Por decreto

Nuevo acuerdo de salarios para el sector público nacional

Con esta homologación, el Gobierno ratifica los acuerdos alcanzados por las partes en el ámbito del Ministerio de Capital Humano, autoridad competente en materia de negociaciones colectivas dentro del sector público, tras la reorganización ministerial dispuesta a fines de 2023.

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este jueves, mediante el Decreto 804/2025, la homologación del Acta Acuerdo del 30 de junio de 2025 (reabierta el 23 de julio del mismo año) alcanzada en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

La medida, publicada en el Boletín Oficial de la Nación, lleva las firmas del presidente Javier Milei, del vocero presidencial Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Prórroga de disposiciones

El acuerdo dispone la prórroga de la entrada en vigencia de diversas cláusulas del convenio sectorial hasta el 30 de noviembre de 2025, entre ellas las relativas al Régimen de Dirección Pública y a las modificaciones introducidas por las actas firmadas en diciembre de 2022, que habían sido homologadas por el Decreto 192/2023.

De esta manera, se mantiene la aplicación de las normas previas al Decreto 788/2019 "con las modificaciones que hubieren tenido lugar", hasta tanto se realice una revisión integral del régimen y se evalúe su implementación definitiva.

Continuidad del régimen actual

El decreto indica que, hasta que entre en vigencia el nuevo esquema, seguirán rigiendo las disposiciones anteriores del convenio, garantizando la continuidad administrativa y laboral de los trabajadores del sistema.

El texto también faculta a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para aplicar lo dispuesto.

Contexto institucional

El SINEP es el convenio que regula las condiciones laborales, salariales y de carrera del personal del Estado nacional comprendido en la Administración Pública Central, y constituye uno de los marcos principales del empleo público.

Con esta homologación, el Gobierno ratifica los acuerdos alcanzados por las partes en el ámbito del Ministerio de Capital Humano, autoridad competente en materia de negociaciones colectivas dentro del sector público, tras la reorganización ministerial dispuesta a fines de 2023.

La norma 

ACUERDOS

Decreto 804/2025

DECTO-2025-804-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-69542743-APN-DNRYRT#MCH, la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus modificaciones, la Ley N° 18.753, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185 y su modificatoria, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y sus modificaciones, la Ley de Presupuesto General para la Administración Pública Nacional N° 27.701 y su modificación, los Decretos Nros. 447 del 17 de marzo de 1993, 192 del 5 de abril de 2023, 8 del 10 de diciembre de 2023, 86 del 26 de diciembre de 2023, 88 del 26 de diciembre de 2023, 469 del 27 de mayo de 2024, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y el Acta Acuerdo del 30 de junio de 2025, reabierta el 23 de julio de 2025, de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 y su modificatoria establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados e instituye al ex-MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que por el Decreto N° 8/23 se adecuó la organización Ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, reformulándose la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92).

Que por el artículo 10 del precitado decreto se estableció que los compromisos y obligaciones asumidos, entre otros, por el entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estarán a cargo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.

Que por el artículo 23 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) se estipularon las competencias del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que por el referido Decreto N° 86/23, entre otras cuestiones, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y, asimismo, se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre los que se encuentra intervenir en la fijación de los salarios del Sector Público Nacional, así como en la gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la Ley N° 24.185 y su modificatoria se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y se suscribieron las Actas del 30 de junio de 2025, por la cual se pasó a un cuarto intermedio, y del 23 de julio de 2025, declarando reabierto el acto.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N° 24.185 reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93, lograron un acuerdo cuya Cláusula Primera establece que hasta tanto se efectúe una revisión integral y se evalúen los mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de Dirección Pública, incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, se prorroga a partir del 1° de julio de 2025, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga, conforme lo acordado mediante Acta de fecha 22 de mayo de 2024 homologada por el artículo 1° del Decreto N° 469/24, y hasta el 30 de noviembre de 2025, la entrada en vigencia de los artículos sustituidos mediante la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

Que por la Cláusula Segunda, en razón de lo dispuesto en la citada Cláusula Primera, se acordó prorrogar a partir del 1° de julio de 2025 y hasta el 30 de noviembre de 2025 la entrada en vigencia de la incorporación del artículo 24 bis al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

Que por la Cláusula Tercera se prorroga en igual término la entrada en vigencia de la derogación de los artículos 19, 20, 38 y 84 y el inciso 3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dispuesta por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

Que por la Cláusula Cuarta se establece que hasta tanto tenga lugar la entrada en vigencia de todo lo acordado, las disposiciones de los artículos mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23, serán las que resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788/19, con las modificaciones que hubieren tenido lugar.

Que el Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley Nº 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo 79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06, y los recaudos previstos por el artículo 2° del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeciones.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones introducidas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la citada Ley N° 24.185 y su Decreto Reglamentario N° 447/93.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo del 30 de junio de 2025, reabierta el 23 de julio de 2025, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXOS (IF-2025-70277725-APN-DNC#MCH e IF-2025-83007461-APN-DNRYRT#MCH), forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La vigencia de las disposiciones del Acta que se homologa rigen conforme lo establecido por las partes signatarias.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Manuel Adorni - Sandra Pettovello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/11/2025 N° 86477/25 v. 13/11/2025

Fecha de publicación 13/11/2025

Anexo - 1

 Anexo - 2

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