alcanzaba los US$400, aunque con un límite de cinco envíos por año.

Con el decreto 604, el Gobierno unificó ambos regímenes. Desde ahora, las compras al exterior tendrán una franquicia de US$400 FOB por envío y un máximo de cinco operaciones anuales.

El objetivo oficial: reducir trabas y simplificar el comercio exterior

En los considerandos del decreto, el Gobierno volvió a citar como antecedente el decreto 70/2023, vinculado al proceso de desregulación económica y posteriormente incorporado como referencia en la Ley de Bases.

La norma plantea la necesidad de avanzar con "la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales" que puedan obstaculizar el desarrollo de la actividad económica.

En ese marco, el Ejecutivo consideró necesario actualizar el sistema de exportación mediante envíos postales comerciales y eliminar los límites de valor para permitir una mayor participación de empresas argentinas en el comercio global.

El antecedente de las importaciones por courier

El decreto también repasó la evolución del régimen de importaciones mediante envíos postales. En 1982 se había establecido un límite de USD 50 para los envíos exentos de impuestos, con un máximo de 12 operaciones anuales por persona.

Posteriormente, en 1999, se estableció que esas operaciones quedaran sujetas al pago de derechos de importación, con una alícuota unificada del 50%.

Ese esquema fue modificado en 2024, cuando el Gobierno eliminó el pago de derechos de importación para mercaderías ingresadas mediante courier sin finalidad comercial, hasta un límite de cinco envíos anuales por persona y un valor FOB de hasta USD 400 por envío.

Ahora, con la nueva normativa, el Ejecutivo busca avanzar en una mayor equiparación entre los regímenes de importación y exportación mediante servicios postales.

Menos regulaciones y mayor previsibilidad

El Gobierno argumentó que la existencia de múltiples normas aplicables al comercio electrónico internacional generaba incertidumbre para consumidores y empresas, al dificultar la identificación anticipada del régimen tributario correspondiente.

"Resulta conveniente actualizar ciertas disposiciones referidas a la importación de mercaderías y, por otro lado, igualar las exenciones tributarias aplicables a las importaciones de envíos postales y a las que se efectúen bajo el Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier", indicó el decreto.

Con esta decisión, el Ejecutivo busca consolidar un esquema más flexible para operaciones de menor escala y facilitar que más empresas argentinas puedan vender productos en mercados externos a través de plataformas digitales y sistemas simplificados de envío.

Esta nota habla de: