Boletín Oficial

Irrigación declara de utilidad pública terrenos en Potrerillos para obras de acueducto

La medida habilita a Aysam a avanzar con servidumbres y posibles expropiaciones en la zona del perilago, en el marco de un proyecto de infraestructura hídrica

El Departamento General de Irrigación (DGI) autorizó a Aysam a avanzar en la adquisición de una serie de inmuebles ubicados en Potrerillos, en el departamento de Luján de Cuyo, con el objetivo de desarrollar obras vinculadas a un acueducto proyectado en la zona.

La decisión, formalizada mediante la Resolución 267, declara de utilidad pública y sujeta a ocupación temporaria a las parcelas involucradas, lo que habilita la constitución de servidumbres de tránsito y acueducto, así como eventuales procesos de donación o expropiación en favor de la Provincia.

El trámite se inició a partir de un pedido de Aysam, en el marco del plan de desarrollo turístico del perilago de Potrerillos, donde se prevé ejecutar infraestructura clave para el sistema de provisión de agua. Según consta en el expediente, los terrenos serán destinados a la instalación de obras necesarias para el transporte y distribución del recurso hídrico.

Los inmuebles alcanzados pertenecen a las firmas Ramón J.C. Lo Bianco S.A. y Cobec S.A., y se ubican sobre la Ruta Nacional 7, a la altura del kilómetro 1091. En total, las superficies a afectar varían entre menos de 500 metros cuadrados y más de 5.000, según cada caso.

Desde el punto de vista técnico, los informes del organismo indican que la documentación presentada cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente. En ese sentido, se recomendó autorizar al operador a avanzar con las gestiones necesarias para asegurar la disponibilidad de los terrenos.

La resolución se apoya en lo establecido por la Ley 9.589, que regula los servicios de agua y saneamiento en la provincia y contempla la posibilidad de declarar de utilidad pública los bienes necesarios para la ejecución de obras. En este marco, Aysam podrá actuar como sujeto expropiante, una vez cumplidas las instancias administrativas correspondientes.

Además, se dispuso que la servidumbre tendrá carácter preventivo hasta la ejecución efectiva de las obras. Finalizada esa etapa, deberá realizarse la demarcación definitiva de las superficies afectadas y su correspondiente inscripción en los registros públicos.

La medida podrá ser apelada dentro de los diez días hábiles posteriores a su notificación ante el Consejo de Apelaciones, conforme a la normativa vigente.

La Resolución completa

 DEPARTAMENTO GENERAL DE IRRIGACIÓN Resolución Nº 267 MENDOZA, 16 DE MARZO DE 2026 VISTO: 

El Expediente Nº EX-2025-10332276-GDEMZA-DGIRR 

Infogov N° 816.463 - 2 Caratulado: "AYSAM SOLICITA DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA INMUEBLES DESTINADOS A SERVIDUMBRE DE TRANSITO Y ACUEDUCTO- ACUEDUCTO 800MM MASTER PLAN DESARROLLO TURÍSTICO PERILAGO POTRERILLOS"; y CONSIDERANDO: 

Que por intermedio de las presentes actuaciones se tramita la declaración de utilidad pública con miras a obtener la servidumbre, donación y/o expropiación a favor de la provincia de Mendoza. 

Que, AySAM SAPEM solicita inicio al trámite para la declaración de utilidad pública de los inmuebles que se encuentran individualizados en el orden N° 02. Que, en dicho terreno se ejecutaran las obras de infraestructura necesarias con miras a la realización de una servidumbre de paso y acueducto. 

Que a Orden N° 05, obra Informe Técnico Nº IT 089-25 emitido por el Departamento de Operadores de DIRCAS, en el cual se individualizan los inmuebles sujetos a declaración con indicación de límites y concluye el informe en que: "Habiéndose verificado la documentación presentada por AySAM SAPEM, SE RECOMIENDA: 

Autorizar al Operador AySAM SAPEM, a la adquisición de los inmuebles arriba identificados, que de acuerdo al art. 11 de la Ley N° 9589, se declare de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria, con miras a proceder a constituir SERVIDUMBRE DE TRANSITO Y ACUEDUCTO a favor de la Provincia de Mendoza". 

Que a Orden N° 09, la Dirección de Asuntos Legales emite dictamen en el cual indica que, AySAM SAPEM ha dado cumplimiento a la normativa vigente, para la declaración de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria, con miras a obtener donación y/o expropiación a favor de la Provincia de Mendoza del terreno necesario para ejecutar una perforación de agua subterránea. 

Que, conforme lo determina el Art. 3 Inc. 11 de la Ley 9589 entre las funciones del DGI se encuentra la de "aplicar y hacer cumplir la presente Ley y su reglamentación dictando todos los actos necesarios con el fin de alcanzar los objetivos de esta Ley". 

