Boletín Oficial

El Gobierno cierra la disputa por Penitentes y confirma la concesión

Un decreto rechazó las impugnaciones de LPCESA y de su presunto presidente por falta de legitimación y errores en los planteos. La adjudicación queda firme y cualquier reclamo futuro deberá canalizarse en la Justicia.

El conflicto por la concesión de Penitentes sumó otro capítulo: el Gobierno provincial emitió el Decreto Nº 2347, en el que descarta las impugnaciones presentadas por Emilio López Frugoni y por los liquidadores judiciales de Los Penitentes Centro de Esquí S.A. (LPCESA) y ratifica la validez de la Licitación Pública Nº 1/2025-520. La decisión se difundió oficialmente el 14 de noviembre de 2025.

El Ejecutivo sostiene que ninguno de los reclamantes participó de la licitación, y que tampoco podían hacerlo debido a que la empresa se encuentra en proceso de liquidación judicial. Por ese motivo, aclara que sus planteos no pueden tramitarse como recursos administrativos, sino como simples denuncias sin efecto sobre la adjudicación.

Quiénes objetaron la licitación y qué plantearon

López Frugoni -que afirma presidir LPCESA- junto a los liquidadores Lucas Taboada y Pablo Chesi buscaron impugnar la Resolución 338/25 que otorgó la concesión, y la Resolución 392/25 del EMETUR, que respondió una presentación anterior del mismo grupo.

Sus cuestionamientos incluían la supuesta falta de notificación del acto, presuntas falencias del adjudicatario, un conflicto por el uso de la marca "Penitentes" y la existencia de un acto administrativo insuficientemente motivado.

El Gobierno responde punto por punto. El argumento central es la falta de legitimación: recuerda que, en una sociedad en liquidación, solo el liquidador puede representarla y, aun así, LPCESA no presentó oferta en la licitación. Las únicas empresas que compitieron fueron Delta Constructora S.A., Mapsa Group S.A. y Per Versan Est., por lo que los reclamantes no formaron parte del proceso y no están habilitados a recurrir la adjudicación.

Notificación y plazos, otros ejes del rechazo

Los impugnantes afirmaban no haber sido notificados. El decreto señala que solo deben ser notificados el adjudicatario y los oferentes, algo que se cumplió, y recuerda que el acto se publicó en el Boletín Oficial del 3 de julio de 2025, lo que le otorga plena publicidad.

También descarta que el plazo de impugnación se compute desde otra resolución: el acto cuestionado era la adjudicación, no la respuesta a presentaciones previas.

Lectura errónea del pliego

El Ejecutivo remarca que los cuestionamientos se apoyan en artículos de un pliego distinto al utilizado en la licitación. Los impugnantes citaron numeraciones y exigencias inexistentes en el pliego oficial, lo que, según el Gobierno, revela un desconocimiento sustancial del proceso.

La comisión evaluadora -destaca el decreto- verificó los antecedentes de la adjudicataria y los consideró adecuados según lo requerido.

La disputa por la marca Penitentes

Sobre el uso del nombre, el Gobierno precisa que nunca se ordenó emplear la marca "Penitentes Centro de Esquí", sino la denominación geográfica Penitentes, un término de uso común que no puede ser apropiado de manera exclusiva, conforme a la Ley 22.362 de marcas. Por lo tanto, no habría conflicto jurídico ni incumplimiento de ninguna orden judicial.

Motivación de la adjudicación e incompatibilidades

El decreto rechaza la acusación de falta de fundamentos: sostiene que la resolución de adjudicación contiene los motivos técnicos que justifican la elección del adjudicatario. Que esos fundamentos no coincidan con lo que pretendían los reclamantes -añade- no implica ausencia de motivación.

En cuanto a la supuesta incompatibilidad de un ex empleado del EMETUR, se aclara que esa persona dejó el organismo en 2018, por lo que no existe vínculo vigente que afecte el proceso.

Impacto ambiental y avance de obras

El planteo de que la adjudicataria no puede iniciar trabajos sin Declaración de Impacto Ambiental (DIA) también fue rechazado. El Gobierno puntualiza que la DIA solo es obligatoria cuando las obras generan impactos significativos, algo que no ocurre en la instancia actual, ya que el plan presentado es un anteproyecto. Toda intervención futura que requiera evaluación ambiental deberá cumplir con la Ley 5961 antes de ejecutarse.

La resolución definitiva

El decreto concluye reconduciendo la presentación como una denuncia simple y rechazándola en su totalidad. Con ello, deja firme la adjudicación y libera el expediente de cualquier suspensión.

El capítulo administrativo queda cerrado. Ahora, cualquier intento de revertir la concesión de Penitentes deberá dirimirse en la Justicia, si los impugnantes deciden avanzar por esa vía.


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