El pasaje interurbano en Mendoza subirá dos veces antes de fin de verano
El Gobierno provincial aplicará aumentos en noviembre y en enero para sostener el Fondo Compensador del Transporte. Las tarifas de media y larga distancia tendrán valores base de $1.200, iguales al boleto urbano.
El Gobierno provincial dispuso un esquema de actualización tarifaria en dos etapas para los servicios interurbanos, con el fin de sostener el financiamiento del sistema de transporte público.
La Subsecretaría de Transporte de Mendoza aprobó una revisión de las tarifas para los ómnibus de media y larga distancia que operan dentro del territorio provincial. La medida apunta a mantener el equilibrio del Fondo Compensador del Transporte, establecido por la Ley 9086, que cubre la diferencia entre la recaudación por venta de boletos y los costos reales de operación.
El nuevo cuadro tarifario fija una base de $1.200 -igual al pasaje urbano recientemente actualizado- y servirá como punto de referencia para calcular los valores según cada recorrido. La disposición tiene vigencia inmediata y alcanza a empresas como Prestaciones, Andesmar, Iselín, Buttini, C.A.T.A. y Nueva Generación.
Dos etapas de incremento
El esquema prevé dos aumentos consecutivos:
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Primer tramo: rige desde el 10 de noviembre de 2025 hasta el 31 de diciembre del mismo año.
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Segundo tramo: se aplicará a partir del 1 de enero de 2026, con un nuevo ajuste de valores.
Ambas actualizaciones surgen de una propuesta elevada por el Ente de la Movilidad Provincial (EMOP) y aprobada mediante resolución del Subsecretario de Transporte, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto 0189/2025.
Tarifas diferenciadas en horario valle
Además, el Gobierno mantendrá una estructura de precios reducidos para los denominados "horarios valle" -de lunes a viernes, de 9 a 11 y de 14:30 a 16- en determinados servicios de las empresas Prestaciones, Iselín y Buttini. Estas tarifas promocionales también tendrán un reajuste en las mismas fechas previstas para los cuadros generales.
La medida busca preservar la sustentabilidad del sistema y garantizar la continuidad del subsidio provincial al transporte, que beneficia a miles de usuarios que viajan diariamente entre los distintos departamentos mendocinos.
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Resolución Nº 1693
MENDOZA, 06 DE NOVIEMBRE DE 2025
VISTO el Expediente EX-2025-08727945-GDEMZA-SSP, mediante el cual se informa sobre el estado del Fondo Compensador del Transporte Público de Pasajeros Previsto por la Ley N° 9086; y CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 0189/2025, en su Artículo 4°, faculta a la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 9086, a modificar las tarifas establecidas en el mismo, en el caso de que ello resulte necesario para garantizar la sustentabilidad del Fondo Compensador del Transporte.
Que, de lo informado a Orden N° 02, surge la necesidad de modificar las tarifas fijadas mediante Resolución N° 0519/2025, a fin de preservar los recursos del Fondo Compensador del Transporte y posibilitar el mantenimiento del Subsidio que la Provincia de Mendoza destina a los usuarios del Servicio Público de Transporte de Pasajeros a través del mismo, al afrontar la diferencia que existe entre la recaudación del sistema por las tarifas percibidas de los usuarios del servicio y el valor del costo por kilometro que se abona a las empresas prestadoras.
Que por Resolución N° 1656/2025 se estableció en su Artículo 3° que la tarifa para el Servicio Público de Transporte de Pasajeros de la Media y Larga Distancia de la Provincia de Mendoza en sus recorridos urbanos será igual a la Tarifa General del Transporte Urbano Área Metropolitana de Gran Mendoza mediante Ómnibus, debiendo adecuarse las tarifas para el resto de los recorridos manteniendo una proporción promedio similar a la establecida para los recorridos urbanos.
Que en el Artículo 4° de la norma legal referida se dispuso que los cuadros tarifarios ajustados a la norma serán propuestos por el Ente de la Movilidad Provincial a la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial para su aprobación. Que a Ordenes N° 13/17 el Ente de la Movilidad Provincial propone los Cuadros Tarifarios para aplicar en el Servicio Público de Transporte de Pasajeros de Media y Larga Distancia de la Provincia. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el; Decreto N° 0185/2024 y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 0189/2025 y por el Artículo 4° de la Resolución N° 1656/2025;
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébese, a partir del 10 de Noviembre de 2025, hasta el 31 de Diciembre de 2025, los cuadros tarifarios que obran a Orden N° 14 en el expediente EX-2025-08727945-GDEMZA-SSP, y que conforman el Anexo I de la presente Resolución, Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 1/3 según el siguiente detalle: Cuadro Tarifario de la empresa "PRESTACIONES S.A."
