Mendoza financiará el 50% de inversiones en turismo, logística y ambiente
A partir del 30 de junio, el Gobierno provincial abre la convocatoria al programa "Pioneros", que financia hasta el 50% de inversiones turísticas, comerciales, logísticas y ambientales. También se otorgan beneficios impositivos y créditos con tasas subsidiadas.
El Gobierno de Mendoza presentó oficialmente el programa "Pioneros", una iniciativa orientada a promover el desarrollo sostenible en zonas de alta montaña y otras regiones estratégicas del territorio provincial. A través de esta herramienta, se busca atraer inversiones que fortalezcan la infraestructura turística, comercial, logística y ambiental, con foco en el cuidado del entorno, la generación de empleo y el impulso a las economías locales.
La convocatoria, enmarcada en el Régimen de Promoción de Inversiones para Alta Montaña y Otros Relieves Mendocinos, se abrirá el próximo 30 de junio y estará destinada tanto a personas humanas como jurídicas. Los proyectos seleccionados podrán acceder a financiamiento de hasta el 50% del total de la inversión, a través de aportes reembolsables y no reembolsables. El monto máximo por proyecto es de 500 millones de pesos, y el tope total por beneficiario -en distintas convocatorias- llega a 750 millones de pesos.
Además de los fondos, "Pioneros" ofrece un paquete de beneficios fiscales por cinco años, que incluye estabilidad impositiva, exención del impuesto inmobiliario sobre los inmuebles afectados, y exención del impuesto sobre los ingresos brutos derivados de las actividades promovidas. En cuanto al financiamiento reembolsable, el mismo se otorgará a tasas bonificadas, con un período de gracia de hasta un año.
La convocatoria incluye proyectos que contemplen la adquisición de bienes de capital nuevos, obras de infraestructura nueva o mejoras sustanciales sobre instalaciones existentes. La evaluación de cada propuesta estará a cargo de una comisión técnica, que aplicará una grilla de puntuación para definir el nivel de beneficios aplicables según el impacto, la viabilidad y la alineación con los objetivos del programa.
Como parte de la difusión, ya se realizaron reuniones informativas en Las Heras, Tupungato, Tunuyán, San Carlos y Rivadavia, donde participaron representantes de los sectores turístico, económico y de obras públicas. En el caso de Las Heras, además, se convocó a operadores turísticos en Uspallata, zona clave para el perfil del programa.
La información completa sobre la convocatoria estará disponible en el sitio del Fondo para la Transformación y el Crecimiento (FTyC), donde se podrán consultar las bases y condiciones, así como iniciar la carga de documentación requerida. Para consultas, las y los interesados pueden comunicarse al correo: consultaspioneros@mendoza.gov.ar.
La resolución completa
MINISTERIO DE GOBIERNO, INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO TERRITORIAL Resolución Nº 310 MENDOZA, 24 DE JUNIO DE 2025
Vista la Ley Nº 9584, el Decreto Reglamentario Nº 2777/2024 y el Expediente (EX-2025-04582920-GDEMZA-GOBIERNO) que da origen a las presentes actuaciones, mediante el cual se gestiona la implementación del Programa "PIONEROS" en el marco del Régimen de Promoción de Inversiones para la Alta Montaña y Otros Relieves Mendocinos;
y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 9584 crea un régimen de promoción de inversiones destinado a fomentar el desarrollo sostenible en zonas de baja densidad poblacional y con alto valor ambiental y turístico, incorporando beneficios fiscales, Aportes No Reembolsables (ANR) y Aportes Reembolsables (AR) para inversiones en infraestructura turística, logística, comercial y ambiental;
Que el Decreto Reglamentario Nº 2777/2024 faculta a la Autoridad de Aplicación a sustituir, mediante resolución fundada, al fiduciario originalmente previsto para el fideicomiso a constituirse;
Que se ha propuesto, con adecuado respaldo técnico y jurídico, designar al Fondo para la Transformación y el Crecimiento (FTyC) como nuevo fiduciario, en virtud de su idoneidad y experiencia en la administración de programas de inversión pública y privada, su estructura operativa y su naturaleza jurídica como organismo descentralizado;
