Negativa a vacunar: cuándo interviene la Justicia y qué hacen otras provincias

En medio de rebrotes de sarampión y baja histórica de cobertura en el país, Mendoza impulsó un protocolo judicial sin precedentes. A nivel nacional, la vacunación obligatoria está respaldada por la ley, y la Justicia ha intervenido en varias provincias para garantizar el derecho a la salud infantil.

En Argentina, las vacunas del Calendario Nacional no son una recomendación: son una obligación legal. Así lo establece la Ley 27.491, aprobada en 2018, que define a la vacunación como un "bien social" y un derecho irrenunciable de la población. Pero ¿qué sucede cuando los padres se niegan a vacunar a sus hijos? ¿Hasta dónde llega la libertad de decisión familiar y en qué momento interviene el Estado?

En los últimos años comenzaron a aparecer casos judicializados -pocos, pero significativos- en los que los jueces debieron ordenar la vacunación de un menor ante la resistencia de sus progenitores. El eje, sostienen los tribunales, no es el deseo de los adultos, sino la protección del interés superior del niño y la salud pública.

La Ley 27.491 es explícita: toda persona que viva en el país debe cumplir con el calendario de vacunación. Los responsables legales tienen el deber de garantizar que los menores reciban las dosis obligatorias en tiempo y forma. Y si esto no ocurre, la norma habilita un abanico de medidas cuyo alcance va desde la notificación formal hasta la vacunación compulsiva.

El artículo 14 de la ley no deja lugar para interpretaciones: la autoridad sanitaria puede tomar "acciones tendientes a efectivizar la vacunación", incluidas medidas compulsivas. Ese punto es el que, llegado el conflicto, permite que una autoridad sanitaria o un defensor de menores recurra a la Justicia para que intervenga.

Mendoza: protocolo con sanciones contravencionales

Mendoza fue la primera provincia en reglamentar un protocolo específico para denunciar sistemáticamente a padres que no vacunan a sus hijos. 

Según la normativa provincial y el artículo 119 del Código de Contravenciones, la no vacunación reiterada puede considerarse una contravención sancionable con:

  • Multas de entre $84.000 y $336.000 pesos (correspondientes a 200-800 unidades fiscales). 

  • Arresto de hasta cinco días

  • Trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos. 

La sanción se aplica a padres, tutores o responsables que, luego de ser notificados y de recibir un plazo para regularizar la vacunación, persisten en la negativa, constituyendo desobediencia a la autoridad sanitaria. 

Este procedimiento también contempla la intervención de escuelas, efectores de salud y funcionarios públicos, quienes están obligados a denunciar los incumplimientos o enfrentar sanciones agravadas si omiten hacerlo. 

Primeras denuncias judiciales: un paso sin precedentes

Esta semana, el Ministerio de Salud de Mendoza presentó las primeras 15 denuncias judiciales contra padres por no haber cumplido con el calendario obligatorio de vacunación de sus hijos, una medida inédita en el país. 

Los padres denunciados fueron convocados a audiencias en la Justicia Civil, donde el equipo sanitario explicó los riesgos que implica la falta de vacunación para la salud de los menores y de la comunidad. Las familias tienen un plazo para completar las dosis debidas, y de no hacerlo, podrían enfrentarse a las penas previstas en el código contravencional.

Las autoridades provinciales han señalado que la intención de la normativa no es "castigar por castigar", sino proteger el derecho a la salud de los niños y evitar rebrotes de enfermedades que estaban bajo control, como el sarampión o la tos convulsa. 

Más allá de Mendoza: la Justicia y la vacunación compulsiva

Si bien el régimen sancionatorio de Mendoza es único, otras provincias también han recurrido a la Justicia para garantizar que los niños sean vacunados, aunque sin intervenir a través de multas y arrestos. En estos casos, los jueces ordenan la vacunación compulsiva bajo el principio del interés superior del niño, amparado en la Constitución y en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño.

En fallos judiciales en provincias como Río Negro y Córdoba, jueces de Familia han intervenido para obligar a padres que se negaban a aplicar las primeras dosis obligatorias -como la de Hepatitis B o la administración de Vitamina K al nacer- a cumplir con el calendario oficial, porque la negativa constituía un riesgo para la salud del menor. 

