El olvido de la ley: ¿norma o subjetividad?

La disciplina en la escuela y lo que Isabel Bohorquez califica como una falsa dicotomía entre lo "punitivo" y lo "dialógico".

Isabel Bohorquez

"AA es un niño de 9 años, que cursa cuarto grado de nivel primario y que llega a la escuela calzando unas crocs (ésta es una escuela privada donde usan uniforme). La maestra al recibirlo les explica que no puede ingresar con las crocs y que deberán volver a su casa para calzarse según lo indica el uniforme. El niño se enoja y comienza a patear a su mamá, la mujer le explica a la docente que su hijo se negó a calzarse según el uniforme y que se ‘empacó' con traer las crocs. Le asegura que volverá a su hogar para cambiarlo pese a las protestas del niño, pero en el transcurso de la conversación es la propia madre la que se larga a llorar porque el conflicto le resulta excesivo..."

Elijo esta anécdota verídica, recogida de conversaciones entre docentes hace pocos días para ilustrar una escena que refleja en parte la vida cotidiana en las escuelas en donde las normas y pautas de convivencia -con todos los aspectos que ello implica- han quedado licuadas en un discurso participativo democrático que pone a niños, adolescentes y adultos en un mismo plano de responsabilidad para sostener la trama institucional.

¿Es esto justo para los niños y adolescentes?

Entiendo que no.

Entiendo que este aplanamiento de las responsabilidades frente a cada circunstancia cotidiana, en realidad, desprotege y vulnera a todos.

Actualmente la convivencia escolar es un tema de debate y de preocupación, los casos de bullying, de violencia, de indiferencia, de no aceptación de las pautas y normas institucionales, de crisis de credibilidad y de autoridad de los docentes y directivos frente a sus estudiantes.

Hoy es muy difícil ejercer el rol docente en escenarios educativos donde -cada vez más- la autoridad empalidece frente a cada situación conflictiva. Incluso donde los propios docentes no tienen en claro qué actitud asumir en esta construcción de los acuerdos de convivencia. ¿Está bien o está mal ir a la escuela en crocs por ejemplo? ¿Cómo debe reaccionar un docente que escucha a sus alumnos, los respeta en sus derechos, les alienta a tomar decisiones personales en su beneficio y además consiente las individualidades y las singularidades de cada estudiante?

El mayor problema es la dilucidación de cómo actuar frente a cada circunstancia, especialmente cuando el mandato ministerial es no sancionar, no amonestar, no castigar, no suspender, retener a los alumnos en las escuelas, que además no deben repetir de curso y a los que hay que acompañar en cada trayectoria educativa.

Sabemos lo que pasa en tantas escuelas de nivel secundario, donde los estudiantes van incluso armados, o dispuestos a usar armas a las puertas de la escuela. Sabemos de tantísimas situaciones donde los estudiantes se enfrentan entre sí o a sus docentes sin que medie más que una precaria contención. Sabemos de padres que van a enfrentar a los docentes de sus hijos al punto de ejercer violencia.

Hay una línea que se ha cruzado y la escuela como institución se encuentra impotente.

¿Cómo llegamos a este estado de situación?

Se escucha a menudo el argumento de la multicausalidad y de la complejidad social.

La escuela no está exenta a esa complejidad por supuesto, pero a su vez tiene un papel fundamental en la socialización primaria de los niños y adolescentes y en la construcción de una perspectiva moral en su condición personal y ciudadana, pero ese aprendizaje ha sido menoscabado.

Creo que asumimos que a la escuela no se va a aprender a "portarse bien" como parte de los aprendizajes de la formación ciudadana.

Aconteció un cambio de paradigma que enfrentó injustamente el modelo pedagógico tradicional con un modelo pretendidamente más democrático. El cuestionamiento necesario a las viejas prácticas punitivas, llevado a cabo por las pedagogías críticas a partir del regreso de la democracia en los 80, generó una falsa dicotomía entre lo "punitivo" y lo "dialógico".

Se consideró, a partir de una mirada de ampliación de derechos, que la disciplina escolar basada en el cumplimiento de normas (externas al sujeto) y aplicación de sanciones, apelaba fundamentalmente a la obediencia pasiva de los estudiantes sin que mediara una participación activa de los mismos en las decisiones institucionales referidas a la convivencia.

Desde esta perspectiva de la participación democrática, puesta erróneamente en dicotomía con la disciplina escolar, se pretendió ubicar el diálogo y el acuerdo como la piedra angular de cualquier solución de conflicto o circunstancia que requiera la intervención de los diferentes intereses en juego. Ponerse de acuerdo pasó a ser lo más importante, escuchar, considerar las diferentes opiniones, respetarse...

¿Acaso tienen que ser dos cuestiones antagónicas la participación y las pautas disciplinarias?

¿Cómo encontrar el equilibrio entre lo externo (norma o pauta institucional) y la construcción interna (moral) de cada persona en la definición de sus conductas y actitudes en convivencia con los demás?

En principio, creo que razonablemente deberíamos encontrar el modo de impartir normas y pautas que respetemos todos sin excepción y frente a las cuales podamos tener una actitud reflexiva ya que ninguna pauta de conducta es absoluta, pero todas las pautas tienen la condición de ser parte de un horizonte común de convivencia.

Ni obediencia ciega ni supremacía de la subjetividad (hago las cosas como yo las considero para mí).

¿Es posible que podamos proponer un ethos ciudadano que la escuela enseñe tempranamente? ¿Una manera de actuar y de vivir, de valorar los hechos y las conductas que se incorporen como valores y se internalicen de manera de convertirse en criterios propios y autónomos?

Claro que sí. De eso se trata.

Pero para lograr el equilibrio entre norma, disciplina, participación y acuerdo, convirtiendo todo ello en parte del bagaje de aprendizajes que promuevan una moral ciudadana, debemos revisar de cerca los fundamentos a los que hemos llegado después de décadas de posicionamientos críticos a la escuela tradicional y revisar también los argumentos de la ley Nacional de Educación N°26206 (año 2006) que aún hoy nos rige en este aspecto para esclarecer en qué condiciones cada provincia está abordando su cumplimiento:

"ARTÍCULO 127.- Son deberes de los/as alumnos/as:

a) Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.

b) Participar en todas las actividades formativas y complementarias.

c) Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.

d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el derecho de sus compañeros/as a la educación y las orientaciones de la autoridad, los/as docentes y los/as profesores/as.

e) Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.

f) Asistir a clase regularmente y con puntualidad.

g) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones, equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo".

Esta discusión debe continuar.

















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