Nunca pierden

Nuevos costos bancarios: cuánto cobran las 10 principales entidades

Estos son las tablas comparativas de los actualizados costos de los servicios bancarios en la Argentina.

Las entidades bancarias nunca pierden y ya aumentaron los costos que les cobran a sus clientes.

El Banco Central de la República Argentina exhibe las tablas comparativas de costos de las 10 principales casas del país y se pueden notas diferencias y similitudes.

Cada banco con el que operen los lectores les estará haciendo llegar en estos días los nuevos números.

¿Por qué los bancos te dan 2 tarjetas sí o sí e insisten con los seguros?

Aquí, un valor de referencia: las cajas de ahorro, que son gratuitas en su apertura, mantenimiento y en la provisión de una tarjeta de débito a cada titular al momento de la apertura de la cuenta. También son gratuitas todas las operaciones por ventanilla, las transferencias bancarias y las operaciones que se realicen a través de cajeros automáticos y terminales de autoservicio dentro de alguna sucursal de la misma entidad de la que es cliente.

Tiene costo el uso de cajeros automáticos de otros bancos y de los que estén instalados fuera de las sucursales bancarias, como por ejemplo supermercados, shoppings y estaciones de servicio aún cuando sean de la propia entidad. Para las cuentas sueldo/previsionales, las entidades no pueden cobrar por extracciones por hasta el total del haber dentro del sistema bancario, o sea que a diferencia de las cajas de ahorro, no pueden cobrar por retiros en cajeros de otras entidades, independientemente de las redes.

Cuenta Corriente: No asociada a paquetes multiproducto

Tarjeta de Crédito Nacional: No asociada a paquetes multiproducto.

La tasa de interés por financiación de saldos de tarjetas de crédito no podrá superar la tasa nominal anual del 122% cuando el importe financiado por este concepto, considerando cada cuenta de tarjeta de crédito, no supere los $ 200.000 (Comunicación A7862). Cuando el importe financiado sea superior a los $ 200.000 -sobre el importe excedente- o de registrar consumos en moneda extranjera por un importe total superior a los USD 200 -sobre el saldo total financiado en pesos-, sólo será de aplicación el límite establecido en el artículo 16 de la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito, excepto para las entidades "C" (Comunicación A7651) para las que es de aplicación el punto 2.1.2 de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito, sin perjuicio de la aplicación de los últimos cuatro párrafos del punto 2.1.1. de las referidas normas."

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