El Gobierno cambió el régimen de contrataciones para evitar la participación de empresas vinculadas a la corrupción
Los cambios se hicieron oficiales mediante un decreto. El Ejecutivo destacó que la contratación pública debe llevarse a cabo en un marco de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas.
El Gobierno realizó cambios en el régimen de contrataciones del Estado para obras públicas y amplió las restricciones existentes. A partir de ahora, no podrán brindar servicios las empresas que presenten "conductas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas".
Las modificaciones quedaron oficializadas en el decreto 5, publicado este martes en el Boletín Oficial. En los procesos de contratación pública de obras, bienes y servicios, los organismos estatales deben evaluar las ofertas y confirmar que los oferentes no figuren en las listas de inhabilitados elaboradas por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
El Gobierno subrayó que la "contratación pública debe desarrollarse en un marco de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas" y justificó que "no es posible corroborar en ocasión" las listas de inhabilitados de los bancos multilaterales.
"La República Argentina debe adoptar las medidas necesarias tendientes a asegurar la efectividad del mecanismo de exclusión. La corrupción deteriora la confianza en las instituciones públicas, afecta los servicios y prestaciones que debe brindar el Estado a los ciudadanos, distorsiona los incentivos y conduce al uso ineficiente de los recursos públicos, debilitando el crecimiento y el desarrollo", señala el texto.
Destacó, además, que el Estado tiene el rol de "implementar medidas a los fines de disuadir, prevenir y combatir el cohecho transnacional pueden ser de tipo penal, civil o administrativo, incluyendo entre estas últimas la exclusión, inhabilidad o inelegibilidad en procedimientos de selección para adjudicar contratos públicos".