Perlita

La demanda que no fue: Mendoza no denunció a Nación por cuestión de horas

El mismo día en el que firmó un decreto para iniciar acciones legales, el Gobierno nacional accedió al pedido de Mendoza.

La llegada de Pocha y Guillermina al santuario de Brasil no significó el fin de la novela entre Mendoza y Nación por el traslado de las elefantas del Ecoparque. Hoy, se supo que Rodolfo Suarez estuvo a horas de denunciar al Gobierno nacional.

Efectivamente, este martes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 599/22, firmado el 26 de abril, con el que se ordenaba al Asesor de Gobierno de Mendoza que inicie acciones legales por la inacción del Ministerio de Ambiente de la Nación, que impedía el traslado de Pocha y Guillermina.

Sin embargo, ese mismo día (26 de abril), funcionarios mendocinos confirmaron que finalmente el Ministerio de Ambiente de la Nación emitió los certificados Cites para poder trasladar a las elefantas el santuario de Brasil, lo que evitó la demanda mendocina.

Concretamente, por cuestión de horas, la Asesoría de Gobierno no inició la demanda contra Nación. Lógicamente, como el decreto dando la orden fue firmado, corresponde que igualmente esa norma se publique en el Boletín Oficial, como ocurrió hoy.

Una perlita extra es que el decreto no fue firmado por Suarez, sino por el vicegobernador a cargo del Poder Ejecutivo temporalmente, Mario Abed. Por esos días, el gobernador se encontraba de viaje por Israel, junto a otros gobernadores y funcionarios nacionales.

Por último, esta semana la Secretaría de Ambiente de Mendoza confirmó que antes de fin de año se realizará el traslado a Brasil de otra elefanta, Kenia, animal que tendría más de 40 años. Así lo dijo el flamante director del Ecoparque, Ignacio Haudet.

Haudet y Mingorance.

El decreto completo:

MENDOZA, 26 DE ABRIL DE 2022

Visto el Expediente Nº EX-2022-02694080-GDEMZA-SAYOT; y

CONSIDERANDO:

Que el Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial de la Provincia de Mendoza, pone en conocimiento las demoras injustificadas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación en emitir los actos administrativos necesarios para el traslado de las elefantas asiáticas Pocha y Guillermina al Santuario de Elefantes de Brasil y solicita que los mismos sean requeridos judicialmente;

Que el traslado de las elefantas del Ecoparque, tiene como antecedentes la firma de la carta de intención con el Santuario de Elefantes de Brasil (SEB), el 13 de diciembre de 2016, momento desde el cual se comenzaron y continuaron con las tareas de entrenamiento de las elefantas para su traslado con distintos especialistas locales e internacionales aportados por el SEB y Fundación Franz Weber;

Que los antecedentes del traslado, constan en las actuaciones EX-2019-01021512- -GDEMZA-DEM#SAYOT, en las que lucen agregados: Dossier de presentación del santuario; Licencia de Operación; Certificado de excelencia y acreditación como santuario ante la Global Federation of Animal Sanctuaries; Dictamen favorable del Consejo Consultivo de la Dirección Ecoparque Mendoza;

Que posteriormente, el 27 de agosto de 2020, el Gobierno de Mendoza firma convenio con SEB para el traslado de los 4 elefantes residentes en la Dirección Ecoparque Mendoza;

Que entre el 15 y el 28 de septiembre de 2020 se obtienen los CITES de importación y exportación y el certificado de Fauna, documentación necesaria para el traslado, emitidos el primero de ellos por el Ministerio de Medio Ambiente de Brasil y los otros dos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación Argentina;

Que sin perjuicio de haber obtenido la totalidad de la documentación necesaria, no se concretó el traslado de las elefantas Pocha y Guillermina debido a las contingencias que trajo aparejada la pandemia COVID19 y cierre de fronteras que impidió la llegada del equipo de SEB (entrenadoras y veterinarios) a Mendoza;

Que superadas las limitaciones operativas que impuso la pandemia por COVID-19, desde el 6 de abril de 2021 hasta la actualidad, comenzó la cuarentena sanitaria, auditada por SENASA, para la obtención del Certificado Veterinario Internacional;

Que ante el vencimiento de la documentación (CITES y Certificado de Fauna) necesaria para la salida del país, entre el 8 de abril y el 26 de mayo de 2021 se obtuvieron nuevamente tales documentos emitidos por las carteras de ambiente de ambos países;