La atención sobre este tema llega en un momento de caída de las tasas de vacunación infantil en Argentina, lo que ha encendido alarmas entre los expertos en salud pública. Datos analizados por investigadores y organizaciones sanitarias muestran que muchas coberturas, incluidas las de sarampión, polio y otras inmunizaciones clave, han caído a niveles insuficientes para garantizar la inmunidad comunitaria, lo que aumenta la vulnerabilidad frente a brotes evitables.

Cómo empieza un caso: alertas del sistema de salud

La mayoría de los incumplimientos se resuelven en el primer nivel de atención. Si en un centro de salud detectan que un niño no recibió las vacunas del calendario, se notifica a la familia y se ofrece un turno. En general, con información y acompañamiento la situación se resuelve.

Cuando los padres insisten en no vacunar -por creencias personales, desinformación o desconfianza- y el equipo de salud verifica que existe un riesgo epidemiológico o un perjuicio para el menor, se activa el circuito institucional:
la autoridad sanitaria local eleva la situación a la Secretaría de Salud provincial o municipal y, en algunos casos, al Ministerio Público Pupilar.

El paso judicial: por qué intervienen los jueces

Los tribunales suelen intervenir solo en casos donde la resistencia es persistente y cuando el niño queda expuesto a un riesgo concreto, por ejemplo, al ingreso escolar sin vacunas o a un brote regional. Allí aparece la figura de la "vacunación compulsiva", que no implica violencia, sino una orden judicial para cumplir un acto médico obligatorio.

Los jueces, en distintos fallos del país, sostuvieron un criterio común: la objeción de conciencia de los padres no puede prevalecer sobre la salud del niño ni sobre el interés público. También remarcan que la vacunación es gratuita, segura y forma parte de una política de Estado.

Qué pasa cuando un juez ordena vacunar

Cuando se dicta una orden judicial, el procedimiento es claro y formal:

1. Notificación a los padres

Se intima a la familia a presentarse voluntariamente en un centro de salud para completar la vacunación. En muchas ocasiones, la intervención de un juez basta para destrabar la situación sin necesidad de mayores medidas.

2. Actuación del sistema sanitario

Si persiste la negativa, el juez autoriza a un equipo de salud a aplicar la vacuna en el hospital o centro designado. No intervienen policías para vacunar: su presencia solo se utiliza si es necesario garantizar el acceso al equipo médico.

3. Acompañamiento profesional

Para proteger al menor, suelen participar psicólogos o trabajadores sociales que expliquen el procedimiento, contengan a la familia y garanticen que el acto sea lo menos traumático posible.

4. Constancia judicial

Una vez aplicada la vacuna, se labra un acta que certifica que la orden se cumplió. ¿Qué pasa con los padres que insisten en negarse? 

Negarse a vacunar no genera sanciones penales, pero sí: intervención de organismos de niñeznotificaciones reiteradasposibles evaluaciones de riesgo,y la posibilidad de una orden judicial compulsiva.

En casos extremos -muy poco habituales- los tribunales pueden evaluar si la conducta configura una forma de desprotección o vulneración del derecho a la salud del menor.

Una discusión que crece en silencio

A diferencia de otros países, en Argentina el movimiento antivacunas nunca alcanzó gran magnitud, pero la desinformación en redes sociales y los discursos de desconfianza hacia la ciencia generan tensiones en algunos sectores. Para los especialistas, la clave sigue siendo la misma: comunicación clara y acompañamiento desde el sistema de salud.

La ley, mientras tanto, es tajante: la vacunación es obligatoria y el Estado tiene la responsabilidad de hacerla cumplir, no para castigar a las familias, sino para proteger un bien colectivo que sostiene la salud pública desde hace décadas.

Casos judiciales de vacunación obligatoria: qué pasó en cada provincia

Aunque los fallos mantienen la identidad de los niños bajo reserva -como exige la Ley 26.061-, la información pública disponible permite reconstruir las edades, tipos de vacunas involucradas y características de cada intervención judicial.

Río Negro

1. Caso de Recién Nacido - General Roca (2024)

  • Edad: bebé de pocos días de vida

  • Vacunas involucradas:

    • Hepatitis B (1.ª dosis obligatoria)

    • Vitamina K (inyección preventiva contra la enfermedad hemorrágica del recién nacido)

  • Situación: Los padres se negaron a que se aplicaran ambas en la clínica privada donde nació.

  • Intervención:

    • La clínica informó a la Defensoría de Menores.

