ARCA actualiza el IVA para ventas y servicios online con nuevos montos y criterios de habitualidad
La resolución que rige desde el 1 de diciembre redefine quiénes quedan alcanzados por el régimen especial de IVA en plataformas digitales, con montos actualizados, cambios en las notificaciones y nuevas obligaciones para vendedores y prestadores de servicios.
ARCA introdujo cambios en el régimen de IVA para quienes comercializan bienes o servicios a través de plataformas digitales, con nuevos montos y criterios de habitualidad que entraron en vigencia el 1 de diciembre de 2025. La actualización alcanza a vendedores y prestadores que operan online y que no están inscriptos en el impuesto, que son exentos, no alcanzados o que tributan en el Monotributo.
Qué modifica ARCA en el IVA para operaciones digitales
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero revisó los valores del régimen especial de percepción aplicable al comercio electrónico. Según la Resolución General 5794/25, publicada en el Boletín Oficial, se redefine qué se considera actividad habitual, con parámetros ajustados al crecimiento del mercado online y al contexto inflacionario.
Los nuevos criterios son:
Habitualidad mensual: al menos 10 operaciones y un monto total igual o superior a $750.000.
Habitualidad cuatrimestral: un mínimo de 4 operaciones mensuales durante ese período, superando en total los $750.000.
Venta de bienes usados de uso personal: queda fuera de la habitualidad si el total vendido no supera $1.500.000 y el vendedor presenta una declaración previa.
Estos valores sustituyen montos que habían quedado desactualizados respecto de la dinámica actual del comercio digital.
Cómo impacta en la situación fiscal de los usuarios
Cuando un contribuyente supera los nuevos umbrales, ARCA lo clasifica como "sujeto no categorizado" desde el mes siguiente. Permanecerá en esa condición hasta inscribirse en IVA o Monotributo, o hasta dejar de cumplir los parámetros de habitualidad.
Las plataformas, por su parte, deberán asegurar:
Identificación fiscal obligatoria mediante CUIT, CUIL o CDI.
Emisión de comprobantes donde las percepciones del impuesto estén claramente discriminadas.
El organismo sostiene que estos requisitos buscan mejorar la trazabilidad y brindar mayor certidumbre a quienes participan del ecosistema de pagos digitales.
Cambios en las notificaciones
Hasta ahora, las notificaciones llegaban a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Con la nueva normativa, ese canal es reemplazado por una consulta centralizada en el servicio "Nuestra Parte", disponible con Clave Fiscal. Allí se concentrarán los avisos y comunicaciones vinculados al régimen.
El objetivo es unificar la información tributaria y simplificar el acceso para usuarios y plataformas.
Vigencia del nuevo régimen
La Resolución 5794/25 comenzó a aplicarse el 1 de diciembre de 2025 y abarca todas las operaciones online realizadas o perfeccionadas desde esa fecha. Desde ARCA explican que la actualización busca adecuar el régimen a la expansión del comercio electrónico y reducir márgenes de informalidad en transacciones frecuentes.
Lo que se espera para los próximos meses
Especialistas del sector anticipan que la actualización de montos incorporará a un número significativo de vendedores y prestadores que antes quedaban fuera del sistema. También prevén mayor previsibilidad en las percepciones y menos conflictos entre usuarios y plataformas.
ARCA, en tanto, concentrará sus esfuerzos en modernizar los mecanismos de control vinculados al comercio digital y en evaluar el desempeño del nuevo esquema durante su primer cuatrimestre de aplicación.