Autorizan a las farmacias a tener góndolas con medicamentos de venta libre
El Decreto representa una actualización de la normativa vigente en materia de venta de medicamentos. Según el texto oficial, la medida se adapta a las nuevas realidades y necesidades del mercado.
El Gobierno promulgó el decreto que autoriza una nueva modalidad de compra para los medicamentos sin receta, también conocidos como "de venta libre". Con esta medida, dichos productos podrán ser colocados en las góndolas de las farmacias, permitiendo así que los clientes los seleccionen directamente sin la intervención del farmacéutico.
El flamante decreto 1024, que lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, lleva implícita la creencia de que de un lado del mostrador existe algún tipo de manipulación y falta de transparencia para que los consumidores terminen comprando el medicamento que el farmacéutico o empleado de la farmacia quiere venderles.
La norma dispone que a partir de ahora -con un plazo de adaptación que no figura en el decreto pero que el Gobierno estipula en 60 días- para adquirir estos productos sólo va a ser necesario acercarse a la góndola correspondiente, que deberá estar debidamente señalizada en las farmacias.
La misma contará con información sobre cada medicamento, los laboratorios disponibles, y los diferentes precios. Los medicamentos deberán ser ofrecidos en caja cerrada y con su respectivo prospecto. Por último, a la hora de abonar, se le va a solicitar al comprador DNI para corroborar que sea mayor de 18 años, explicaron desde el Ministerio de Salud.
Las autoridades admitieron que el decreto tiene un límite en las farmacias que no cuentan con la infraestructura suficiente como para disponer de góndolas. Es decir, los pequeños comercios más tradicionales de barrio que suelen tener poco más que un mostrador.
"La medida busca proteger al consumidor, fijando las condiciones de expendio que garanticen un tratamiento fehaciente y veraz de la información y aseguren la libertad de elección sin menoscabar el derecho a la salud", explicaron desde Salud y agregaron que "los decretos 70/23 y 63/24 establecen una comercialización diferenciada de medicamentos bajo receta o de venta libre a fin de optimizar las condiciones de su comercialización. La venta y despacho de medicamentos bajo receta sólo puede ser efectuada en farmacias habilitadas en todo el territorio de la Nación y en presencia de un farmacéutico responsable".
La última aclaración está vinculada a que a partir del nuevo decreto las autoridades recordaron -pese a un fallo judicial en contra- que "los establecimientos que no estén habilitados como farmacias podrán vender antiácidos y analgésicos". Sobre este punto el Gobierno había emitido una serie de requisitos bastante exhaustivos que deben cumplir los comercios de otros rubros que quieran expender este tipo de productos.
La medida coincide con otra acción del Gobierno que es, a través de la ANMAT, la de pasar cada vez más medicamentos a la modalidad de venta libre. Es decir, remedios que se vendían bajo receta que han dejado de tener ese estatus y por lo tanto los consumidores pierden la posibilidad del descuento en la compra a través de la cobertura de obras sociales y prepagas.
Es importante recordar que, entre abril y junio, se emitieron fallos judiciales que favorecieron a los farmacéuticos en dos aspectos fundamentales. Por un lado, se restringió la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias, ya que la Justicia entendió que la intervención del farmacéutico es esencial en este proceso, una práctica que el Gobierno busca eliminar con la nueva legislación que sustituye la labor de estos profesionales por la venta en góndolas. Por otro lado, se estableció que un farmacéutico no puede estar al frente de múltiples farmacias simultáneamente.