El Partido Verde es el único que violó las normas de cartelería y Luján los multó
Los "verdes" anunciaron con bombos y platillos que le pedirían al jefe comunal que les pida disculpas y devuelva sus carteles, pero en su lugar, recibirán un boleto de pago por haber violado la normativa vigente que, además, se aprobó por unanimidad en el Concejo Deliberante.
El Partido Verde de Luján de Cuyo puso el grito en el cielo porque, según su propio planteo (que puede leerse hoy en La Picada con clic aquí) "en la intersección de calle Aráoz y Acceso Sur, donde, en la tarde-noche del 13 de octubre, una cuadrilla municipal habría procedido a descolgar y retirar cartelería del Frente Verde".
El asunto es que lo que hizo la municipalidad es lo correcto, habida cuenta que, de acuerdo a lo informado desde la comuna lujanina, el Verde es el único partido que no se adecuó a lo establecido por la ordenanza municipal que establece un marco normativo integral para la instalación de cartelería y elementos publicitarios en el departamento.
Ya está en proceso la multa que se le aplicará a la fuerza política de Mario Vadillo, más allá de que ellos mismos hayan denunciado la situación ante el intendente Esteban Allasino.
Es decir: los "verdes" anunciaron con bombos y platillos que le pedirían al jefe comunal que les pida disculpas y devuelva sus carteles, pero en su lugar, recibirán un boleto de pago por haber violado la normativa vigente que, además, se aprobó por unanimidad en el Concejo Deliberante.
El objetivo central de esta medida fue "ordenar, regular y controlar la cartelería tanto en espacios públicos como privados, resguardando la estética del entorno urbano y rural, y garantizando condiciones de seguridad para peatones y conductores".
La normativa, según explicó la presidenta de la Comisión de Obras Públicas, Turismo e Higiene, la concejala peronista Paloma Scalco, surge en cumplimiento de la Ley Provincial N.º 9.024 de Seguridad Vial y actualiza disposiciones de ordenanzas anteriores, corrigiendo excesos de especificidad y ambigüedad que dificultaban su implementación.
Las claves de la norma
Definiciones claras: Se establecen distinciones entre "cartel", "cartelería", "elemento publicitario" y "anuncio publicitario", así como los roles y responsabilidades de anunciantes, agencias de publicidad, instaladores, propietarios, entre otros actores involucrados.Permisos renovables: La autorización para la instalación de elementos publicitarios será por 12 meses, con posibilidad de renovación sujeta a evaluación técnica.
Condiciones estrictas: Se fijan criterios para evitar interferencias visuales, riesgos para el tránsito, contaminación lumínica y sonora, y daños al arbolado público o patrimonio cultural.
Prohibiciones expresas: Se prohíben pasacalles con fines comerciales, carteles en árboles o postes sin autorización, y todo elemento que afecte la visibilidad, seguridad o estética del espacio público.
Clasificación detallada: Se especifican las distintas tipologías de cartelería permitidas (en muros, techos, cierres de obras, vía pública, etc.), con restricciones según ubicación y diseño.
Control y sanciones: Se faculta al municipio a inspeccionar, retirar cartelería clandestina y aplicar multas. Los elementos no autorizados podrán ser removidos y trasladados al obrador municipal.