Fallo

Caso Florencia Romano: el Estado mendocino deberá pagar casi $12 millones

La Justicia consideró excesivo el pedido de la familia que era de $300 millones de pesos por el caso de la chica que fue víctima de femicidio.

La Justicia resolvió que la Provincia de Mendoza deberá pagar $11.976.520 por la responsabilidad que le cabe en el caso del femicidio de Florencia Romano y por el actuar de la policía que recibió el llamado de alerta de los vecinos en el 911.

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Los padres de Florencia Romano, asesinada en diciembre de 2020, demandaron al Estado mendocino por 300 millones de pesos, pero finalmente el juicio civil consideró una cifra bastante más baja.

Por el hecho ocurrido el 12 de diciembre de 2020 ya fueron condenados Pablo Arancibia, quien admitió haber asesinado a Florencia. El Femicida recibió Prisión Perpetua. Además Verónica Herrera, la operadora del 911 recibió 3 años de prisión en suspenso.

En el fallo se considera que "la responsabilidad del Estado ha sido debidamente acreditada en autos. Ha existido una omisión antijurídica al no observarse el cumplimiento de una manda legal expresa dispuesta en los Protocolos de actuación del CEO".

Además, "se verifica la falta en servicio dado que la agente policial operadora del CEO evidenció una conducta negligente y con impericia al no dar el tratamiento adecuado a la denuncia de la probable comisión de un delito muy "grave" perpetrado contra una persona a la que el Estado debía proteger (mujer adolescente) y que fuera denunciado con precisiones de tiempo y lugar". 

El texto indica además, que "asimismo, se verifica en el caso nexo adecuado de concausalidad con el daño que invocan los accionantes en tanto de haberse dado curso a la llamada telefónica, muy probablemente la muerte de Florencia se habría evitado y aún sin que ello ocurriera, podía eludirse la agonía de sus familiares ante el desconcierto sobre su paradero".

 Sobre el pedido económico de la familia, la Justicia indicó que "resulta prudente aclarar que el resultado no puede estar alejado de los criterios de ponderación que establecen las normas que rigen el sistema de Responsabilidad civil, y más precisamente al Derecho de daños, que como ya se indicó tiene una finalidad preventiva y resarcitoria mas no sancionatoria".

"Considerar lo contrario, esto es, conceder una suma desmesurada y alejada de las reglas propias del derecho civil, conllevaría a un resultado francamente injusto para quiénes, en la misma situación, acuden a la justicia en búsqueda de un resarcimiento patrimonial", explica el fallo.

Por eso, se indica que "en función de ello, la suma de $300.000.000 que se reclamó por todo concepto sin discriminar rubros ni ilustrar al tribunal la cuantía exacta que reclamaba cada accionante resulta excesiva conforme al principio de "realidad económica" y principalmente en función de lo que usualmente se concede en el fuero civil ante casos similares".

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