Estudian suspender la Ley de Alquileres

La norma rige desde junio de 2020 y a menos de dos años de su implementación habría acuerdo para dejarla sin efecto, al menos en forma temporal. Los años con más compraventa de propiedades fueron 2012, 2017 y 2018.

El Gobierno estudia el marco jurídico aplicable para suspender la vigencia de la Ley de Alquileres que, a menos de dos años de su puesta en vigor, dio como resultado un aumento del precio de las locaciones a causa de una contracción de la oferta de inmuebles.

La decisión se habría tomado durante un encuentro entre el presidente, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Sergio Massa, en el que se analizó este tema como una cuestión prioritaria.

Si bien el Poder Ejecutivo tiene la voluntad de avanzar en ese sentido, la traba es cómo lograr legalmente la suspensión de la norma que fue sancionada en el Congreso. Para tal fin se estaría estudiando la posibilidad de un Decreto de Necesidad y Urgencia.

Ley de alquileres

La Ley, que fue aprobada en noviembre de 2019 y entró en vigencia siete meses después, estableció una serie de condiciones que llevó a los dueños de departamentos a optar por no poner su propiedad en alquiler.

Entre los puntos más cuestionados es la extensión del plazo de vigencia de los contratos a tres años, la forma de actualización anual del valor de los alquileres, y la aplicación de un índice para establecer esos aumentos.

Los obstáculos y riesgos que pasaban a correr los propietarios hicieron que estos decidieran quitar sus inmuebles del mercado e incluso en muchos casos los pasaran a alquileres temporales, donde la ley no tiene injerencia.

Falencias de una ley casi nueva

La norma comenzó a mostrar sus falencias a poco de su implementación y en consecuencia distintas fuerzas políticas presentaron en el Congreso decenas de proyectos para modificarla, pero nunca se alcanzó el consenso necesario.

La aplicación del índice de actualización de los valores anualmente provoca que los inquilinos deban afrontar aumentos que por estos días se acercan al 100% de un mes a otro, rompiendo cualquier presupuesto. El Índice de Contrato de Locaciones (ICL) se conforma con la evolución del RIPTE (evolución de salarios) y de la inflación.

Además, los propietarios que recuperan su inmueble y deciden ponerlo nuevamente en alquiler piden un monto mensual muy elevado para cubrirse de la evolución de la inflación.

Según datos del mercado inmobiliario la oferta de departamentos en venta cayó un 23%, y la oferta de alquileres cayó un 19%. Ya se acumulan 18 meses de caída en oferta de alquiler y 7 en la venta.

Desde el colegio de escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, dieron a conocer que en febrero, hubo 71 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la baja en ese sentido es del 42,7% respecto al mismo mes del año pasado.

En el documento se detalla que la cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el segundo mes de 2023 una suba de 11,5% respecto del nivel de un año antes, al sumar 1738 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas subió un 88,6%, con $30.966 millones.

Ley de alquileres: características claves

  • La ley establece un nuevo cálculo del precio del alquiler de un inmueble. Anteriormente, los valores de los alquileres se definían cuando se firmaba el contrato, un precio total que se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y que en general se pactaba con incrementos semestrales.
  • A partir de la nueva normativa, los alquileres se ajustan una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios (el índice Ripte) y 50% por la evolución de la inflación que mide el Indec (IPC).
  • Otras de las moficiaciones incorporadas en la nueva ley, tiene que ver con los tiempos de los contratos. Por lo que establece que el plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años.
  • Además, se incluye que hay obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Estas son solo algunas de las características más destacadas que posee la nueva ley de alquileres que entró en vigencia hace tan solo dos años.

En este contexto, Mariano García Malbrán, presidente de CAMESI (Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios), presidente de Keymex Argentina, abogado, escribano y corredor inmobiliario, acerca de la actualidad de la ley de alquileres, comentó que "En la suspensión debería detallarse el procedimiento a seguir en los contratos vigentes con la nueva ley y los que se firmen de aquí en adelante con la ley ya suspendida. Desde el Ministerio de Economía analizan este plan: contratos vigentes se sigue aplicando la ley actual recientemente suspendida, ya que las cláusulas del contrato de locación fueron negociadas y consensuadas con dicha ley y en relación a los contratos que se firmen de aquí en adelante, mientras no se dicte una nueva norma, se rijan por la antigua ley de alquileres. En este supuesto se podrá fijar un mínimo plazo contractual de dos años y la actualización podrá ser negociada libremente por las partes"

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