Ziliotto lleva a la Justicia la reforma de la ley de glaciares y busca frenarla en todo el país

El gobernador Sergio Ziliotto presentó un amparo para declarar inconstitucional la nueva norma y pidió suspender su aplicación en todo el país. Afirma que los cambios reducen la protección ambiental y ponen en riesgo cuencas hídricas interjurisdiccionales.

A pocas horas de que el Congreso aprobara las modificaciones al régimen de protección de glaciares, el gobernador de Sergio Ziliotto impulsó la primera acción judicial contra la nueva legislación. El mandatario de La Pampa presentó un amparo colectivo con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad de la reforma y, de manera preventiva, se suspenda su aplicación en todo el país.

La demanda fue radicada ante la Justicia Federal de Santa Rosa y cuenta con el respaldo del gobierno provincial junto con otras instituciones: la Universidad Nacional de La Pampa, la Asamblea por los Ríos Pampeanos y la Fundación Chadileuvú.

En la presentación judicial se solicita que la Ley 27.804 sea declarada "inconstitucional, inconvencional y nula de manera absoluta". Los demandantes sostienen que la norma introduce cambios que reducen el nivel de protección ambiental previsto en la legislación vigente y que, además, vulnera derechos colectivos vinculados con el acceso al agua y a un ambiente sano.

Pedido de suspensión inmediata

Junto con el planteo de fondo, el amparo solicita una medida cautelar para frenar la aplicación de la reforma mientras se resuelve el proceso judicial. Según argumentan los impulsores de la demanda, permitir que la ley entre en vigencia antes de que se analice su constitucionalidad podría provocar consecuencias ambientales difíciles de revertir.

En el escrito se advierte que la nueva regulación habilita actividades que podrían alterar ecosistemas sensibles en áreas glaciares y periglaciares. De acuerdo con el planteo, ese escenario abre la posibilidad de "daños ambientales graves e irreversibles", cuya recomposición sería extremadamente compleja o incluso imposible.

Cambios en el régimen de protección

La normativa original sancionada en 2010 establecía una protección integral sobre los ambientes glaciar y periglacial al considerarlos reservas estratégicas de recursos hídricos y fuentes de abastecimiento de agua para diversas cuencas.

En ese marco, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla) llevó adelante un inventario que identificó casi 17.000 cuerpos de hielo a lo largo de la Cordillera de los Andes y en las Islas del Atlántico Sur.

La reforma recientemente aprobada introduce un cambio central en ese esquema. La nueva ley establece que la protección regirá de manera provisoria hasta que las provincias que poseen glaciares realicen estudios técnicos más detallados para determinar cuáles de esas áreas cumplen efectivamente funciones como reservas hídricas.

En aquellos casos en que se concluya que no cumplen ese rol, los territorios podrían ser retirados del inventario del Ianigla y quedar habilitados para el desarrollo de proyectos productivos que hasta ahora estaban prohibidos.

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El núcleo del reclamo judicial se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina, que establece el principio de presupuestos mínimos ambientales. Según los demandantes, la reforma vulnera ese criterio porque debilita el estándar uniforme de protección que debe garantizar el Estado nacional.

En el documento presentado ante la Justicia se afirma que la Nación tiene la obligación de asegurar "un piso homogéneo de tutela ambiental", que no puede quedar sujeto a decisiones fragmentadas de cada jurisdicción provincial, especialmente cuando se trata de bienes ambientales que involucran a más de un territorio.

Impacto en cuencas hídricas compartidas

Aunque La Pampa no cuenta con glaciares dentro de su territorio, el gobierno provincial sostiene que depende de los procesos hidrológicos que se originan en la región cordillerana.

En ese sentido, la demanda subraya la importancia de sistemas que alimentan cuencas como la del río Colorado y también menciona conflictos históricos vinculados al río Atuel, cuyos caudales dependen de dinámicas hídricas originadas en zonas glaciares.

Para los impulsores del amparo, la reforma representa una regresión normativa, ya que reduce el nivel de protección establecido previamente sin ofrecer fundamentos constitucionales suficientes.

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Críticas al proceso legislativo

La presentación judicial también cuestiona la forma en que se tramitó la reforma en el Congreso. Según los demandantes, durante el debate legislativo no se respetaron plenamente los mecanismos de participación pública establecidos en el Acuerdo de Escazú, tratado regional que regula el acceso a la información ambiental y la participación ciudadana.

De acuerdo con el planteo, las audiencias públicas realizadas en el Congreso funcionaron como instancias meramente formales y sin efectos sustantivos, pese a que cientos de miles de ciudadanos se habían inscripto para intervenir en el proceso.

Con este amparo, el gobierno pampeano busca frenar la aplicación de la reforma mientras la Justicia analiza si los cambios aprobados por el Congreso respetan o no los estándares constitucionales de protección ambiental.

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