Conciliación Civil y Comercial: los acuerdos sean primero

La senadora radial María Mercedes Rus pone énfasis en la recientemente sancionada ley que crea la Oficina de Conciliación Civil y Comercial

Mercedes Rus

Se sancionó por ley la Oficina de Conciliación Civil y Comercial una reforma que marca un precedente en los servicios de administración de Justicia. Ayer Juan Carlos Jaliff se despidió de la vicepresidencia provisional del Senado con este proyecto aprobado, haciéndole honor al espíritu de trabajo de la Legislatura mendocina, todos los partidos incluidos, que en periodo extraordinario y en el último día del mismo, sanciona una norma de especial envergadura.

Reformas como estas, son las cuales atienden las expectativas sociales más urgentes vinculadas con los servicios de la justicia o la resolución alternativa de conflictos (RAC), el punto más relevante de esta ley.

Siempre que se trata de un servicio al justiciable que de alguna forma le devuelve una "justicia" más cercana y accesible, una justicia de resultados eficaces, una justicia menos burocrática, la de plazos justos y razonables, la cual habla un lenguaje claro y entendible y campea libre de excesos rituales.

Una administración de los intereses de los justiciables donde por fin tienen carácter de protagonistas, tomando parte y autogestionándose en un ámbito libre, informal, mucho más empático, que los estrados judiciales.

Esta instancia extrajudicial de conciliación, ansia ofrecer un espacio de debate, de valoración y reflexión, una pausa antes del fatigoso camino judicial.

La misma, de terminar en acuerdo, será una "sentencia de partes" obtenida en tiempo record y con una legitimidad superlativa, la que le da nacer de los mismos contrincantes. Y que cuando no haga luz, será un mero trámite, sujeto a específicos plazos que dejan expedita la vía judicial.

La norma ofrece una deconstrucción razonable del método de conciliación propuesto, donde lejos de generalizar, ha contemplado las distintas realidades y naturaleza de las causas disponiendo la instancia de conciliación, como optativa en algunos casos y como obstativa en otras, las muchas exclusiones previstas en el artículo 6 y como obligatoria en el sustrato restante.

A su vez, institucionaliza un sistema de "actos concentrados", ajustados a estrictos plazos que sin solución de continuidad permitan, o lograr un acuerdo, o dejar rápidamente expedita la vía judicial.

Claro que lo querido es el acuerdo extrajudicial, lo cual, supondrá menos costos, en abogados, peritos, sustanciación de pruebas, tasas judiciales, etc..., una economía de plazos e instancias, pues lo judicial abre la vía recursiva en segunda instancia y las extraordinarias provincial y federal en su caso.

Un entendimiento que se erige en un ámbito donde, a diferencia de las instancias judiciales, quedan habilitados los reclamos concretos y reales, jurídicos y no jurídicos, donde la subjetividad le gana lugar al formalismo ritual, donde las partes son las protagonistas y no la toga y el martillo, donde más que frente al "contenido legal de un derecho", estamos frente al escenario fundamental del mismo que nos plantean las mismas partes y sus pretensiones en un juego dialéctico de inmediatez.

Por último, recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero también algunas cortes provinciales, han esbozado criterios rectores cuando les ha tocado referirse a instancias prejudiciales, las que se encontrarían cumplidas en la norma. Que exista medio legal normativo donde se establezcan extremos y condiciones, que el tercero conciliador sea un técnico versado en dichos saberes, plazos perentorios y fatales, respuesta ágil y razonabilidad del medio.

Si bajo la vigencia de esta ley puede lograrse al menos igualar el 40% de acuerdos judiciales que se dan en la audiencia preliminar -instancia judicial-, será un logro que habrá contribuido a bajar la litigiosidad y descomprimir el poder judicial, tanto como lograr una "justicia" más afianzada, como esboza nuestro preámbulo constitucional, entroncada en la misma voluntad de las partes, sus primeros protagonistas.

LA AUTORA. María Mercedes Rus es senadora provincial UCR.

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