Según la embajada en Chile, Jones Huala terminó reconociendo al Estado argentino

La embajada argentina en Chile salió a aclarar la participación de Rafael Bielsa en el proceso judicial contra Facundo Jones Huala. El detenido, que solo reconocía al "pueblo mapuche", pidió asistencia y se reconoció argentino.

Una noticias evolucionó en otra. Aquella que señalaba que el propio embajador argentino en Chile, el excanciller Rafael Bielsa había asistido a Facundo Jones Huala en la audiencia en donde se pedía su libertad condicional, ahora es que el mapuche que no reconocía al Estado argentino, pidió asistencia de la representación argentina en Santiago, por lo que terminó por reconocer su nacionalidad de origen, más allá de sus proclamas propagandísticas anteriores.

La justicia trasandina no le otorgó la libertad condicional, finalmente. Jones Huala está condenado a 9 años de presidio por un ataque incendiario ocurrido en 2013 en el fundo Pisu Pisué en la comuna de Río Bueno, región chilena de Los Ríos.

En tanto, la Embajada decidió emitir un comunicado en el que aclara por qué se encargó Bielsa del asunto y no el cónsul en Concepción, como hubiera correspondido técnicamente. No hubo, sin embargo, respuesta política, atento a que su explícito respaldo a Jones Huala sucede en medio de acciones caracterizadas como "terroristas" en la Patagonia argentina, al igual que venía sucediendo en Chile, lo que ha motivado la exigencia de la gobernadora de Río Negro, Anabela Carreras, de asistencia en seguridad.

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La sede diplomática argentina en Chile señaló, textualmente, en un hilo de Twitter:

- Frente a diversas impropiedades que se están difundiendo por algunos medios de comunicación y redes sociales, relacionadas con la asistencia consular al ciudadano argentino Facundo Jones Huala:

- El embajador Bielsa asistió virtualmente a una audiencia de la Comisión de Libertad Condicional de Temuco, instancia administrativa, en la que se trataba la aptitud para obtener o no el beneficio de la libertad condicional del ciudadano Huala.

- De ninguna manera la Embajada argentina es o ha sido parte del proceso judicial en el que se condenó al ciudadano argentino Facundo Jones Huala.

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- La normativa internacional que enmarca la participación de la Embajada en la citada audiencia es, entre otras, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963), específicamente sus artículos 3 y 36.1 inciso "c".

- El ciudadano Huala solicitó la asistencia a través de su abogada. Ha habido casos en los que el abogado lo hace y luego el detenido lo desautoriza, en los que la Embajada se abstuvo de participar, como manda la norma.

- Se trata de una tarea regular que realizan tanto los consulados como el propio Embajador, habida cuenta de su carácter de Jefe de Misión.

- En esta oportunidad, a solicitud de las autoridades chilenas, el Embajador intervino haciendo expresa salvedad del respeto por el derecho interno chileno y los procedimientos que de este ordenamiento se desprenden.

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- El Embajador no solicitó a la Comisión que se otorgara ni que se dejara de otorgar la libertad condicional, y se circunscribió a responder dichos del representante del Ministerio del Interior de Chile, que no es parte de la Junta.

- Los dichos del representante del Ejecutivo chileno postularon como una razón válida para la negación de la libertad condicional al ciudadano argentino su identidad cultural.

- Eso resulta contradictorio con todo el ordenamiento internacional de DDHH del que ambos países somos parte, pues no se puede aceptar que la base para privarlo de un beneficio al que tiene derecho según la ley chilena sea su identidad y no sus actos.

- Huelga aclarar que la participación en la citada audiencia no irrogó gastos al Estado argentino. Como es de práctica, nuestra Cancillería estuvo informada de su participación en la audiencia.

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