Dato forestal: 1,2 millones, hay un árbol cada dos habitantes en Mendoza
A propósito de la nueva ley del arbolado público, Damos un detalle del censo que denota el bosque urbano donde se concertra la mitad de los ejemplares en el territorio provincial. Asemás de los árboles que están a cargo de otras reparticiones provinciales y más datos estadísticos.
El último censo forestal del conglomerado del Gran Mendoza, que incluye a los 6 departamentos del Oasis Norte (Las Herás, Godoy Cruz, Ciudad, Guaymallén, Mipú y Luján de Cuyo) y que contiene el 60 por ciento de la población, es decir, 1,2 millones de personas, se realizó entre 2020 y 2022 y se conocieron los resultados preliminares en 2023. Precisamente, el sitio Unidiversidad consignó esa información hace tres años, que aún está disponible en la aplicación Mi Árbol, que pertenece al Unicipio, el organismo que unifica políticas públicas conformado por los municipios del Área Metropolitana de Mendoza y el mismo Gobierno de Mendoza.
Este censo, que es lo más confiable que hay a disposición, contabilizó 615.835 ejemplares de 179 especies en todo el ejido del Gran Mendoza.
Datos laterales amplían más la información que acceden especialistas como los gestores ambientales que pasaron a Memo esta información: hay 84 mil árboles dentro de la jurisdicción de Vialidad Provincial y otros 468 mil a cargo del Departamento General de Irrigación.
La sumatoria de estas cantidades de árboles llega a 1.167.000. En términos proporcionales, señalan que existe un árbol por cada dos habitantes de Mendoza.
Datos del Censo Forestal en el Gran Mendoza. (Fuente oficial: Mi Árbol)
Vamos al bosque
El Área Metropolitana Mendoza conceptualmente es un bosque urbano. Así lo describe Eduardo Sosa, conocido gestor ambiental y referente ambientalista:
Son pulmones que aportan oxígeno, bajan las temperaturas y ofrecen refugio y alimento a aves y pequeños mamíferos que se acercan a las urbes. La condición es que sean biodiversos, es decir, que no sean de unas pocas especies, sino que reflejen en proporciones adecuadas un ambiente diverso para que las características ecológicas se asemejen a un verdadero bosque. Hay que pensarlos como tal.
Sosa completa su aporte comparando el bosque urbano con la idea que llevó a realizar el primigenio Parque del Oeste, hoy el querido Parque San Martín.
El parque San Martín es un parque ornamental, aunque su origen fue "productivo" (obtener maderas para la industria frutihortícola). Tiene carácter paisajístico y recreacional, pero no se podría categorizar como bosque urbano porque su diversidad no deviene de la planificación ecológica (que elige especies por sus funciones ecológicas), sino de la planificación paisajística (que elige especies por su belleza y su aporte estilístico).
El mapa verde. La cantidad de árboles que hay en los municipios del Gran Mendoza. (Fuente: Mi Árbol).
Qué cambia con la ley de Marcelino
Durante los 8 años que yo estuve (como intendente) en Guaymallén, erradicamos 6 mil; la mayoría estaban secos, en riesgo de caída o se cayeron durante temporales y algunos para la realización de obras públicas, pero replantamos o plantamos 32 mil, o sea, cinco veces más. La compulsión no es a erradicar, sino que es a mejorar la forestación urbana. Lo que tiene que entender el vecino es que el municipio solamente tiene responsabilidad sobre la jurisdicción de su municipio (Marcelino Iglesias en Radio Post 92.1, ayer jueves 27).
El senador radical es el autor de la nueva ley de Arbolado público y la norma "se vende" como la solución del ping-pong burocrático en que cualquier vecina de Mendoza se transforma en la pelotita de ese juego exasperante que ahora significa pedir la erradicación de un árbol que está en riesgo de caerse o que levanta las superficies de las casas con sus raíces. Ese trámite conlleva la intervención de la Provincia y toma una doble verificación de un organismo provincial y de la misma municipalidad que tiene ese árbol en riesgo o es riesgoso.
Por eso hace un mes en el debate en el recinto, Iglesias explicó: "Esta ley prevé numerosos recaudos no solo para el cuidado, sino también para la expansión del arbolado. Lo que proponemos es una actualización que respeta el espíritu de la norma y los organismos que crea, como el Consejo del Arbolado Público, pero otorgando a los municipios una facultad de la que hasta ahora carecían: constituirse en autoridad de aplicación dentro de su territorio".
Marcelino también aclaró que los municipios deberán rendir cuentas anualmente sobre lo actuado y presentar previamente un plan cuatrienal que incluya acciones de erradicación, poda, mantenimiento y forestación.