Otros dos funcionarios designados sin cumplir los requisitos legales

El seguimiento Funcionariato que Memo realiza a diario en torno a los nombramientos que realiza el Poder Ejecutivo Nacional da cuenta hoy de dos designaciones retroactivas y con excepción a la ley.

El Boletín Oficial publica hoy la designación de otros dos funcionarios que, como viene sucediendo masivamente, carecen de uno o más requisitos establecidos por la ley para ocupar el cargo, tal como Memo lo ha venido señalando en su seguimiento diario Funcionariato.

En este caso, las designaciones pertenecen a la Jefatura de Gabinete y llevan la firma de Juan Manzur.

Se trata de:

- A partir del 1º de noviembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Maximiliano Miguel VIVAS (D.N.I. Nº 33.197.369), en el cargo de Coordinador Técnico de la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08. EXCEPCIÓN. Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el señor VIVAS los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.

- a partir del 1° de octubre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado Walter Ariel IAMPIETRO (D.N.I. N° 27.621.375) en el cargo de Director General de Coordinación Institucional de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08. EXCEPCIÓN.  Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el licenciado IAMPIETRO los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.

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