Exoneran a los penitenciarios condenados por las torturas en San Felipe

Tras quedar firme la condena penal por los hechos ocurridos en 2011, el Gobierno de Mendoza aplicó la máxima sanción administrativa a los ex agentes del Servicio Penitenciario: la exoneración definitiva, que inhabilita de por vida para ejercer cargos públicos y obliga a revisar posibles cobros indebidos.

A 14 años del episodio que generó impacto internacional y tras quedar firme la condena penal, el Gobierno de Mendoza resolvió aplicar la sanción administrativa más severa prevista por la normativa: la exoneración definitiva de los exintegrantes del Servicio Penitenciario involucrados en las torturas de 2011 en el complejo San Felipe.

La medida, oficializada mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, alcanza a Daniel Adrián Perón González, José Alejandro Arredondo Ahumada, Jonathan Edgardo Bizaguirre Moreno, Germán Orlando Núñez Aciar, Edgardo Yoel Quero Rey, Luis Alejandro Dambrosio Orozco y Johnny Segundo Navarro Ballesteros.

El caso ocurrió en 2010, durante la gestión de Celso Jaque, y el actual integrante de la Suprema Corte, Mario Adaro era ministro de Gobierno, cuando un grupo de agentes agredió brutalmente a un interno y registró todo con un teléfono celular. Las imágenes se viralizaron y provocaron repercusión mundial. En septiembre de 2019, los responsables fueron condenados por la Justicia mendocina a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua. Esa sentencia luego quedó firme.

En el ámbito administrativo, los agentes ya habían sido expulsados en 2013 mediante cesantía. Sin embargo, la normativa establece que cuando la Justicia confirma una condena penal, la sanción disciplinaria debe agravarse. Por esa razón, el Ministerio decidió reemplazar la cesantía por exoneración.

La exoneración implica la separación definitiva del Estado, la prohibición de ocupar cualquier cargo público a futuro y la pérdida de beneficios y derechos previsionales, además de dejar un antecedente disciplinario de la máxima gravedad. A diferencia de la cesantía, no contempla reinstalación ni acceso posterior a la carrera administrativa.

La resolución también instruye a las áreas de Recursos Humanos a revisar si los ex agentes percibieron haberes de forma indebida y, de ser así, iniciar los reclamos de devolución. Además, se notificará a ANSES y a los organismos previsionales para que apliquen las medidas que correspondan según la ley.

Como fue el caso 

1. Los hechos y la condena inicial

  • -El acto de tortura: La víctima (un interno esposado) fue objeto de graves agresiones y vejaciones. Los condenados se burlaron de él con expresiones humillantes. Las fuentes señalan que los penitenciarios, utilizando al interno "como objeto de diversión", manifestaron frases como: "se le ve el poto!!! la ratita que boconea al personal está atado como un perro salta violeta".

  • -Condena Original: La Justicia de Mendoza impuso una condena de 10 años de prisión a seis agentes penitenciarios por el delito de torturas.

2. Ratificación de la sentencia

  • -Suprema Corte de Mendoza (SCJM): En julio de 2023, la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza de manera unánime, confirmó la condena de 10 años de prisión.

  • -Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN): Posteriormente, a principios de 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó esta condena, agotando las instancias de apelación para los seis agentes penitenciarios.

3. Consecuencias y víctima

  • Detención: El juez ordenó la detención inmediata de todos los exguardias condenados, a excepción de uno que se encontraba prófugo.

  • Víctima Clave (William Walter Vargas González): En relación con torturas ocurridas en el penal de San Felipe en junio de 2010 y que siguieron un largo proceso judicial, la organización XUMEK reporta que la condena contra los exguardias quedó firme en diciembre de 2024.

Resolución final sobre la indemnización de William Vargas

 El proceso de apelación

  • -Fallo Inicial (2020): La Justicia condenó a la Provincia de Mendoza a pagar $3.000.000 a William Vargas.

  • -Primera Apelación: La Fiscalía de Estado de Mendoza apeló la decisión, logrando que una Cámara de Apelaciones redujera el monto a $700.000.

  • -Recurso de Vargas González: Los abogados de la víctima interpusieron un Recurso Extraordinario Provincial ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, argumentando que la reducción era arbitraria y violaba el principio de la reparación integral del daño.

  • -Fallo: La Suprema Corte de Justicia de Mendoza hizo lugar al Recurso Extraordinario interpuesto por William Vargas González.

  • Consecuencia: La SCJM revocó (anuló) la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había reducido la indemnización a $700.000. Esto significa que la Corte determinó que la reducción había sido incorrecta y que se debía revisar el monto de la reparación.

  • Fundamento: Aunque el monto exacto final no figura en el resumen público de la sentencia, la Corte reafirmó principios como el derecho a una indemnización justa y adecuada y el concepto del "precio del consuelo" para la mitigación del dolor de la víctima, indicando que el monto debía ajustarse a la gravedad de los hechos (tortura, el máximo grado de afectación de la integridad personal).


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