Cambian las reglas de la imagen de los taxis en el Gran Mendoza

Una resolución de la Subsecretaría de Transporte actualizó el alcance del instructivo de diseño y precisó cuándo será obligatorio el nuevo esquema de ploteo, además de ordenar los criterios de colores según zona y tipo de vehículo.

La Subsecretaría de Transporte de Mendoza introdujo cambios en el régimen que regula la imagen e identificación de los taxis, con el objetivo de unificar criterios y actualizar el alcance de las normas vigentes. Las modificaciones quedaron establecidas en la Resolución N° 2010, firmada el 29 de diciembre de 2025 y publicada este viernes 2 de enero de 2026 en el Boletín Oficial.

La norma da marco formal a un instructivo elaborado por el Departamento de Diseño del organismo, a instancias de la Dirección de Planificación y Proyectos. El documento fija pautas generales para el diseño de la imagen de los taxis y apunta a renovar la percepción del servicio, con una estética más actual, una mejor organización de la información visible en los vehículos y una identificación más clara de los canales de consultas y reclamos, junto con la marca del Ente de la Movilidad Provincial.

El eje de la resolución es la corrección del artículo 2° de la Resolución N° 0864/2025. A partir de la nueva redacción, la Subsecretaría precisó que las pautas del instructivo serán de aplicación obligatoria para los taxis que operen en la Zona Gran Mendoza en dos situaciones concretas: cuando se otorguen nuevos permisos desde la entrada en vigencia de la norma y cuando se produzcan cambios de las unidades habilitadas.

Además, la Resolución N° 2010 introduce ajustes en el anexo de la Resolución N° 1799/2025, donde se detallan los esquemas de colores según la delegación y el tipo de vehículo. En ese apartado se ratifican disposiciones ya vigentes para determinados casos. Por ejemplo, para la Delegación Zona Centro y el departamento de Lavalle se mantiene lo establecido en la Resolución N° 0630/1999, que fija techo, puertas traseras laterales y paragolpes en color blanco, y el resto del vehículo en negro. También se recuerda el régimen particular para los vehículos monovolumen, conforme a la Resolución N° 1042/2007, que determina la aplicación de Amarillo Cromo en sectores específicos del rodado.

Desde la Subsecretaría señalaron que las modificaciones se apoyan en el marco normativo que regula el servicio de transporte. El Decreto N° 1512/2018 -modificado por el Decreto N° 241/2025- establece que los vehículos afectados al transporte deben ser pintados o ploteados de acuerdo con la forma y los colores que defina la autoridad de aplicación. A su vez, se repasaron los cambios institucionales que asignaron competencias al Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial y ratificaron a la Subsecretaría de Transporte como autoridad de aplicación de la Ley 9086 y su reglamentación.


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