La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de Sergio Salgado
Al desestimar un recurso de queja, la Corte confirmó la condena al exintendente de Santa Rosa por malversación de fondos públicos.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena contra el exintendente de Santa Rosa, Sergio Salgado por malversación de caudales públicos, al desestimar un recurso en queja que presentó la defensa.
En el juicio quedó probado que en 2012, la feria de La Salada comenzó diálogos con Salgado para instalarse en el departamento de Santa Rosa; se le concedieron una serie de facilidades y la feria se instaló. Una de esas facilidades era no cobrarle a La Salada el canon municipal, pero se suscribió un acuerdo y la comuna se quedó con la administración de la playa de estacionamiento, ubicada dentro del mismo predio. La recaudación de esa playa era destinada a una caja que era llevada al domicilio de Salgado o a la sede de la intendencia, para su posterior reparto.
El 18 de junio de 2018, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 condenó a Salgado a cinco años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de funciones en la administración pública por los delitos de concusión, desobediencia, malversación de caudales públicos y fraude a la administración pública en la modalidad de administración infiel en grado de tentativa.
El 10 de agosto de 2020, ese mismo tribunal hizo lugar a la excepción de prescripción solicitada por la defensa y, por ende, sobreseyó al exintendete por los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos.
La fiscalía apeló esa resolución y el 14 de junio de 2022, la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza hizo lugar al planteo y anuló el sobreseimiento dispuesto por considerar que los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos son imprescriptibles.
Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso extraordinario federal, que fue denegado.
Finalmente, tras la presentación de un recurso de queja, el caso llegó al Máximo Tribunal que, con la firma de los 4 ministros de la Corte se desestimó el planteo por incumplimiento de los recaudos previstos en el artículo 7, incisos a y c, de la Acordada 4/2007 (no acompañar copia de la decisión impugnada y del escrito de contestación del traslado).
De esta manera, la condena quedó firme.