Alquileres: once claves de la tercera prórroga del congelamiento de precios
La medida que es criticada por el sector inmobiliario se hará oficial durante la semana que viene. Señalan que finalmente terminará perjudicando a los inquilinos.
El Gobierno nacional decidió extender hasta el 31 de marzo el congelamiento de los alquileres y la suspensión de los desalojos. La medida tuvo buena acogida en las agrupaciones de inquilinos y recibió críticas del sector inmobiliario que señala que perjudica a los inversores y que sólo es un "parche".
A la espera del decreto, las claves a tener en cuenta en este nuevo congelamiento son:
1.-La medida comprende a los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados.
2.-Se alargaría también el plazo para pagar las deudas de alquileres de 6 a 12 meses.
3.-Establecerá la extensión de los contratos de locación cuyos vencimientos hayan operado desde el 20 de marzo pasado en adelante.
4.-No podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el contrato.
5.-El primer decreto fue publicado en el Boletín Oficial el 11 de marzo de 2020, antes incluso de que se decretarán las medidas de aislamiento, con lo que la medida cumplirá un año.
6.-Esta será la tercera oportunidad en la que el Gobierno extiende los plazos de vencimiento del congelamiento de alquileres, suspensión de desalojos y prórroga de contratos
7.-Los contratos de locación de inmuebles alcanzados por el decreto son los destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones en pensiones, hoteles o alojamientos similares; los destinados a actividades culturales y/o comunitarias; los rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
8.-También están incluidos los alquilados por monotributistas, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; por las MiPyMES, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; por las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes); y por los por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
9.-Los decretos no suspenden el pago de alquileres, sino que aquellos que no pudieran abonarlo acumularán la deuda y se les podrán aplicar intereses compensatorios, pero no intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.
10.-Según especialistas inmobiliarios, la rentabilidad de los inmuebles está en los niveles más bajos de los últimos 40 años, ya que actualmente no supera el 2% anual en dólares del valor del inmueble.
11.-De acuerdo a datos de Zonaprop, con la nueva Ley de Alquileres los precios aumentaron un 62% interanual y la oferta se contrajo.