Energía

Extienden las habilitaciones provisionales para centrales generadoras de electricidad hasta 2030

Una serie de resoluciones oficiales amplían los plazos de autorización para diversas centrales hidroeléctricas y agentes generadores en el Mercado Eléctrico Mayorista, con el objetivo de sostener la oferta energética y reducir la incertidumbre legal.

En la edición de hoy del Boletín Oficial de la República Argentina, el Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Energía publicó varias resoluciones (516/2025, 523/2025, 521/2025 y 513/2025) que prorrogan las autorizaciones provisionales para que distintas empresas y consorcios sigan actuando como agentes generadores en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) hasta el 31 de diciembre de 2030

Estas medidas responden a expedientes administrativos en los cuales las compañías aún no han completado la suscripción de contratos de concesión con el Estado Nacional exigidos por la Ley N.º 15.336 y sus normas complementarias, pese a contar con autorizaciones vigentes para operar unidades generadoras de energía hidroeléctrica en diferentes regiones del país. 

Qué establecen las resoluciones

Resolución 516/2025

Autoriza la postergación de la fecha límite para que el Consorcio de Empresas Mendocinas para Potrerillos S.A. (CEMPPSA) continúe actuando provisionalmente como agente generador en el MEM por la Central Hidroeléctrica El Carrizal (17,0 MW), extendiendo su habilitación hasta el 31 de diciembre de 2030

Resolución 523/2025

Prorroga la vigencia de la autorización para CEMPPSA en la Central Hidroeléctrica Álvarez Condarco (54,60 MW)con el mismo plazo extendido al 31/12/2030

Resolución 521/2025

Extiende la autorización provisoria para que Calbuco Energía S.A. opere la Central Hidroeléctrica Canal Cacique Guaymallén - Salto 7 (1,2 MW) en el MEM hasta fines de 2030

Resolución 513/2025

Dispone la prórroga de la habilitación para Empresa Mendocina de Energía S.A.P.E.M. (EMESA), que opera la Central Hidroeléctrica Nihuil IV (30 MW), también hasta el 31 de diciembre de 2030

La medida es idéntica para las centrales hidroeléctricas de San Juan y Jujuy, y la de Río Escondido, en Río Negro.


Razones y efectos de las prórrogas

Según los considerandos de las normas oficiales, las prórrogas se dictan ante la demora en perfeccionar los procedimientos previos a la suscripción de los contratos de concesión requeridos por la normativa vigente y con la intención de simplificar trámites administrativos relevantes para el desarrollo del sector eléctrico. Estas decisiones se adoptan con base en criterios de oportunidad, mérito y conveniencia y con intervención de la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico

Las medidas no constituyen concesiones definitivas, sino autorizar la operación continuada de las centrales bajo carácter provisorio, evitando interrupciones en su actividad generadora y aportando certidumbre al abastecimiento eléctrico nacional. 

Estas extensiones se inscriben en un contexto más amplio de reformas y ajustes en el Mercado Eléctrico Mayorista promovidos por el Gobierno, cuyos avances recientes incluyen normas para la "normalización" del MEM y la adecuación de marcos regulatorios y de precios mayoristas, también publicadas en los últimos meses.

Esta nota habla de: