El Gobierno de Mendoza transfiere la administración de cinco inmuebles turísticos clave

La medida, oficializada por Decreto Nº 1434, transfiere la gestión desde el Ente Mendoza Turismo hacia la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado; busca optimizar la gestión y potenciar el desarrollo turístico de sitios emblemáticos en distintas regiones de la provincia.

El Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial de Mendoza dispuso la transferencia de la administración de cinco inmuebles turísticos de la provincia. La decisión, oficializada a través del Decreto Nº 1434 fechado el 7 de julio de 2025, transfiere la gestión desde el Ente Mendoza Turismo (EMETUR) hacia la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado (DI.GE.BI.RE.).

El objetivo principal de esta medida es mejorar la administración y explotación de estos bienes estatales para impulsar su desarrollo turístico y cultural, asegurando además el cumplimiento de las normativas vigentes.

Los inmuebles afectados por la transferencia se encuentran distribuidos en distintas regiones y son espacios de alto valor para la promoción turística provincial. Entre ellos se encuentran:

  • Predio Samay Huasi, ubicado en El Manzano, Tunuyán, con una superficie de casi 2 hectáreas.

  • Hostería Puente del Inca, en Las Cuevas, Las Heras, un ícono turístico con 0,34 hectáreas.

  • Campamento Agua del Toro, situado en 25 de Mayo, San Rafael, con casi 9 hectáreas.

  • Campamento Cacheuta, en Cacheuta, Luján de Cuyo, con 2,52 hectáreas.

  • Edificio de Turismo en la Ciudad de Mendoza, con 1,77 hectáreas.

Esta reestructuración administrativa busca maximizar el aprovechamiento de estos espacios, fomentar la actividad turística provincial y beneficiar a la comunidad mediante un manejo más eficiente y profesionalizado de estos activos.

El texto completo del decreto 


 MINISTERIO DE GOBIERNO, INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO TERRITORIAL Decreto Nº 1434 MENDOZA, 07 DE JULIO DE 2025 

Visto el Expediente EX-2024-04932021-GDEMZA-EMETUR, en el que tramita la solicitud efectuada por el Ente Mendoza Turismo - EMETUR-, de transferir de la administración de dicho Ente a la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado - DI.GE.BI.RE. - los siguientes inmuebles, y; CONSIDERANDO: 

Que por Ley Nº 7453 (año 2005) se transfirió al patrimonio del entonces Ministerio de Turismo y Cultura el inmueble del I) Predio Samay Huasi y se autorizó a la realización de los actos adecuados para su explotación y venta mediante licitación pública, con el cargo de mantener su destino turístico, sito en CALLE RUTA PROVINCIAL N° 94 - S/Nº, LUGAR y DISTRITO: EL MANZANO, DEPARTAMENTO: TUNUYAN, PROVINCIA MENDOZA, con una superficie según Plano de Mensura Nº15-14101 de UNA HECTAREA NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (1 ha. 9.949,20 m2), Nomenclatura catastral: 15-15-88-3200-826605-0000-7; Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial en Folio Real, Matrícula Nº 225.605-15, Asiento A-1, Departamento TUNUYAN. Titular registral: Provincia de Mendoza; Que mediante Decreto N° 327/2002 se incorporó el inmueble de la II) Hostería Puente del Inca a la entonces Subsecretaría de Turismo dependiente del Ministerio de Economía, sito en CALLE Ruta Nacional Nº7 S/Nº, LUGAR: PUENTE DEL INCA, DISTRITO LAS CUEVAS, DEPARTAMENTO LAS HERAS, PROVINCIA MENDOZA, Superficie según Plano de Mensura Nº 03-32427, parte de mayor extensión, Polígono "A" Fracción Nº 1 de TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (3.388,64 m2), Nomenclatura catastral: 03-15-88-2261-827484-0000-5, Inscripta en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial, Marginal, 1ª Inscripción al N° 16241 fs. 833 Tomo 51 "A", Las Heras. Titular registral: Provincia de Mendoza;

