Una norma de la dictadura durante 40 años de democracia

Del 21 al 28 de abril, se conmemora en la Argentina el Día de la Higiene y Seguridad Laboral, a más de medio siglo de la promulgación de la ley 19587/72.

Matías Aciar

Convencido que la historia debe ser escrita sobre la base de la democracia, a 40 años de la misma, en plena crisis institucional, a 51 años de la Ley 19587/72, una ley impropia para los tiempos que vivimos.

En 2003, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) empezó a observar el Día Mundial haciendo hincapié en la prevención de los accidentes y las enfermedades en el lugar de trabajo, apoyándose en las características tradicionales que fortalecen su acción: el tripartismo y el diálogo social, abogando por el establecimiento de sistemas de seguridad y salud en el trabajo resilientes para hacer frente a futuras situaciones de emergencia.

Del 21 al 28 de abril, se conmemora en la Argentina el Día de la Higiene y Seguridad Laboral, a más de medio siglo de la promulgación de la ley 19587/72, piedra fundacional de lo que es hoy un estilo de vida en las diferentes industrias, con una cultura de la prevención magra, anacrónica, en cada provincia, en estos tiempos donde el mérito profesional no se encuentra en la agenda diaria de los actores que administran desde su m² lo público de forma transitoria, donde aún hoy sigue siendo una agenda pendiente en las política pública para reducir los más de 4 accidentes diarios en la Argentina.

Leyes legales, pero no legítimas, todos los gobiernos de facto generaron su propia legislación, pero solo el último creó un órgano específico para ello: la Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL). Allí, integrantes de las tres armas redactaron leyes que aún hoy conviven en democracia.

Contexto Político: Según reza en el expediente creado por la (CAL), Comisión de Asesoramiento Legislativo, órgano muy activo entre 1976 y 1983, el 21 de abril de 1972, hace 50 años, se promulgó la Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19.587 bajo la firma del General A. Lanusse, expresidente de la Nación Argentina y su ministro de trabajo Rubens San Sebastián, en su anexo el Dec. 4.160/73 y lo conferido en la ley 20.524, donde aquel 22 de mayo, quedo firmada por JR Videla y su ministro de Trabajo Horacio Tomás Liendo, a una ley improcedente a los tiempos que vivimos.

La ley-decreto 19.587 nacido de la "Revolución Argentina", nombre que la dictadura cívico-militar, se trata de una ley emanada de un gobierno dictatorial, que aún sigue vigente al igual que su principal reglamento, el decreto 351/79, ratificada en el Pacto Federal del Trabajo Ley 25.212.

La esencia de la norma fue básicamente, mostrar una imagen del gobierno más humana y respetuosa de los derechos de los trabajadores en la asamblea general de la OIT, organismo de la ONU, del cual la Argentina es país signatario y a partir de la reforma constitucional de 1994 en su art.75 inc. 22º, con el pequeño detalle, que en ningún párrafo se hablaba de "Derechos de los Trabajadores", como derecho a la participación y el derecho fundamental de parar el trabajo o negarse a trabajar cuando está en inminente peligro la vida y/o salud, es necesario hacer un balance crítico del actual Sistema de Riesgo de Trabajo, para construir una alternativa que realmente garantice que los trabajadores no se enfermen o mueran por causas que pueden ser prevenidas y evitadas.

Llega a ser tan endeble y se puede ver en la registración de accidente anuales, ya que pasa a ser u mero trámite, y cada día es un poco menos seria la registración de víctimas en el ámbito laboral de cualquier estamento, o al menos algo dudosa o cuestionable, con una ley, repleta de parches, acéfala, improcedente, en plena crisis institucional, con más de un 50% de pobreza y desempleo, siendo de las 24 provincias, Buenos Aires la mayor en distribución porcentual de casos de ocurrencia de accidente, con el 40%. Formosa es la más baja, con el 0,4%, siendo Mendoza la quinta en accidente laborales.

Esta realidad es conocida por parte de los profesionales que estudian esta carrera, que fueron durante algunos años rehenes de los colegios de Ingenieros y los colegios técnicos a nivel nacional, por una errónea interpretación de la Resolución 201/01 de la SRT, la cual llevó a varias luchas provinciales para lograr sus colegios propios, en más de 18 provincias, donde nuclean por derecho primigenios, inalienables, a sus profesionales un espacio de representación, con la salvedad de Mendoza, que después de 18 años, "sigue siendo ilegÍtimo, ser matriculados en el Colegio de Ingenieros y Agrónomos, aun cuando fuera ratificada por el Poder Ejecutivo", según reza en el dictamen de fiscalía de Estado, con un proyecto ley de que espera modificar esta realidad que impacta negativamente a los profesionales, por parte de la Cámara baja provincial.

En definitiva, debemos seguir en ese camino y ser embajadores sin claudicar, hasta lograr una sociedad más justa dado que desde un punto de vista profesional, humana y empática también salvamos.

EL AUTOR. Matías G. Aciar. Mat. A9335-A600.

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