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El Indec revelará este martes la inflación de diciembre: claves para Ganancias y Monotributo

Esta semana será informado qué sueldos pagarán el gravamen a los ingresos y cuánto podrán facturar los pequeños contribuyentes del régimen simplificado. La indexación por IPC se hará desde ahora cada seis meses.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) dará a conocer este martes 14 de enero la inflación correspondiente a diciembre de 2024 y el acumulado del año. Este dato no solo definirá los ajustes para jubilaciones, pensiones y asignaciones de la ANSES que comenzarán a aplicarse en febrero, sino que también será fundamental para actualizar los parámetros del Impuesto a las Ganancias y el Monotributo.

Ambos regímenes, regidos por la nueva reforma fiscal aprobada en julio de 2024, adoptaron un mecanismo de indexación semestral basado en la inflación acumulada. Esta actualización, que formalmente inició el 1° de enero de 2025, impactará de manera concreta en los ingresos a partir de febrero.

Impuesto a las Ganancias: nuevo mínimo no imponible

En el caso del Impuesto a las Ganancias, la actualización afectará el mínimo no imponible, las deducciones y las escalas del tributo. Por única vez, se tomará como referencia la inflación acumulada entre septiembre y diciembre de 2024.

Con base en estimaciones privadas que sitúan el IPC de diciembre en 2,7% y una previsión oficial que lo ubica por debajo del 2,5%, el ajuste rondará el 12%. Esto implicará que el mínimo no imponible ascenderá a $2.285.136 brutos para trabajadores solteros sin hijos, mientras que para casados con dos hijos superará los $3 millones brutos.

La reforma fiscal estableció además que, desde julio de 2025, las actualizaciones se harán semestralmente en enero y julio, considerando la inflación acumulada en los seis meses previos.

Monotributo: nuevos límites de facturación y recategorización

El Monotributo también se ajustará según la inflación acumulada del semestre julio-diciembre de 2024, que las estimaciones colocan en torno al 21%. Esta variación impactará en los topes de facturación, las cuotas mensuales, los aportes previsionales y a la obra social, además de parámetros como alquileres y consumo energético.

De acuerdo con un simulador de actualización por IPC, los nuevos límites de facturación anual serán:

Categoría A: $6.450.000 a $7.812.680;Categoría B: $9,45 millones a $11.446.486;Categoría C: $13,25 millones a $16,04 millones;Categoría D: $16,45 millones a $19,92 millones;Categoría E: $19,35 millones a $23.43 millones;Categoría F: $24,25 millones a $29,37 millones;Categoría G: $29 millones a $35,12 millones;Categoría H: $44 millones a $53,29 millones;Categoría I: $49,25 millones a $59,65 millones;Categoría J: $56,4 millones a $68,31 millones;Categoría K: $68 millones a $82,36 millones.

Con los cambios establecidos en la reforma fiscal, además, se modificaron los plazos para realizar la recategorización semestral de monotributistas. Hasta 2024, se hacía el 20 de enero. La ARCA informó que una vez que se conozca el dato de IPC de diciembre, se habilitará el trámite y habrá tiempo hasta el 5 de febrero para completarlo. La de mediados de año se hará en agosto.

La recategorización se realiza cada 6 meses, en enero y julio, y se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.

La reforma fiscal impulsada en 2024 por el Congreso redefine la manera en que los contribuyentes perciben las actualizaciones impositivas. Si bien los ajustes están diseñados para responder a las variaciones de la inflación en tiempo real, sus efectos prácticos se trasladarán a los ingresos de febrero, marcando el inicio de un régimen de ajustes más dinámico y ligado al contexto económico.

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