Que asimismo, el 6 de agosto de 2021 se obtuvo la autorización de exportación por el paso fronterizo terrestre Puerto Iguazú, mediante Resolución 2021-273-APN-MAD con vigencia hasta el 26 de agosto de 2022 y el 28 de agosto de 2021 se obtuvo el Certificado Veterinario Internacional, emitido por SENASA;

Que nuevamente el traslado se vio frustrado, esta vez debido a la imposibilidad de que Guillermina ingrese a su contenedor de transporte, siendo ello un requisito vital en razón de la extensa duración del viaje;

Que mientras se realizaba lo necesario para el traslado al SEB, la Fundación "Tekove Mymba" intentó impedirlo, solicitando a la Justicia Federal de Mendoza que las elefantas Pocha y Guillermina sean trasladadas al "santuario" de propiedad de dicha Fundación. El pedido fue rechazado por el juzgado interviniente, y confirmado por la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, todo tramitado en el expediente FMZ 13623/2021/CA1;

Que el fallo reafirma el carácter de persona no humana -sujeto de derecho- de las elefantas Pocha y Guillermina. Además ratifica que la elección del destino donde serán derivados los elefantes residentes en la Dirección Ecoparque Mendoza, se encuentra bajo la órbita de la correspondiente autoridad de aplicación (atribución del Gobierno Provincial);

Que ante el nuevo vencimiento de la documentación necesaria para el traslado, la Dirección de Ecoparque Mendoza obtuvo el CITES emitido por Brasil con vigencia hasta el 25 de mayo de 2022;

Que en esta última oportunidad, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación Argentina, no ha emitido los Certificados de Fauna y los CITES de exportación, solicitados en el Expediente EX-2021-115037798- -APN-DNBI#MAD;

Que el 18 de febrero de 2022 se presentó "Pronto Despacho", sin respuesta del Ministerio Nacional hasta la fecha;

Que el 19 de abril de 2022 se solicitó a SENASA la excepción para obtener de manera urgente el Certificado Veterinario Internacional en función de los óptimos resultados obtenidos durante el período cuarentenario;

Que según informa la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial del Gobierno de la Provincia de Mendoza, en la actualidad las dos elefantas han asimilado con satisfacción el ingreso y permanencia en los contenedores que las trasladarán hasta el SEB;

Que estando en condiciones fácticas de iniciar el traslado, la falta de emisión de las resoluciones por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, imposibilitan el traslado y demoran la estadía de las elefantas en las instalaciones de la Dirección de Ecoparque Mendoza infundadamente;

Que atento a la falta de respuesta, el Artículo 28 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, otorga al administrado la posibilidad de requerir judicialmente un pronunciamiento de la administración;

Que junto con lo anterior, es menester tener presente que la Justicia Federal de la Provincia de Mendoza ha considerado a las elefantas como personas no humanas -sujetos de derecho-; ello habilitaría a solicitar a través de un pedido de habeas corpus, en los términos de la Ley Nº 23.098, que el Gobierno Nacional dicte los actos necesarios para el inminente traslado, en tanto que su omisión implica un "agravamiento ilegítimo en la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad";

Que este último remedio legal, tiene como antecedente la situación de la chimpancé Cecilia, tramitada en los autos P-72.254/15, y en los cuales se hizo lugar al hábeas corpus, disponiendo el traslado de la chimpancé antes del 21 de marzo de 2017 (comienzo del otoño en los términos de la sentencia);

Que en virtud de los antecedentes expuestos, y en razón de las vías judiciales que le asisten a la Provincia de Mendoza para velar por el bienestar de las elefantas Pocha y Guillermina, y proveer lo necesario para mejorar sus condiciones de vida, es que resulta imperioso instruir a Asesoría de Gobierno para iniciar las demandas pertinentes ante los juzgados competentes, con el fin de obtener la documentación necesaria para materializar el traslado al SEB;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 128 de la Constitución de la Provincia de Mendoza,

EL

VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo1º- Instrúyase al Señor Asesor de Gobierno y, por su intermedio, a los abogados auxiliares de esa Asesoría, para que en representación de la Provincia de Mendoza, inicie las acciones judiciales necesarias para hacer efectivo el traslado de las elefantas asiáticas Pocha y Guillermina, residentes de la Dirección de Ecoparque Mendoza, hacia el Santuario de Elefantes de Brasil, que se ve frustrado por la omisión del dictado de la documentación correspondiente por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, habida cuenta de la trascendencia institucional que entraña la afectación al bienestar animal y ambiental.

Artículo 2º- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

MARIO ENRIQUE ABED

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

*Informe: Santiago Montiveros

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