Que por Decreto N° 733/2009 se transfirió a la órbita de la entonces Secretaría de Turismo la administración del III) Campamento Agua del Toro, sito en CALLE ACCESO AL CAMPAMENTO, LUGAR: AGUA DEL TORO, DISTRITO 25 DE MAYO, DEPARTAMENTO SAN RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA; Superficie según Plano de Mensura Nº 17-43986 de OCHO HECTAREAS CON NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (8ha. 9.499,94 m2) Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial en la MATRÍCULA Nº 39068/17, Asiento A-1, Departamento San Rafael, Mendoza, TITULAR REGISTRAL, PROVINCIA DE MENDOZA; y por el mismo Decreto se transfirió la administración del IV) Campamento Cacheuta, sito en CALLE: Camino de acceso a Ruta Nacional Nº7 por puente sobre Río Mendoza, LUGAR: CACHEUTA, DEPARTAMENTO LAS HERAS, hoy DEPARTAMENTO LUJAN DE CUYO, Superficie según Plano de mensura Nº 03-22689, Fracción I del Título II, parte de mayor extensión de DOS HECTAREAS CON CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTITRES DECIMETROS CUADRADOS (2ha. 5.176,23 m2), Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 1/4 Nomenclatura catastral:03-05-88-2200-600939, Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial: Título II: Folio Real, Matrícula Nº 74362/03 Asiento A-1 de Las Heras, Titular registral: ENERGÍA MENDOZA SOCIEDAD DEL ESTADO - EMSE S.A., (e.l.), hoy PROVINCIA DE MENDOZA por Decreto Nº 2220/01. Al inmueble le corresponde Servidumbre de Paso sobre los terrenos del Ferrocarril General Manuel Belgrano con salida a Ruta Provincial Nº 82; 

Que mediante Decreto N° 964/2002 se realizó la Declaración como patrimonio cultural de la Provincia de Mendoza al V) Edificio de Turismo, sus bienes muebles y archivo y por Ley N° 9293 (2020) la Legislatura autorizó al Poder Ejecutivo a concesionar por 50 años el inmueble sito en CALLE AVENIDA SAN MARTÍN Nº 1143, DEPARTAMENTO: CIUDAD DE MENDOZA, PROVINCIA DE MENDOZA, Superficie según título de MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (1.771,62 m2), Nomenclatura catastral: 01-01-11-0025-000020-0000-5, Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial como Matrícula 85.823/1. Titular registral: Gobierno de la Provincia de Mendoza. 

Que según establece la Ley de Ministerios Nº 9501 le corresponde al Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial coordinar la política de transformación y modernización del Estado de acuerdo a las pautas determinadas por el Gobernador de la Provincia; promover la ejecución y la planificación de las políticas de desarrollo territorial y planes de uso de la tierra de conformidad a la normativa vigente y elaborar, programar y ejecutar la política de mantenimiento y mejora de los inmuebles afectados a los servicios sociales básicos. 

Que en virtud de la citada normativa resulta necesario coordinar con la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado - Di.Ge.Bi.RE.- el manejo racional de estos bienes patrimoniales que actualmente se encuentran bajo la administración del Ente Mendoza Turismo -EMETUR-. 

Que dicho organismo carece de los recursos necesarios para el adecuado control y gestión de estos inmuebles, por lo cual, con la desafectación de la administración del EMETUR y la afectación a la Di.Ge.BI.RE., facilitará una gestión más eficiente contribuyendo a optimizar su uso y mantenimiento en cumplimiento de los objetivos y funciones reconocidas a la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado por Decreto N °22/2024 y su modificatorio Decreto N°811/24. 

Que el Artículo Nº 123 de la Ley Nº 8706 establece como principio general: "La administración de los bienes estará bajo la responsabilidad de las jurisdicciones y unidades organizativas que los tengan asignados o los hayan adquirido para su uso, debiendo prever en sus presupuestos los créditos para atender los gastos de conservación necesarios para su mantenimiento". Consecuentemente, el art.Nº123 del Decreto Nº 1000/15 dispone: " Para el caso de los bienes registrables, inmuebles y automotores, los mismos se inscribirán en los Registros de la Propiedad Raíz o del Automotor, según corresponda, a nombre de "Provincia de Mendoza" cuando se trate de reparticiones centralizadas, incluyendo al Ministerio de Salud para todas sus dependencias, sean o no centralizadas. Luego por norma emanada del Poder Ejecutivo, se determinará la afectación de los bienes al organismo que tenga a su cargo el uso". Por ello, en virtud de los dictámenes emitidos por las Asesorías del Ente Mendoza Turismo EMETUR- y la Dirección de Gestión Bienes Registrables del Estado - Di.Ge.BI.RE.-, y en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 9501, Decreto N° 22/2024 y su modificatorio Decreto N° 811/24, Art.2, inc. p) del Art.4, Art.11 de la Ley Nº 8845 y Decreto Nº 3072/23 y Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 2/4 Artículo 123 de la Ley Nº 8706 y Artículo 123 del Decreto Reglamentario Nº 1000/15, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 