Que el art. 11º de la Ley Nº 9.589 determina lo siguiente: "Declárense de utilidad pública y sujetos a ocupación temporaria o a su constitución de servidumbre, a los bienes necesarios para la realización de obras que hagan objeto de la prestación del servicio. Corresponderá al Ente la determinación de los bienes sujetos a ocupación o servidumbre a pedido del operador. El Operador asumirá el carácter de sujeto expropiante en los términos del Régimen de Expropiaciones de la Provincia". Coincidente con ello, el artículo 22º inc. 5) de la citada norma, menciona entre las atribuciones de los Operadores la de actuar como sujeto expropiante, previa aprobación y determinación de los bienes por el Ente Regulador. Ahora bien, el artículo 11 de la ley 9.589 ha hecho una declaración genérica de utilidad pública y sujetos a ocupación temporaria o a su constitución de servidumbre a los bienes necesarios para la realización de obras que hagan al objeto de la prestación del servicio, correspondiendo a este Ente Regulador, la Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 1/3individualización de los inmuebles que en el caso concreto deberá ser afectados a la prestación del servicio. 

Que, habiendo el Departamento de Operadores individualizado los inmuebles sobre los cuales se solicita la procedencia de la declaración de utilidad pública y sujeta a ocupación temporaria, donación, servidumbre o expropiación, no encontramos observaciones legales que formular para que se emita la Resolución correspondiente para que así lo declare. Por ello, y en uso de sus facultades; 

EL SUPERINTENDENTE GENERAL DE IRRIGACIÓN RESUELVE: 

1º) Autorícese al Operador AYSAM SAPEM, a llevar a cabo los actos útiles que resulten necesarios para gestionar la transferencia de los siguientes inmuebles, en mérito a las consideraciones vertidas precedentemente: Inmueble N° 1: Titular de la Propiedad: RAMON J.C LO BIANCO S.A Ubicación: Ruta Nacional n° 7 km 1091, Potrerillos, Lujan de Cuyo. Nomenclatura Catastral: 06-13-88-2200-497841-0000-4 Inscripción del Dominio: Matricula 0600329754, Asiento A-1 Superficie Total: s/Titulo: 51798,92 m2 Plano Nº 06-33149 Superficie a Afectar: 448,75 m2 (P.M.E). Afectación: Declaración de Utilidad Publica Inmueble N° 2: Titular de la Propiedad: COBEC S.A Ubicación: Ruta Nacional n°7 km 1091, Potrerillos, Lujan de Cuyo Nomenclatura Catastral: 06-13-88-2200-498840-0000-1 Inscripción del Dominio: Matricula 0600329746, Asiento A-1 Superficie Total: s/Titulo: 41167,25 m2 Plano Nº 06-33149 Superficie a Afectar: Polig. 1: 1679,77 m2 (P.M.E). Polig. 2: 902,60 m2 (P.M.E) Afectación: Declaración de Utilidad Publica Inmueble N° 3: Titular de la Propiedad: COBEC S.A Ubicación: Ruta Nacional n°7 km 1091, Potrerillos, Lujan de Cuyo Nomenclatura Catastral: 06-13-88-2200-501840-0000-1 Inscripción del Dominio: Matricula 0600329747, Asiento A-1 Superficie Total: s/Titulo: 68123,16 m2 Plano Nº 06-33149 Superficie a Afectar: 5229,25 m2 (P.M.E) Afectación: Declaración de Utilidad Publica Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 2/3Inmueble N° 4: Titular de la Propiedad: RAMON J.C LO BIANCO S.A Ubicación: Ruta Nacional n°7 km 1091, Potrerillos, Lujan de Cuyo Nomenclatura Catastral: 06-13-88-2200-505838-0000-1 Inscripción del Dominio: Matricula 0600329753, Asiento A-1 Superficie Total: s/Titulo: 74681,66 m2 Plano Nº 06-33149 Superficie a Afectar: 1271,60 m2 (P.M.E) Afectación: Declaración de Utilidad Publica 

2°) Declárese de Utilidad Pública y sujeto a ocupación temporaria, con miras a proceder a constituir SERVIDUMBRE DE TRANSITO Y ACUEDUCTO a favor de la Provincia de Mendoza, a las parcelas individualizadas en el Artículo precedente de la presente resolución, en el marco del Artículo N° 11 de la Ley Nº 9.589 y en mérito de las consideraciones previamente vertidas en las presentes actuaciones.

3º) Establézcase que la imposición de la Servidumbre reviste el carácter de Preventiva hasta la realización de obras que hagan objeto de la prestación del servicio de conformidad a lo expuesto. Concluida la misma, se deberá efectuar la demarcación definitiva dando cumplimiento al Régimen Catastral vigente y su posterior inscripción en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza.

4º) La presente resolución será apelable dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de su notificación por ante el H. Consejo de Apelaciones, en el marco de lo normado por los Arts. 7, 11, 12 y ccds. de la Ley N° 322. 5º) Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por el término de tres (3) días y en el sitio web del Organismo. 

Notifíquese por intermedio del Receptor del Departamento a cada uno de los propietarios. Pase a la Dirección de Recaudación y Financiamiento - Departamento Administración de Derechos, para su toma de razón. 

Tome nota la Dirección de Regulación y Control de Agua y Saneamiento. Ing. Agrimensor. Sergio Leandro Marinelli Publicaciones: 3 Fecha de Publicación 18/03/2026 Nro Boletín 32558 

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