La adopci髇 necesita soluciones 醙iles en beneficio de los ni駉s en situaci髇 de vulnerabilidad
La opini髇 Laura Sainz.
Como senadora provincial de Mendoza, considero que debemos poner en primer lugar el inter閟 superior del ni駉, tal como lo establece nuestro marco legal y 閠ico. En este sentido, quiero referirme al proyecto de Ley que hemos impulsado, y que ha generado algunas cr韙icas por parte de abogados de familia y el Colegio de Abogados.
Ellos argumentan que se vulneran los derechos de los ni駉s al no exigir patrocinio letrado desde el inicio del proceso de adopci髇. Quiero aclarar, sin embargo, que este proyecto fue dise馻do precisamente para proteger los derechos de aquellos ni駉s que han sido v韈timas de abandono, violencia, u otras situaciones que los han puesto en situaci髇 de adoptabilidad.
El eje de este debate debe centrarse en los ni駉s cuyos derechos ya han sido vulnerados. Estos ni駉s enfrentan un vac韔 legal y emocional mientras su situaci髇 familiar no es resuelta, lo cual impacta gravemente en su derecho a la identidad y a tener una familia. Es vital que comprendamos que cada d韆 que pasa sin definir su situaci髇 es un d韆 en el que estos derechos siguen siendo violados.
Comprendo las preocupaciones planteadas por algunos abogados de familia y el Colegio de Abogados, quienes argumentan que la eliminaci髇 del patrocinio letrado puede vulnerar los derechos del ni駉. Sin embargo, este proyecto se basa en un principio fundamental: el inter閟 superior del ni駉. No estamos desconociendo el valioso trabajo de los abogados, ni proponemos prohibir el patrocinio letrado.
De hecho, cuando los procesos de adopci髇 se complican, las partes siempre tendr醤 la opci髇 de recurrir a un abogado particular. El asesoramiento legal es importante, y nadie cuestiona eso. Pero, en este caso espec韋ico, hablamos de un proceso largo y complejo, que comienza mucho antes del juicio de adopci髇. El proceso de adopci髇 inicia con una extensa fase administrativa.
El juez que luego llevar� adelante el juicio de adopci髇 es el mismo que desde el inicio ha intervenido en la evaluaci髇 de la situaci髇 del ni駉, su familia de origen y su posible vinculaci髇 con los adoptantes. Este juez supervisa cada paso, desde las entrevistas hasta la vinculaci髇 con los pretensos adoptantes, y finalmente otorga la guarda preadoptiva. Todo esto sucede sin patrocinio letrado, y con la intervenci髇 de la Asesor韆 de Menores y los equipos interdisciplinarios. A menudo, los adoptantes no inician el juicio de adopci髇 inmediatamente tras la guarda preadoptiva porque en este punto se les exige contratar un abogado.
Tras meses de evaluaciones y tr醡ites, muchas familias se encuentran sin recursos para abonar honorarios, vi閚dose obligadas a recurrir a abogados ad hoc o codefensores que ya est醤 sobrecargados. Esta situaci髇 solo prolonga el tiempo que los ni駉s pasan sin un estado familiar definido. Es crucial que entendamos que, al eliminar la necesidad de patrocinio letrado en esta 鷏tima fase, los ni駉s no quedan indefensos. Como ya se ha dicho, el juez tiene pleno conocimiento de la situaci髇 del menor desde el inicio del proceso, y el Asesor de Menores interviene de manera obligatoria.
Nuestro objetivo con este proyecto es claro: agilizar y facilitar el proceso de adopci髇, especialmente para aquellas familias que no cuentan con los recursos econ髆icos para avanzar r醦idamente en los tr醡ites legales. No es la 鷑ica medida que debe implementarse, pero es un paso importante para solucionar un problema que afecta a los m醩 vulnerables: los ni駉s.
Desde el Estado, es nuestra responsabilidad proporcionar herramientas que permitan a los adoptantes acceder a un proceso m醩 simple y justo, donde el inter閟 superior del ni駉 est� realmente garantizado.
No podemos permitir que la burocracia y la falta de recursos obstaculicen su derecho a una familia. Con este proyecto creemos que damos un paso hacia un sistema de adopci髇 m醩 eficiente, que permita a los ni駉s encontrar el hogar y la familia que merecen, en el menor tiempo posible. Porque la adopci髇 no puede esperar.