    • Se inició una medida autosatisfactiva (proceso urgente).

  • Sentencia: La jueza de Familia ordenó vacunar al recién nacido en un plazo de cinco días.

  • Fundamento: Ley 27.491 + Interés Superior del Niño + fallo de la Corte Suprema "N.N. o U.V."

2. Caso de Niños Mayores - Luis Beltrán (2018)

  • Edades: hermanos entre 5 y 12 años (según consta en el fallo)

  • Vacunas involucradas:

    • Esquema completo: Triple Viral, Triple Bacteriana, Polio, Hepatitis B, etc.

  • Situación:

    • Familia identificada con "medicina alternativa".

    • Una de las niñas había tenido una reacción adversa años antes.

    • Decidieron suspender todo el esquema.

  • Sentencia: El Juzgado de Familia ordenó que los padres cumplieran con todo el calendario de vacunación obligatorio.

  • Fundamento: El "plan de vida" familiar no puede poner en riesgo la salud pública ni la del niño.

Córdoba

Caso de recién nacido - (2024)

  • Edad: recién nacido, días de vida

  • Vacunas involucradas:

    • Hepatitis B

    • Vitamina K

  • Situación: Negativa de los padres tras el parto.

  • Intervención: Juzgado de Familia mediante trámite urgente.

  • Sentencia: Autorización para vacunación compulsiva en el hospital.

  • Fundamento: Riesgo sanitario inmediato.

Chubut

Caso de Niña - Comodoro Rivadavia (2023/2024)

  • Edad: aproximadamente 5 años (según consta en informes de medios y Ministerio Público)

  • Vacunas faltantes:

    • Triple Viral

    • Triple Bacteriana

    • Poliomielitis

    • Refuerzos escolares del calendario

  • Situación: Padres identificados como parte del movimiento "antivacunas".

  • Intervención: Jueza de Familia.

  • Sentencia: Ordenó vacunar compulsivamente ante la persistente negativa.

  • Fundamento: Ni razones ideológicas ni creencias personales pueden vulnerar el Interés Superior del Niño.

Entre Ríos

Casos múltiples de Recién Nacidos - (2024-2025)

  • Edad: bebés de 24 a 72 horas.

  • Vacunas involucradas:

    • Hepatitis B

    • Vitamina K

  • Situación:

    • Padres se negaban por motivos religiosos o filosóficos.

    • Informes de hospitales derivaron a la Defensoría.

  • Sentencia: El MPD logró órdenes judiciales urgentes para vacunar antes del alta hospitalaria.

  • Procedimiento: Trámite de urgencia + orden compulsiva.

CABA

Casos escolares - (2019-2023)

  • Edades: 6 a 13 años

  • Vacunas faltantes:

    • Triple Viral (especialmente en contextos de brotes de sarampión)

    • Triple Bacteriana

    • Polio

    • Hepatitis B

  • Situación: Padres que no presentaron certificados vacunatorios o que rechazaron completar el calendario.

  • Intervención: Asesorías Tutelares + juzgados de Familia.

  • Sentencias:

    • Intimaciones con apercibimiento de vacunación compulsiva.

    • En algunos casos, evaluación de aplicar multas progresivas (no siempre se ejecutaron).

Mendoza

Casos escolares - (2021-2024)

  • Edades: 4 a 12 años

  • Vacunas incompletas:

    • Triple Viral

    • Triple Bacteriana

    • Poliomielitis

    • Hepatitis B

  • Particularidad:

    • Mendoza sí contempla sanciones contravencionales (multas o arresto) cuando los padres incumplen.

  • Intervención:

    • Ministerio de Salud notifica.

    • Si hay negativa, actúa el Juzgado de Faltas.

    • En algunos casos, pueden intervenir los juzgados de Familia.

  • Resultado: La Provincia combina medidas administrativas y judiciales para lograr la vacunación.

  • En definitiva, en varias provincias -con o sin protocolos específicos- la Justicia debió intervenir y dictar órdenes de vacunación compulsiva cuando los padres se niegan.

  • Los casos más frecuentes son recién nacidos (Hepatitis B + Vitamina K).

  • El segundo grupo frecuente son niños en edad escolar con esquemas incompletos.

  • Los jueces fundamentan sus decisiones en:
    Ley 27.491 (Vacunación Obligatoria)
    Interés Superior del Niño
    Fallo de la Corte Suprema "N.N. o U.V."


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