El protocolo que elaboró Suarez para hacer actividad física en Mendoza

Habilita las caminatas, running, ciclismo y paseo de mascotas. Habrá que cumplir con ciertos requisitos, inclusivo vinculados a la vestimenta. No se podrá trasladar en vehículos a los parques: la medida plantea la actividad cerca del domicilio. Ahora deberá autorizarlo el Presidente.

El gobernador Rodolfo Suarez le pidió al presidente Alberto Fernández que habilite la actividad física al aire libre en Mendoza, respetando un protocolo que elaboró la provincia. Esta noche se espera que el jefe de Estado dé a conocer si acepta esta flexibilización a la cuarentena.

En caso de que Fernández avale la solicitud del gobernador de Mendoza, se deberá seguir un protocolo que, entre otros puntos, exige cierto distanciamiento para las distintas actividades que pretende autorizar: caminatas, running, ciclismo y paseo de mascotas.

Como exigencia general, el protocolo prohíbe los traslados en vehículos a parques. "Se deberá salir directamente desde el hogar a pie o en bicicleta para la realización de actividad física, no trasladándose a otros sitios para su realización. No se permite el traslado en automóvil o transporte público".

Además, el protocolo para realizar actividad física determina que "el rango etario es de 16 a 65 años. Se debe contar siempre con el DNI". Asimismo, "debe utilizarse en todo momento ropa deportiva, de fácil lavado y secado".

También se determina un esquema de tursnos. "Las personas con los documentos finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán realizar la actividad solo los días martes, jueves, sábados. Los días domingos se autoriza en horario de 14:00 a 19:00 horas". 

Por su parte, las personas con los documentos finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5 "podrán realizar la actividad solo los días lunes, miércoles, viernes. Los días domingos se autoriza en horario de 08:00 a 13:00 horas". 

Este es el protocolo completo:

· ACTIVIDADES AUTORIZADAS EN ESPACIOS PÚBLICOS:

- Caminatas

- Running

- Ciclismo

- Paseo de mascotas

· ACCIONES BÁSICAS PARA DISMINUIR LA TRANSMISIÓN Y EL CONTAGIO:

- Respetar el distanciamiento social acorde a la actividad a realizar: caminata, 5 metros; trote, 10 metros; ciclismo, 20 metros.

- Respetar el protocolo de higiene respiratoria: no salivar los espacios públicos, asegurarse de toser o estornudar siempre con el tapaboca colocado.

- Cumplir con la higiene de manos: llevar consigo elementos como toallas húmedas o alcohol al 70% (gel o líquido). Evitar tocar objetos u otras superficies de la vía pública.

· LUGAR DE LA ACTIVIDAD:

- Se deberá salir directamente desde el hogar a pie o en bicicleta para la realización de la actividad física; no trasladándose a otros sitios para su realización como parques, clubes o similares. No se permite el traslado en automóvil o transporte público.

- El rango etario para poder realizar estas actividades es de 16 a 65 años. Se debe contar siempre con el DNI.

- En ningún momento se podrán detener en la vía pública.

- Las personas con los documentos finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán realizarla la actividad solo los días lunes, miércoles, viernes. Los días domingos se autoriza en horario de 08:00 a 13:00 horas.

- Las personas con los documentos finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán realizarla la actividad solo los días martes, jueves, sábados. Los días domingos se autoriza en horario de 14:00 a 19:00 horas.

- Se podrá realizar la actividad acompañado de una sola persona, en lo posible un conviviente cuyo DNI coincida con la terminación ya establecida. En el caso de menores de edad, debe estar acompañado de un solo padre o tutor, exceptuándose en esta situación la terminación de los DNI.

- Los municipios deberán disponer de calles, avenidas o arterias en las zonas urbanas liberadas del tránsito para que exista suficiente espacio para la práctica de estas actividades los días sábados de 14.00 a 19.00 hs y los días domingos de 8.00 a 19 .00h.

- Estas actividades sólo se podrán realizar en la medida que el clima lo permita. El Gobierno anunciará, en caso de que el día no sea propicio (por baja temperatura, viento zonda y/o cualquier otra causa), la prohibición de salir a realizar estas actividades.

· VESTIMENTA:

- Debe utilizarse en todo momento ropa deportiva, de fácil lavado y secado.

- Utilizar de manera obligatoria y en todo momento protección facial cubriendo boca, nariz y mentón; y que le permita realizar la actividad sin dificultad. No se aconseja el uso de máscara de entrenamiento de hipoxia, ya que asocia a mayor sensación de disnea y retiro de ésta.

- Al regreso de la actividad, ingresar a su domicilio por la puerta de menor circulación y retirarse la ropa en el baño o lavadero. Guardarla en bolsa hasta en el momento del lavado.

- Lavar la ropa con el jabón habitual y con agua a temperatura entre 40° y 60°C.

- Ducharse luego de la actividad.

· MASCOTAS:

- También se podrá -en las condiciones establecidas en este protocolo- sacar a pasear a mascotas, por un período no mayor de 30 (treinta) minutos, con recipiente y/o elemento útil para levantar las heces.

· SANCIONES:

- Cualquier incumplimiento a las normas establecidas en el presente protocolo, producirá la misma sanción establecida en el Art. 3° del Decreto Provincial 518/2020.

- Adicionalmente, la falta de bolsa o recipiente adecuado para el levantamiento de las heces de mascotas, implicará una sanción equivalente al doble de la estipulada en este protocolo, independientemente de la sanción que pudiera corresponderle por infracción a normativa municipal.

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