Política

El Gobierno promulgó la ley que baja la edad de imputabilidad a 14 años

La normativa 27.801, ya promulgada, establece un régimen penal específico para adolescentes de 14 a 18 años, con sanciones que priorizan medidas educativas y un máximo de 15 años de privación de libertad.

El Gobierno nacional oficializó el nuevo sistema de responsabilidad penal juvenil que reduce la edad de imputabilidad a 14 años y crea un marco legal específico para adolescentes que cometan delitos antes de cumplir los 18 años.

La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.801 en el Boletín Oficial de la República Argentina, diez días después de su aprobación en el Senado de la Nación Argentina. El proyecto impulsado por el gobierno de Javier Milei fue sancionado con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención.

La reforma establece un sistema penal diferenciado para jóvenes de entre 14 y 18 años, que serán responsables ante la justicia por delitos previstos en el Código Penal de la Nación Argentina y otras leyes penales. Según el texto oficial, el objetivo es promover la responsabilidad por los actos cometidos, pero al mismo tiempo priorizar la educación, la reinserción social y la integración comunitaria de los adolescentes.

Un sistema de sanciones con enfoque educativo

La nueva normativa incorpora un conjunto de sanciones que combinan medidas judiciales con herramientas orientadas a la formación y la inclusión social de los jóvenes.

Entre las disposiciones se incluyen programas educativos obligatorios, instancias de capacitación laboral, participación en actividades deportivas, recreativas o culturales y cursos de formación ciudadana. También se contempla el acceso a tratamientos médicos o psicológicos y asistencia dentro del sistema de salud cuando sea necesario.

Además, los jueces podrán aplicar distintas sanciones como amonestaciones judiciales, restricciones para acercarse a la víctima, prohibiciones para concurrir a determinados lugares o espectáculos y la inhabilitación para conducir vehículos. En algunos casos también podrá utilizarse monitoreo electrónico.

Otra alternativa prevista es la realización de servicios comunitarios, que implican tareas de interés social en hospitales, escuelas u organizaciones sin fines de lucro. El sistema también promueve mecanismos de reparación del daño a las víctimas.

La prisión como última instancia

El régimen establece que la privación de libertad deberá aplicarse únicamente como último recurso. Cuando corresponda una pena de prisión, la ley contempla distintas modalidades de cumplimiento, entre ellas detención domiciliaria, permanencia en institutos abiertos o alojamiento en centros especializados para adolescentes.

El texto establece que los menores detenidos no podrán ser alojados junto a personas adultas y que las instituciones destinadas a su alojamiento deberán contar con personal capacitado en el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.

La norma también fija límites claros a las penas. En ningún caso podrán aplicarse condenas de prisión perpetua o reclusión perpetua a adolescentes y el plazo máximo de privación de libertad se establece en 15 años, incluso cuando el delito tenga una escala penal mayor para adultos.

Mediación y alternativas al proceso penal

El sistema incorpora mecanismos destinados a evitar la judicialización plena de algunos casos. Entre ellos se encuentran la mediación penal juvenil, la posibilidad de aplicar criterios de oportunidad por parte del fiscal y la suspensión del proceso a prueba.

La ley también introduce garantías para las víctimas, que podrán recibir información sobre el avance de las causas, participar en el proceso judicial y solicitar medidas de protección.

En casos donde se determine la existencia de daños materiales, el régimen habilita además la posibilidad de exigir responsabilidad civil a los padres o tutores legales del adolescente involucrado.

Supervisión del sistema y principios

La implementación de las medidas previstas será supervisada por equipos profesionales designados por la Justicia, que deberán realizar informes periódicos sobre la situación personal, educativa y social del menor.

Entre los principios rectores del nuevo régimen figuran el respeto a la dignidad del adolescente, el derecho a la defensa desde el inicio del proceso, el debido proceso legal y la reserva de identidad de los menores.

La normativa reemplaza el marco vigente hasta ahora, al derogar la Ley 22.278, que regulaba el régimen penal de menores desde la última dictadura.

Además, invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adecuar sus legislaciones al nuevo sistema, mientras que el Poder Ejecutivo nacional deberá coordinar su implementación con las jurisdicciones provinciales.

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