Juicio en ausencia: terminar con la impunidad y afianzar la justicia

El diputado nacional Julio Cobos apoyó anoche la aprobación del "juicio en ausencia" en el Congreso de la Nación.

Julio Cobos
Diputado nacional. Exgobernador de Mendoza. Ex vicepresidente de la República Argentina. Exsenador nacional.

Proyectos como el de "juicio en ausencia" son iniciativas que venimos presentando desde hace tiempo, muchos legisladores. En lo personal desde el 2013 cuando el primer paso por esta Cámara. Después en el Senado de la Nación, cuando en consenso con los distintos bloques presentamos un proyecto unificado; pero bueno, había diferencias, inclusive en la comunidad judía, y no permitió avanzar. Hoy están dadas las circunstancias, por la sentencia de la Cámara de Casación Penal, que en abril del año pasado determinó la responsabilidad de la República Islámica de Irán tanto el ataque a la Embajada de Israel del año 1992, como en el acto terrorista a la AMIA en julio del 94; y que respondían a un designio político y estratégico de Irán y hacía responsable como brazo ejecutor a Hezbolá.

Esa misma sentencia reclamaba a los otros poderes del Estado, tanto Legislativo como el Ejecutivo, de iniciar las acciones necesarias para establecer la figura de juicio en ausencia, producto del tiempo transcurrido que ya la situación de rebeldía que se vivía, inclusive expresidentes de Irán, y esto nos llevó de nuevo a volver a formular proyectos y también al Ejecutivo a remitir proyectos vinculados con el es juicio en ausencia.

El objetivo es permitir la continuidad del proceso, que hoy no está permitido, cuando se niega a comparecer quien está imputado o procesado y que tiene que rendir cuenta en la justicia. En este caso, en la justicia argentina. Queda muy bien establecido que son los artículos 6, 7, 8 y 8 bis del Estatuto de Roma y lo que establece la Convención Interamericana, que son las que le dan el marco del delito que se tipifica para tratar de encuadrar juicio en ausencia.

Obviamente que de este encuadramiento deben concurrir ciertas acciones, acciones que tienen que ver con extremar las medidas para ver si se completa la comparecencia de los acusados las alertas rojas o los pedidos de captura que tiene que realizar el Poder Ejecutivo, los pedidos de extradición, los plazos que hay para ver si contesta o no el país o la deniega o no contesta directamente; todo esto contemplado de manera de dar garantías constitucionales. Hemos extremado todos los casos y esta gente no quiere sentarse a rendir cuenta ante la justicia.

Hay muchos antecedentes: España, Francia, Italia, Bélgica. Es un proyecto que ha sido muy consensuado y el impulso final lo dio la Cámara de Casación Penal. Ha pasado mucha agua bajo el puente: jueces sospechados por ensuciar la investigación, decisiones políticas que no prosperaron como el Memorándum de Entendimiento, un fiscal que perdió la vida... estamos en deuda por el tiempo transcurrido para juzgar a los responsables que tienen nombre y apellido, hay un país responsable, debemos avanzar.

No estamos exentos de que vuelva a ocurrir algo similar, ojalá que no ocurra. Cuando tenemos más mecanismos que protegen y evitan la impunidad, son disuasivos. Finalmente, estamos legislando para eliminar la impunidad, para afianzar la justicia como reza nuestro Preámbulo. 

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