Disputa

Fecovita: la Justicia impone restricciones a los siete imputados

El Ministerio Público Fiscal dispuso estrictas medidas de restricción contra siete directivos y exdirectivos en el marco de la causa por balances falsos iniciada en 2022.

Hernán Bitar

Los imputados por falsear balances en 2021 y 2022, Rubén Panella, Eduardo Sancho, Marcelo Federici, Jorge Irañeta, Eduardo Portera, Roberto Vázquez e Hilda W. De Vaieretti, tendrán restricciones de operación y comunicación.

Mientras la causa por la falsificación de balances contables en la Federación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas (Fecovita) avanza hacia el juicio oral, el Ministerio Público Fiscal, determinó medidas contra los acusados.

La resolución establece la prohibición de contacto y comunicación de los imputados con el abogado querellante, Carlos Aguinaga, como así también coon el contador público nacional José Escandell; los letrados de la parte acusadora; los testigos y peritos; así como con los representantes y apoderados de las empresas involucradas. 

La disposición incluye cualquier tipo de vínculo, ya sea directo o indirecto, mediante encuentros personales, comunicaciones electrónicas, telefónicas o notariales.

La medida con firma fechada al pasado 5 de septiembre, impone la prohibición de acercamiento a menos de 800 metros de las oficinas de EVISA e IBERTE y de los domicilios de sus representantes, con el claro objetivo de evitar posibles presiones o influencias indebidas sobre los integrantes y colaboradores de dichas empresas y personas claves en la causa.

Según surge de la medida, estas restricciones buscan impedir que los imputados ejerzan nuevas maniobras de presión o coacción sobre abogados, peritos, testigos y representantes de la querella, prácticas que ya habrían intentado en el curso de la investigación, con el objetivo de condicionar sus actuaciones.

El abogado querellante, Carlos Aguinaga, destacó que estas restricciones fueron solicitadas debido a reiteradas conductas de obstrucción a la investigación y a episodios de hostigamiento contra profesionales intervinientes en la causa y representantes de las empresas querellantes. 

"Es inadmisible que un imputado en un proceso penal intimide al abogado de la parte contraria o a un perito del expediente, porque ello vulnera la libertad básica de actuación de quienes colaboran con la justicia. Tales conductas constituyen una clara obstrucción a la investigación y podrían derivar en la prisión preventiva de quienes incumplan estas medidas", afirmó.

Así, el proceso judicial avanza hacia la instancia de juicio oral, donde los acusados deberán responder por la presunta manipulación contable de los balances de Fecovita.

Lee el dictámen del M.P.F 

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