¿Quién debe asumir los gastos de los teletrabajadores?

En España ya hay consultas y el debate está abierto. En Argentina, el asunto ya tomó estado parlamentario y al menos existen seis proyectos de ley para reglamentarlo, si bien cuatro de ellos suenan con mucha fuerza para avanzar.

El debate todavía no llega a la Argentina, pero llegará: ¿quién se hace cargo de los gastos que implica el teletrabajo? Ya hay varios proyectos de ley que buscan legislar al respecto, tras la implementación intempestiva de la metodología a raíz de la pandemia de coronavirus covid-19.

Sin embargo en Europa el debate está plenamente activo.

El Ministerio de Trabajo de España publicó una consulta pública con el propósito de establecer un marco legal a esta modalidad. La compensación de los gastos que asumen los teletrabajadores es una de las necesidades que ha visto más clara.

Ya hay empresas en el mundo que han adoptado al teletrabajo "para siempre":

- Twitter invitó a sus empleados a que trabajen desde su hogar "para siempre"

- Facebook seguirá con esta modalidad hasta fin de año

- Google y Microsoft también son una de las tantas que desarrollaron sus sistemas pensando en una cuarentena prolongada

Incluso, Randstad, Adecco y Manpower, las tres consultoras de empleo más importantes del mundo, se unieron para diseñar una serie de recomendaciones para el trabajo remoto

Qué se busca. Básicamente, equilibrar el uso de estas nuevas formas de prestación de trabajo por cuenta ajena y las ventajas que suponen para las empresas. Sin duda, el apartado de los gastos es un debate abierto. En una entrevista con Status, el experto en bienestar laboral y profesor de la UOC Manel Fernández, consideró que la empresa debería hacerse cargo de todos los gastos del teletrabajo, tanto técnicos, como línea de teléfono o Wifi, como ergonómicos (mobiliario de oficina).

En la misma línea se han pronunciado los sindicatos, que ven justo que la empresa pague una tarifa fija mensual o protarreada que cubra los gastos derivados del uso del espacio, conexión a internet, energía, calefacción, limpieza y mantenimiento, además de hacerse cargo del gasto en muebles, ordenadores y suministros de oficina.

En Argentina, el debate ya tomó estado parlamentario y al menos existen seis proyectos de ley para reglamentarlo, si bien cuatro de ellos suenan con mucha fuerza para avanzar.

Estas iniciativas pertenecen a los diputados Álvaro de Lamadrid, por el radicalismo; y las senadoras Gladys González, del PRO, y Eugenia Catalfamo y Silvina García Larraburu, del Frente de Todos. Y se basan en cinco puntos clave, según recogió el portal iPROup: igualdad; voluntariedad; privacidad y descanso, control y, equipos y lugar de trabajo.

El proyecto de la senadora González establece: "El empleador debe garantizar igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y acceso a mejores oportunidades entre quienes realizan home office y quienes no".

En tanto, Lamadrid remarca que deben ser incluidos los empleados estatales, al igual que el proyecto de García Larraburu, que contempla a "organizaciones públicas y privadas", al sector privado y administración pública nacional, "tanto centralizada como descentralizada", en todos los niveles del Estado.

González, al igual que García Larraburu, impulsa que el personal tenga derecho a optar por el teletrabajo durante los 12 primeros meses posteriores al nacimiento o adopción de un hijo, incluso si no haya gestado.

Todos los proyectos coinciden en un punto: la compañía y el asalariado deberán pactar expresamente su conformidad sobre el empleo a distancia. También contemplan -con matices- la posibilidad de volver al esquema presencial.

La iniciativa de Larraburu indica que si el home office no forma parte de la descripción inicial del puesto laboral (cuando la persona fue contratada) "deberán suscribir un acuerdo voluntario".

Pero si se pacta al inicio del vínculo, "ni el asalariado ni el empleador podrán exigir posteriormente un cambio a las instalaciones físicas de la empresa", salvo que sellen un acuerdo.

En tanto, la iniciativa de González agrega que "la aceptación del teletrabajo será voluntaria para el dependiente y deberá dar su conformidad ante cualquier modificación", postula por su parte el proyecto de Catalfamo.

Ampliá estos datos en IPROup haciendo clic aquí.



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