Artículo 1°- Desaféctense de la administración del Ente Mendoza Turismo - EMETUR - los Inmuebles identificados como I) Predio Samay Huasi: sito en CALLE RUTA PROVINCIAL N° 94- S/Nº, LUGAR y DISTRITO: EL MANZANO, DEPARTAMENTO: TUNUYAN, PROVINCIA DE MENDOZA, con una superficie según Plano de Mensura Nº15-14101 de UNA HECTAREA NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (1 ha. 9.949,20 m2), Nomenclatura catastral: 15-15-88-3200-826605-0000-7 , Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial en Folio Real, Matrícula Nº 225.605-15, Asiento A-1, Departamento TUNUYAN. Titular registral: Provincia de Mendoza; II) Hostería Puente del Inca: sito en CALLE Ruta Nacional Nº7 S/Nº, LUGAR: PUENTE DEL INCA, DISTRITO LAS CUEVAS, DEPARTAMENTO LAS HERAS, PROVINCIA MENDOZA, Superficie según Plano de Mensura Nº 03-32427 parte de mayor extensión, Polígono "A" Fracción Nº 1 de TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (3.388,64 m2), Nomenclatura catastral: 03-15-88-2261-827484-0000-5, Inscripta en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial, Marginal, 1ª Inscripción al N° 16241 fs. 833 Tomo 51 A, Las Heras. Titular registral: Provincia de Mendoza; III) Campamento Agua del Toro: sito en CALLE ACCESO AL CAMPAMENTO, LUGAR: AGUA DEL TORO, DISTRITO 25 DE MAYO, DEPARTAMENTO SAN RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA; Superficie según Plano de Mensura Nº 17-43986 de OCHO HECTAREAS CON NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (8ha. 9.499,94 m2); Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial en la MATRÍCULA Nº 39068/17, Asiento A-1, Departamento San Rafael, Mendoza, TITULAR REGISTRAL, PROVINCIA DE MENDOZA; IV) Campamento Cacheuta: sito en CALLE: Camino de acceso a Ruta Nacional Nº7 por puente sobre Río Mendoza, LUGAR: CACHEUTA, DEPARTAMENTO LAS HERAS, hoy DEPARTAMENTO LUJAN DE CUYO, Superficie según Plano de mensura Nº 03-22689, Fracción "I" del Título "II", parte de mayor extensión de DOS HECTAREAS CON CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTITRES DECIMETROS CUADRADOS (2ha. 5.176,23 m2), Nomenclatura catastral:03-05-88-2200-600939; Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial: Título "II": Folio Real, Matrícula Nº 74362/03 Asiento A-1 de Las Heras, Titular registral: ENERGÍA MENDOZA SOCIEDAD DEL ESTADO, hoy PROVINCIA DE MENDOZA por Decreto Nº 2220/01. Al inmueble le corresponde Servidumbre de Paso sobre los terrenos del Ferrocarril Gral. Manuel Belgrano con salida a Ruta Provincial Nº 82; V) Edificio de Turismo: sito en CALLE AVENIDA SAN MARTÍN Nº 1143, DEPARTAMENTO: CIUDAD DE MENDOZA, PROVINCIA DE MENDOZA, Superficie según título de MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (1.771,62 m2), Nomenclatura catastral: 01-01-11-0025-000020-0000-5; Inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial como Matrícula Nº 85.823/1. Titular registral: Gobierno de la Provincia de Mendoza. 

Artículo 2º- Aféctense a la administración de la Dirección de Gestión Bienes Registrables del Estado - Di.Ge.BI.RE. - los Inmuebles enumerados como I) Predio Samay Huasi, II) Hostería Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Página 3/4 Puente del IncA, III) Campamento Agua del Toro, IV) Campamento Cacheuta, y V) Edificio de Turismo, identificados en el artículo 1°. 

Artículo 3°- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial y por el Ministro de Producción.

Artículo 4°- Las áreas de cada Unidad Organizativa deberán cumplir conforme lo dispuesto en la Ley de Administración Financiera en el tema inventarios.

Artículo 5°- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese. LIC. ALFREDO V. CORNEJO ABG. NATALIO L. MEMA RODRIGUEZ LIC. RODOLFO VARGAS Publicaciones: 1 Fecha de Publicación 18/07/2025 Nro Boletín 3239 

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