Petróleo convencional: eliminarán retenciones solo si el Brent cae por debajo de U$D 65

El decreto 59/2026 redefine los valores de referencia para el crudo de áreas maduras, reduce la carga respecto del esquema previo y establece alícuotas de hasta 8%, pero mantiene los derechos de exportación cuando el barril se ubica por encima del nuevo piso.

El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo régimen de derechos de exportación para el petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales, con el objetivo de mejorar la competitividad de las áreas maduras sin avanzar en una eliminación total de las retenciones. La medida quedó plasmada en el decreto 59/2026, publicado en el Boletín Oficial, y se inscribe en un acuerdo negociado meses atrás con las provincias de Chubut, Neuquén y Santa Cruz, en un contexto marcado por el agotamiento natural de los campos tradicionales y el aumento de los costos operativos.

El rediseño del esquema había comenzado a tomar forma a fines de 2025, tras los reclamos de los gobernadores patagónicos ante la Casa Rosada. En ese marco, el mandatario neuquino Rolando Figueroa sostuvo en noviembre que se trataba de una decisión que "acompaña el esfuerzo que venimos realizando desde Neuquén para el sostenimiento de esta actividad".

Aunque el nuevo sistema implica en la práctica una reducción frente a los porcentajes vigentes hasta ahora, no concreta la quita total de las retenciones que habían anticipado en distintos momentos el ministro de Economía, Luis Caputo, y el actual jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Con la cotización del Brent en torno a los US$ 68 registrada este jueves, la exportación de crudo convencional seguiría tributando derechos y no quedaría exenta.

Adorni había anunciado en la red social X, cuando se desempeñaba como vocero presidencial, la eliminación de las retenciones para las cuencas maduras, pero la normativa finalmente oficializada mantiene el gravamen en la mayoría de los escenarios de precios.

Cómo quedan las alícuotas

El decreto fija que, si el precio internacional del crudo -calculado sobre el promedio del Brent- se ubica por debajo de los US$ 65 por barril, la alícuota será del 0%. En el extremo superior, cuando la cotización iguale o supere los US$ 80, el derecho de exportación ascenderá al 8%. Para los valores intermedios entre ambos niveles, se aplicará una fórmula polinómica de ajuste.

La nueva estructura representa un alivio fiscal frente al régimen anterior, que establecía retención cero únicamente si el barril caía por debajo de los US$ 45 y recién activaba la tasa máxima del 8% cuando superaba los US$ 60.

Según los considerandos de la norma, el cambio surge de acuerdos firmados entre el Ministerio de Economía, la Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos (CEPH) y los gobiernos provinciales de Chubut, Neuquén y Santa Cruz.

No obstante, el Ejecutivo mantiene sin modificaciones el tratamiento para el shale oil de Vaca Muerta: las exportaciones de crudo no convencional continuarán alcanzadas por las retenciones vigentes.


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