El Ministerio de Energía y Ambiente se suma al pago de bonos por productividad

Desde junio, los empleados podrán recibir un incentivo mensual si cumplen metas y obtienen buenas evaluaciones. Buscan premiar el rendimiento y profesionalizar la gestión estatal.

El Ministerio de Energía y Ambiente de Mendoza, a cargo de Jimena Latorre, pondrá en marcha desde el 1 de junio un nuevo esquema de bonificaciones vinculado al rendimiento laboral y al cumplimiento de objetivos institucionales. La medida fue oficializada mediante la Resolución Nº 89 y convierte a esta cartera en la segunda del ámbito provincial en adoptar este mecanismo, luego del Ministerio de Producción.

Mendoza reglamenta el pago de incentivos a los estatales por cumplimiento de metas - Noticias de Mendoza - Memo

El incentivo forma parte del Fondo de Incentivación por Cumplimiento de Metas Institucionales, contemplado en la Ley 5126 y el Decreto 649/2025, que regulan el Régimen Salarial 05.

Cómo funcionará el bono por desempeño

El beneficio tendrá carácter no remunerativo ni bonificable, y se liquidará mensualmente tomando en cuenta tres variables:

  • -El salario del trabajador

  • -Su desempeño, medido mediante evaluaciones

  • -La valoración que realicen sus superiores jerárquicos

El pago se efectuará junto con los haberes mensuales y estará destinado al personal del escalafón general comprendido en la Ley 5126. Aquellos agentes que estén prestando funciones en comisión desde otros regímenes tendrán cinco días hábiles para optar entre mantenerse en su destino actual o regresar a su dependencia original.

Una apuesta por la gestión eficiente

Según explicaron desde el ministerio, la implementación del sistema busca "reconocer el aporte individual de los empleados públicos" y promover una administración estatal más eficiente, profesional y sujeta a resultados concretos.

El esquema contempla ajustes mensuales si varían los puntajes de evaluación y permite al Ejecutivo reasignar partidas presupuestarias para garantizar su aplicación. Cualquier duda o interpretación sobre el régimen será resuelta por la ministra.

En el caso de empleados que se incorporen tras la entrada en vigencia del programa o que se encuentren con licencia sin goce de sueldo, el bono se calculará únicamente en función del rendimiento en tareas específicas, ya que no contarán con antecedentes evaluativos previos.

Criterios para determinar el monto del incentivo

El total del fondo se distribuirá íntegramente entre quienes estén comprendidos en el régimen, según tres componentes:

  • Participación Salarial (CPS): representa el 40% del bono y se calcula a partir del peso del salario individual sobre la masa salarial del conjunto.

  • Evaluación de Desempeño (CED): constituye el 60% restante y se basa en una evaluación trimestral.

  • Equilibrio Dinámico (CEDI): se utiliza en casos excepcionales, como cambios de régimen o nuevas incorporaciones.

En cuanto al CED, la calificación estará a cargo del jefe inmediato o del Director General de Administración, y se estructurará en tres dimensiones:

  • -Ejecución de tareas (30%)

  • -Conducta en el ámbito laboral (30%)

  • -Competencias técnicas y habilidades (40%)

Cada dimensión se puntuará en una escala de 0 a 10, con rangos que van desde "deficiente" a "sobresaliente". Durante el primer trimestre, este componente se calculará únicamente con base en el rendimiento operativo, debido a la falta de evaluaciones previas.


Esta es la resolución completa


 MINISTERIO DE ENERGÍA Y AMBIENTE 

Resolución Nº 89 MENDOZA, 22 DE MAYO DE 2025 

Visto el expediente Nº EX-2025-02752318- -GDEMZA-ENERGAMB, el Decreto Nº 649/2025 y las disposiciones de la Ley Nº 5126 y sus modificatorias; y CONSIDERANDO: 

Que por Decreto N° 536/2025, se dispuso la unificación del Fondo de Compensación Funcional de Infraestructura y Energía: Establézcase que el Fondo de Compensación Funcional, ratificado por la Ley N° 8362, será aplicable al personal del Ministerio de Energía y Ambiente que preste efectivamente servicios en las Unidades Organizativas 05 Dirección de Hidráulica, 09 Dirección de Minería, 10 Dirección de Hidrocarburos, 11 Dirección de Servicios Eléctricos y 12 Subsecretaría de Energía y Minería, del Carácter 01 de dicho Ministerio, Jurisdicción 23, a partir del 1 de Agosto de 2024. Que la ex Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial tenía los siguientes fondos: Fondo Estímulo Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Ley Nº 9046 y el Adicional de la Ley Nº 8798. 

Que por Decreto Nº 649/2025 se aprueba el acta paritaria del Régimen Salarial 05, en el cual se unifican todos los estímulos para este régimen. Que cada Ministerio deberá establecer las pautas para calificar el fondo conforme lo establece el Punto 1 del Anexo I del Anexo I del citado decreto. Que establecer que la distribución del "Fondo de Incentivación por Cumplimiento de Metas Institucionales - Ley 5126" se hará conforme al cumplimiento de metas individuales e institucionales que serán determinadas por Resolución de este Ministerio de Energía y Ambiente, la que fijará -además- los criterios de asignación y liquidación del referido fondo. Por ello, conforme lo establece la Ley Nº 5126, el Decreto N° 649/2025 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Energía y Ambiente, LA MINISTRA DE ENERGÍA Y AMBIENTE R E S U E L V E: 

Artículo 1º - Apruébese el procedimiento para el pago "Fondo de Incentivación por Cumplimiento de Metas Institucionales - Ley Nº 5126", que como anexo integra la presente resolución. 

Artículo 2º - El Fondo se liquidará mensualmente y se abonará en la oportunidad en que se efectúe el pago de los haberes correspondientes al mes inmediato posterior a aquel que se liquide. En caso de surgir variaciones en la liquidación del fondo en lo que respecta al componente de evaluación de desempeño, el Director General de Administración de este Ministerio, como responsable de la implementación, liquidación y control del "Fondo" procederá a realizar los ajustes y correcciones presupuestarias, formales y de cálculos respectivos en los Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica Página 1/2 pagos siguientes. 

Artículo 3º - El primer trimestre de aplicación, al no tener evaluación y por única vez, el componente CED (Componente de Evaluación de Desempeño) se integrará solo por el factor de Prestación de la Tarea con el Sesenta por ciento (60%), de acuerdo al punto 4 del Anexo I del Acta Acuerdo Fondo de Incentivación por Cumplimiento de Metas Institucionales - Ley N° 5126 Homologada por Decreto N° 649/2025 - Ratificado por Ley N° 9623. 

Artículo 4º - La presente resolución será de aplicación a partir del 1 de junio de 2025 y se liquidará el Fondo de Incentivación por Cumplimiento de Metas Institucionales - Ley Nº 5126 junto con el sueldo de ese mes. 

Artículo 5º - Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese. ABG. JIMENA LATORRE NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza 

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