Inscriben 15 proyectos de energías renovables, uno de Mendoza

Se modifica la información de emprendimientos que ya estaban inscriptos y solicitaron actualización.

El Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Energía Eléctrica, oficializó este miércoles la inscripción de un conjunto de proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables en el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER). La medida quedó formalizada mediante la Disposición 9/2025 (DI-2025-9-APN-SSEE#MEC), publicada en el Boletín Oficial de la Nación.

La resolución incorpora un listado de iniciativas -detalladas en un anexo disponible en la edición digital del Boletín Oficial- que completaron la presentación de la documentación correspondiente durante el tercer trimestre de este año. 

Además, la normativa también actualiza datos de proyectos que ya se encontraban inscriptos y cuyos titulares solicitaron modificaciones.

Una de esas iniciativas es un pequeño aprovechamiento hidroeléctrico (PAH) ubicado en San Rafael.

Un régimen clave para el desarrollo renovable

El RENPER fue creado en 2017 mediante la Resolución 281 del entonces Ministerio de Energía y Minería, con el objetivo de registrar todos los proyectos de generación, cogeneración y autogeneración eléctrica de fuentes renovables conectados al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

De acuerdo con la normativa vigente, aquellos emprendimientos que cuentan con un Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables quedan automáticamente incorporados al RENPER. Sin embargo, la disposición recuerda que los titulares de proyectos que no hayan solicitado ese certificado -y los beneficios fiscales asociados- pueden igualmente requerir su inscripción en el registro.

La Subsecretaría también subraya que estos proyectos deben mantener su información actualizada, según lo establecido en la Disposición 1/2018 de la ex Subsecretaría de Energías Renovables.

Inscripciones y actualizaciones

El análisis técnico de la Dirección Nacional de Generación Eléctrica determinó la pertinencia de registrar los nuevos proyectos correspondientes al tercer trimestre de 2025, entre los cuales figuran iniciativas presentadas en expedientes gestionados ante la cartera económica. Del mismo modo, la resolución introduce actualizaciones para emprendimientos ya incorporados al RENPER, atendiendo a cambios reportados por sus titulares.

La Disposición 9/2025 establece además que todas las decisiones allí adoptadas tendrán efecto retroactivo a partir del 1° de octubre de 2025, fecha definida en función de los plazos de evaluación administrativa previstos por las normas vigentes.

Alcances administrativos

La norma dispone la notificación a las empresas responsables de los proyectos incluidos en el Anexo, así como al Organismo Encargado del Despacho (OED). Finalmente, ordena su publicación y archivo correspondiente.

La medida lleva la firma del subsecretario de Energía Eléctrica, Damián Eduardo Sanfilippo.

Los proyectos

Inscriben 15 proyectos de energías renovables, uno de Mendoza

Inscriben 15 proyectos de energías renovables, uno de Mendoza


Claves de la Disposición 9/2025 (Energías Renovables)

Subsecretaría de Energía Eléctrica - Ministerio de Economía

- ¿Qué es el RENPER?

Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable
Creado en 2017 por la Resolución 281.
Incluye proyectos de:

  • Generación

  • Cogeneración

  • Autogeneración
    ...siempre que estén conectados al SADI.

¿Qué establece la Disposición 9/2025?

1. Nuevas inscripciones
Se incorporan al RENPER los proyectos presentados durante el tercer trimestre de 2025 (detalle en el cuadro de arriba).

2. Actualización de proyectos vigentes
Se modifica la información de emprendimientos que ya estaban inscriptos y solicitaron actualización.

3. Obligación de mantener datos al día
Las empresas deben comunicar cualquier cambio a la Dirección Nacional de Generación Eléctrica.

4. Vigencia retroactiva
Todo lo dispuesto rige desde el 1 de octubre de 2025.

 5. Notificaciones

Las empresas involucradas y el OED (Organismo Encargado del Despacho) serán notificadas.

¿Por qué es importante este registro?

- Ordena y controla el desarrollo de energías renovables en el país.
- Alinea los proyectos con el régimen de fomento y beneficios fiscales.
- Proporciona prioridad de despacho según normativa.
- Garantiza información actualizada para planificación eléctrica nacional.

Antecedentes normativos clave

  • Resolución 281/2017 (creación del RENPER)

  • Resoluciones 72/2016, 414/2019 (Certificados de Inclusión)

  • Disposición 1/2018 (procedimientos de inscripción y actualización)

  • Resolución 306/2025 (delegación de facultades a la Subsecretaría)

