La causa por estafa contra los exdirectivos de Fecovita se encamina al juicio oral

El Primer Tribunal Colegiado de Mendoza rechazó un recurso de casación penal interpuesto por la defensa de los ex directivos, imputados por estafa y se aceleran los caminos hacia el juicio oral.

Hernán Bitar

La apelación ante la Corte Suprema presentada por la defensa de Eduardo Sancho, Rubén Panella, Juan Rodríguez y Jorge Irañeta fue denegada y la causa avanza hacia el juicio oral.

El Primer Tribunal Colegiado de Mendoza rechazó un recurso de casación penal interpuesto por la defensa de los directivos y ex directivos de Fecovita imputados por estafa en perjuicio de Iberte, por encontrarlo formalmente improcedente. 

El Tribunal argumentó que el recurso no está previsto para el caso propuesto por la defensa de los imputados, de conformidad con el art. 475 del Código Procesal Penal de Mendoza. El recurso buscaba que la Corte Suprema de Justicia anulara la resolución que ordenó imputar por el delito de estafa (art. 172 C.P.) a Rubén Panella, Jorge Irañeta, Eduardo Sancho y Juan Rodríguez.

Eduardo Sancho, uno de los exdirectivos imputados en el caso Fecovita

Eduardo Sancho, uno de los exdirectivos imputados en el caso Fecovita

De acuerdo con los fundamentos de la resolución, el Tribunal consideró que la sentencia impugnada por la defensa no era susceptible de ser revisada mediante recurso de casación. Además, estimó que la defensa no logró explicar por qué la decisión debía considerarse equiparada a una sentencia definitiva.

El Tribunal también destacó que no se advertía gravedad institucional que habilitara la vía recursiva extraordinaria excepcional.

Con esta decisión, el caso continuará adelante sin cambios y se espera su pronto paso a juicio oral.

El recurso de casación penal es un mecanismo extraordinario que busca anular sentencias judiciales que contienen errores en la aplicación o interpretación de la ley penal. En este caso, el Tribunal Colegiado Primero de Mendoza consideró que no se cumplían los requisitos para admitir el recurso y, por lo tanto, lo rechazó.

"La decisión del Tribunal es un paso importante en este proceso judicial y refleja la importancia de la aplicación correcta de la ley. Como venimos sosteniendo, confiamos en la Justicia de Mendoza y ésta está confirmando todo lo que hemos venido sosteniendo desde el principio: la necesidad que el Ministerio Público Fiscal investigue lo que entendemos ha sido la mayor estafa de la historia de la vitivinicultura en la Argentina", afirmó Carlos Aguinaga, abogado de Iberte y Evisa.

Las imputaciones por estafa a Panella, Irañeta, Rodríguez y Sancho habían sido confirmadas en junio. En la resolución firmada por unanimidad, el tribunal había rechazado todos los planteos de nulidad. 

"La sentencia del Tribunal concluyó en ese momento que existen sospechas fundadas y consistentes de que los directivos de Fecovita simularon querer asociarse y diseñaron un esquema que les permitió obtener liquidez inmediata, sabiendo de la imposibilidad de cumplir con las contraprestaciones a las que se obligaban, configurando una presunta estafa con perjuicio concreto y deliberado", resumió Carlos Aguinaga.

En conclusión, de acuerdo con Aguinaga, en la sentencia de confirmación de la imputación por estafa, "los jueces vieron un patrón inequívoco: la cúpula de Fecovita simuló un acuerdo que le aportaba liquidez instantánea y acceso a mercados, pese a saber que carecía de stock para cumplir la contraprestación. Se confirma también que Fecovita es deudora de Iberte, todo lo cual demuestra que no estamos ante un incumplimiento contractual sino en presencia de un ardid estafatorio inicial".

Rubén Panella, otro de los imputados en el caso Fecovita

Rubén Panella, otro de los imputados en el caso Fecovita

Finalmente, el abogado de las firmas damnificadas expresó que "esta nueva resolución obliga a los imputados a transitar el camino del proceso como corresponde, en calidad de imputados por el delito de estafa, hasta que se realice el juicio oral y público".

La resolución completa del Tribunal:

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