- Grupo 300. Cuadro Tarifario de la empresa "AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A" - Grupo 400. Cuadro Tarifario de la empresa "AUTOTRANSPORTES ISELIN S.A."
- Grupo 510. Cuadro Tarifario de la empresa "ANTONIO BUTTINI E HIJOS S.R.L."
- Grupos 540 y 570. Cuadro Tarifario de la Empresa "AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A."
- Grupo 549. Cuadro Tarifario de la empresa "COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL "C.A.T.A." INTERNACIONAL LTDA."
- Grupo 580. Cuadro Tarifario de la empresa "LA UNIÓN S.R.L."
- Grupo 610. Cuadro Tarifario de la empresa "COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL "C.A.T.A." INTERNACIONAL LTDA."
- Grupo 650. Cuadro Tarifario de la empresa "DICE TOURS S.R.L."
- Grupo 700. Cuadro Tarifario de la empresa "NUEVA GENERACION S.A." - Grupo 750. Cuadro Tarifario de la empresa "COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL "C.A.T.A." INTERNACIONAL LTDA."
- Grupo 800. Cuadro Tarifario de la empresa "TRANSPORTES GRAL. BARTOLOMÉ MITRE S.R.L." Grupo 850.
Artículo 2°.- Apruébese, a partir del 10 de Noviembre de 2025, hasta el 31 de diciembre de 2025, los Cuadros Tarifarios de las líneas 301, 304, 309, 315 y 318 que presta la empresa "Prestaciones S.A.", líneas 511-512-513-514-518 que presta la empresa Iselin S.A. y las Líneas 542-543-544-573 que presta la empresa Buttini S.R.L., que obran a Orden N° 15 en el expediente EX-2025-08727945-GDEMZA-SSP, y que conforman el Anexo II de la presente Resolución, correspondiente al horario valle que comprende los días hábiles de 9 a 11 hs y de 14:30 a 16:00 hs.
Artículo 3º: Apruébese, a partir del 01 de Enero de 2026, los cuadros tarifarios que obran a Ordenes N° 16 en el expediente EX-2025-08727945-GDEMZA-SSP, y que conforman el Anexo III de la presente Resolución, según el siguiente detalle: Cuadro Tarifario de la empresa "PRESTACIONES S.A."
- Grupo 300. Cuadro Tarifario de la empresa "AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A" - Grupo 400. Cuadro Tarifario de la empresa "AUTOTRANSPORTES ISELIN S.A."
- Grupo 510. Cuadro Tarifario de la empresa "ANTONIO BUTTINI E HIJOS S.R.L." - Grupos 540 y 570. Cuadro Tarifario de la Empresa "AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A."
- Grupo 549. Cuadro Tarifario de la empresa "COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL "C.A.T.A." INTERNACIONAL LTDA."
- Grupo 580. Cuadro Tarifario de la empresa "LA UNIÓN S.R.L."
- Grupo 610. Cuadro Tarifario de la empresa "COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL "C.A.T.A." INTERNACIONAL LTDA." - Grupo 650. Cuadro Tarifario de la empresa "DICE TOURS S.R.L." - Grupo 700. Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 2/3 Cuadro Tarifario de la empresa "NUEVA GENERACION S.A."
- Grupo 750. Cuadro Tarifario de la empresa "COOPERATIVA ANDINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PROVISION DE SERVICIOS INTERNACIONAL "C.A.T.A." INTERNACIONAL LTDA."
- Grupo 800. Cuadro Tarifario de la empresa "TRANSPORTES GRAL. BARTOLOMÉ MITRE S.R.L." Grupo 850.
Artículo 4°.- Apruébese, a partir del 01 de Enero de 2026, los Cuadros Tarifarios de las líneas 301, 304, 309, 315 y 318 que presta la empresa "Prestaciones S.A.", líneas 511-512-513-514-518 que presta la empresa Iselin S.A. y las Líneas 542-543-544-573 que presta la empresa Buttini S.R.L., que obran a Orden N° 17 en el expediente EX-2025-08727945-GDEMZA-SSP, y que conforman el Anexo IV de la presente Resolución, correspondiente al horario valle que comprende los días hábiles de 9 a 11 hs y de 14:30 a 16:00 hs.
Artículo 5º - Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
ING. LUIS EDUARDO BORREGO NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.a