La norma completa y el acceso a su anexo

MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Disposición 9/2025

DI-2025-9-APN-SSEE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-118490709- -APN-DGDA#MEC, y los Expedientes Nros. EX-2025-70366537-APN-DGDA#MEC, EX-2025-70511850-APN-DGDA#MEC, EX-2025-70517312-APN-DGDA#MEC, EX-2025-70402713-APN-DGDA#MEC, EX-2025-93746190-APN-DGDA#MEC, EX-2025-108002406-APN-DGDA#MEC, EX-2025-107893916-APN-DGDA#MEC, EX-2025-107869737-APN-DGDA#MEC, EX-2025-97358091-APN-DGDA#MEC, EX-2025-101756885-APN-DGDA#MEC, EX-2025-100713919-APN-DGDA#MEC, EX-2025-52205663-APN-DGDA#MEC, EX-2025-62772866-APN-DGDA#MEC, EX-2025-95879093-APN-DGDA#MEC, y EX-2025-107471599-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Resoluciones Nros. 281 de fecha 18 de agosto de 2017 y sus modificatorias y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, 36 de fecha 31 de enero de 2023, 284 de fecha 21 de abril de 2023, 306 de fecha 17 de julio de 2025, todas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y la Disposición N° 1 de fecha 9 de enero de 2018 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Artículo 9° de la Resolución N° 281 de fecha 18 de agosto de 2017 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se creó el REGISTRO NACIONAL DE PROYECTOS DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE FUENTE RENOVABLE (RENPER), en el cual deben inscribirse los proyectos de generación, cogeneración y autogeneración de energía eléctrica de fuente renovable que se desarrollen con conexión al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

Que el citado Artículo 9º establece que los proyectos por los que se obtenga el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables, expedido de conformidad con lo establecido en los Artículos 1° o 2° de la Resolución N° 72 de fecha 17 de mayo de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, modificada por la Resolución N° 414 de fecha 22 de julio de 2019 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, quedarán automáticamente registrados en el RENPER.

Que los titulares de proyectos de inversión que no soliciten el Certificado de Inclusión y los correspondientes beneficios fiscales pueden requerir la inscripción de dichos proyectos en el RENPER, sin perjuicio de poder peticionar el referido certificado con posterioridad.

Que la Disposición N° 1 de fecha 9 de enero de 2018 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA regula el procedimiento de inscripción en el RENPER y su articulación con los procedimientos de otorgamiento del Certificado de Inclusión con los beneficios fiscales correspondientes y de asignación de prioridad de despacho, regulados en las Resoluciones Nros. 72/16 y 281/17, ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, tanto para los proyectos nuevos como para los que han sido presentados en las convocatorias realizadas por la Autoridad de Aplicación en cumplimiento de lo establecido en el Inciso 5) del Artículo 9° -compras conjuntas- y en el Artículo 12, ambos del Anexo II del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y sus modificatorios.

Que, en virtud del análisis realizado por la Dirección Nacional de Generación Eléctrica de esta Subsecretaría, corresponde inscribir en el RENPER, período Tercer Trimestre de 2025, a los proyectos que se detallan en el Anexo (IF-2025-122569351-APN-DNGE#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.

Que, asimismo corresponde efectuar las modificaciones en las inscripciones de aquellos proyectos que solicitaron la actualización de la información remitida oportunamente para su inscripción en el RENPER, los cuales se encuentran individualizadas en el referido Anexo que integra la presente medida.

Que el Artículo 5° de la Disposición N° 1/18 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES, establece que los titulares de los proyectos inscriptos deberán mantener actualizada la información consignada en el RENPER y comunicar a la citada Dirección Nacional cualquier modificación.

Que por tratarse de proyectos que completaron la presentación de la documentación pertinente para su inscripción en el Tercer Trimestre de 2025, corresponde establecer que lo dispuesto en la presente medida produce efectos a partir del 1º de octubre de 2025, atento el plazo de evaluación previsto en el último párrafo del Artículo 11 de la Disposición N° 1/18 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES.

Que mediante el Inciso c) del Artículo 1º de la Resolución Nº 306 de fecha 17 de julio de 2025 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó en esta Subsecretaría la facultad de establecer la documentación a presentar para la inscripción en el RENPER y disponer la inscripción de los proyectos respectivos en el citado Régimen.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Inciso c) del Artículo 1º de la Resolución Nº 306/25 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Inscríbanse en el REGISTRO NACIONAL DE PROYECTOS DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE FUENTE RENOVABLE (RENPER), creado por la Resolución N° 281 de fecha 18 de agosto de 2017 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y sus modificatorias, a los proyectos que se detallan en el Anexo (IF-2025-122569351-APN-DNGE#MEC) que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase la información correspondiente para los proyectos que se encuentran inscriptos en el RENPER detallados en el Anexo (IF-2025-122569351-APN-DNGE#MEC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Las empresas titulares de los proyectos inscriptos en el RENPER de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente medida deberán mantener actualizada la información consignada en el RENPER, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° de la Disposición N° 1 de fecha 9 de enero de 2018 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las empresas titulares de los proyectos mencionados en el Anexo (IF-2025-122569351-APN-DNGE#MEC) que integra la presente medida, y al Organismo Encargado de Despacho (OED).

ARTÍCULO 5°.- Establécese que lo dispuesto en la presente medida produce efectos a partir del 1º de octubre de 2025.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Damian Eduardo Sanfilippo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/11/2025 N° 88005/25 v. 19/11/2025

Fecha de publicación 19/11/2025

 Anexo - 1

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