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Nación unificó el modo de contratar a personal temporario

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado oficializó hoy la Resolución 68/2025, que aprueba un reglamento único para gestionar las designaciones temporales. La medida no modifica el plazo estándar de 180 días, sino que estandariza la burocracia, busca reducir los tiempos muertos y acabar con la disparidad de procedimientos entre organismos públicos.

La Administración Pública Nacional amaneció hoy con nuevas reglas para la gestión de su personal transitorio. A través de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado publicó la Resolución 68/2025, una normativa clave que introduce un nuevo Reglamento de Contrataciones de Personal con el objetivo de transparentar y agilizar los ingresos en el sector público.

El eje central de la resolución es la unificación total de los procedimientos de contratación temporal en todas las jurisdicciones del Estado. Hasta ahora, la tramitación de designaciones transitorias podía variar sutilmente entre ministerios y entes, generando un laberinto burocrático, demoras y falta de uniformidad.

El nuevo reglamento obliga a todos los organismos a utilizar los mismos pasos, formularios y requisitos de documentación, una medida que el Gobierno presenta como un avance crucial en la "transformación administrativa" del Estado, buscando dinamismo y eficiencia.

¿Qué pasa con los Tiempos de Contratación?

Una de las principales dudas que surgen con este tipo de reformas es si se modifican los plazos de la precariedad laboral. La Resolución 68/2025 no altera el plazo legal que rige las designaciones transitorias.

El término estándar para estas contrataciones, así como sus prórrogas, sigue siendo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, un límite establecido por normativas de mayor jerarquía, como el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

El cambio de la Resolución 68/2025 es de naturaleza operativa: al simplificar y estandarizar los pasos a seguir para iniciar o renovar una contratación, el objetivo es reducir drásticamente los tiempos de gestión y aprobación. En otras palabras, la norma apunta a que los 180 días de duración del contrato no se vean superados por los 60, 90 o más días que podía tardar su tramitación burocrática.

Adiós a la burocracia múltiple 

Para instrumentar este proceso, la resolución aprueba nuevos formularios y planillas de solicitud. Estos documentos unificados serán de uso obligatorio, garantizando que la información requerida por la administración central sea siempre la misma, independientemente del organismo que contrate.

Adicionalmente, la norma otorga facultades directas a la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público para actualizar y modificar el reglamento y los formularios cuando sea necesario. De esta manera, se asegura la flexibilidad del sistema sin la necesidad de emitir nuevas resoluciones ministeriales complejas por cada ajuste menor.

En síntesis, el Ministerio busca una gestión de personal más ágil y desregulada, moviendo el foco del control de la duración del contrato a la eficiencia de su proceso administrativo.

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