La Comisión Nacional de Valores habilitó nuevas formas de inversión

La Comisión Nacional de Valores (CNV) amplió la posibilidad de ampliar la oferta de compra de CEDEARs para que un inversor local pueda adquirirlos con pesos o dólares MEP.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó cambios en la oferta pública de Cedears para ETF y Fondos Comunes de Inversión (FCI). Mediante la RG N° 1030, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la normativa aplicable al régimen especial de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos destinados a Inversores Calificados. La iniciativa sigue la tendencia de los mercados internacionales y tiene como objetivo incrementar la oferta de alternativas de FCI.

La reglamentación habilita tres alternativas, con inversiones en: 1) ETF (Exchange Traded Fund) que replique en forma pasiva índices que cuenten con amplia difusión referidos a renta variable, activos virtuales y/o materias primas (commodities); 2) en activos externos sin aplicación del límite del 25% ; y 3) en activos locales, flexibilizando límites de diversificación.

Las últimas dos categorías estarán disponibles exclusivamente para inversores calificados y las dos primeras solo podrán ser suscriptas en moneda extranjera depositada en el exterior (cable).

La Resolución 1030/2024, publicada en el Boletín Oficial, establece que la oferta pública en cualquiera de sus formas, incluyendo activos subyacentes de CEDEAR o de cualquier otro título representativo de fondos de inversión, como los ETFs, y/o valores negociables emitidos por entidades constituidas o registradas en el extranjero, destinados a captar dinero o valores en Argentina para su inversión en carteras, debe realizarse únicamente a través de FCIs.

Los CEDEARs de ETFs son certificados de depósito que representan fondos de inversión cotizados activamente en mercados internacionales. Estos ETFs abarcan diversos tipos de activos o replican índices de diferentes sectores y regiones.

En este contexto, la CNV determina que se puede solicitar la oferta pública de CEDEARs que representen Exchange Traded Funds (ETFs) replicando de manera pasiva índices ampliamente reconocidos de renta variable, activos virtuales y/o materias primas. Estos ETFs deben tener un índice de liquidez igual o superior al índice MERVAL. Para verificar la gestión pasiva del subyacente, el emisor debe proporcionar detalles de la composición del índice y las condiciones de operación que demuestren que el propósito es replicar pasivamente el índice, además de cualquier otra información que la Comisión pueda requerir para su autorización.

Asimismo, se ha establecido un "régimen transitorio" para abordar la situación de los programas de CEDEAR autorizados previamente, cuyos subyacentes sean fondos de gestión activa que replican índices, con el objetivo de ofrecer seguridad jurídica a los emisores y proteger las inversiones hechas bajo la normativa previa.

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