Que oportunamente el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial suscribirá con el FTyC el contrato de fideicomiso para la administración y gestión de los recursos del régimen;
Que asimismo, a fin de establecer los mecanismos de asistencia técnica y operativa para la implementación del Programa, corresponde aprobar el modelo de Convenio de Colaboración Mutua entre el Ministerio y el FTyC, el cual define responsabilidades específicas en torno al asesoramiento, recepción y evaluación de proyectos;
Que además resulta pertinente aprobar el modelo de Convenio Marco a suscribir con los Municipios en los que se desarrollen los proyectos, con el objeto de facilitar la articulación territorial y el acompañamiento local en la ejecución del Programa;
Que, a efectos de instrumentar la ejecución del Programa "PIONEROS", resulta necesario aprobar los Pliegos de Condiciones, establecer el período de convocatoria, aprobar el modelo de contrato de mutuo y designar los órganos evaluadores;
Que asimismo y en atención a la necesidad de asegurar la eficacia, celeridad, adecuada implementación, seguimiento y adaptabilidad del Programa "PIONEROS", resulta conveniente designar a una responsable que actúe como instancia ejecutiva operativa del mismo, con facultades para dictar actos administrativos complementarios que permitan ajustar los plazos y convocatorias futuras conforme a las necesidades operativas y estratégicas del régimen;
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica Página 1/3Por ello, y en uso de sus atribuciones y las que le confiere la Ley N° 9584, EL MINISTRO DE GOBIERNO, INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESUELVE:
Artículo 1°- Designar al Fondo para la Transformación y el Crecimiento (FTyC) como fiduciario del fideicomiso a constituirse en el marco del Régimen de Promoción de Inversiones para la Alta Montaña y Otros Relieves Mendocinos, creado por Ley Nº 9584 y reglamentado por Decreto Nº 2777/2024, en reemplazo de Mendoza Fiduciaria S.A., en virtud de lo dispuesto en el Artículo 11 del citado Decreto.
Artículo 2°- Aprobar los Pliegos de Condiciones del Programa "PIONEROS", que integra las herramientas del régimen mencionado, estableciendo como período de presentación de proyectos el comprendido entre el 30 de junio y el 15 de agosto de 2025.
Artículo 3°- Designar a la Comisión Evaluadora Técnica, la cual actuará como instancia técnica inicial de análisis de los proyectos, integrada por: Titulares: Marcelo Eduardo REYNOSO (CUIT 20-16470936-2) Martín CAREDDU (CUIT 20-24784973-5) María Agustina VIDELA CÓMOLI (CUIT 27-33767287-1) Suplentes: Marianella PIVETTA (CUIT 20-33274449-1) María Cristina SÁNCHEZ (CUIT 27-22136382-0) Federico ROBBY (CUIT 20-23731429-9)
Artículo 4°- Designar al Comité Evaluador Final, que actuará como instancia definitiva para la selección de proyectos, integrado por: Titulares: Natalio Luis MEMA RODRÍGUEZ (CUIT 20-31587911-7) Gabriela TESTA (CUIT 27-20112746-2) Suplentes: Santiago Guillermo SUÁREZ (CUIT 20-26528132-0) Cynthia Bárbara MAGGIONI (CUIT 27-31242828-3)
Artículo 5°- Designar a la Ab. María Agustina VIDELA CÓMOLI como responsable del Programa "PIONEROS", facultándola para modificar los plazos de convocatoria mediante resolución fundada, así como convocar a futuras ediciones del Programa, conforme a las necesidades operativas y estratégicas.
Artículo 6°- Aprobar el modelo de contrato de mutuo a suscribirse entre el Fiduciario y los Beneficiarios seleccionados en el marco del Programa. Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica Página 2/3
Artículo 7°- Aprobar el llamado a la Primera Convocatoria del Programa "PIONEROS", conforme a lo dispuesto en la presente resolución y en los pliegos aprobados.
Artículo 8°- Aprobar el modelo de Convenio de Colaboración entre el Ministerio y el Fondo para la Transformación y el Crecimiento, destinado a regular las acciones operativas y técnicas necesarias para la ejecución del Programa.
Artículo 9°- Aprobar el modelo de Convenio Marco a suscribirse con los Municipios comprendidos en el régimen, a fin de promover su participación y articulación en la implementación del Programa "PIONEROS".
Artículo 10°- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. ABG. NATALIO L. MEMA RODRIGUEZ