Lucio Dupuy, una muerte evitable: un niño menos, una sociedad lastimada

La abogada de Familia María Cecilia Hom se enfoca en el dramático caso de Lucio Dupuy en La Pampa.

María Cecilia Hom

A pocas horas de conocer la sentencia del caso Lucio Dupuy me permito realizar algunas reflexiones sobre lo sucedido en relación a la debida protección de los niños, niñas y adolescentes.


Ana Clara Pérez Ballester, la jueza que miró para otro lado cuando mataban a Lucio

Partiendo de un resumido detalle de lo acontecido, ante la separación de los progenitores de Lucio, quien por ese entonces tenía tres años de edad, había que decidir con quien permanecía viviendo el niño en un contexto familiar poco propenso para su bienestar, la justicia de familia de Santa Rosa, La Pampa luego de un proceso judicial otorgó la guarda a los tíos paternos, por lo que Lucio viviría en General Pico con ellos, hasta tanto la madre tuviera las condiciones laborales y habitacionales para reanudar la convivencia con su hijo.

Con el paso del tiempo, Magdalena Esposito Valente (madre) se presenta con patrocinio letrado de una abogada de La Pampa que la ayudó con la causa y solicita el cuidado personal del niño, informando que se encuentra en pareja con una mujer (Abigaíl Páez), que tiene un lugar donde vivir y que ha iniciado un proyecto de trabajo de venta de tortas, ante la negativa de los tios paternos se firma un régimen de visitas a fin de que Lucio restablezca el contacto con la madre, sucede que cuando estas visitas se debían concretar, la progenitora las transformaba en un escándalo que terminaban sufriendo los pequeños hijos de los guardadores y el niño causante.

Finalmente, en audiencia se arriba a un acuerdo en donde la jueza homologa que Lucio volverá a vivir con su madre en la Ciudad de Santa Rosa, dejando el hogar de sus tíos con el dictamen favorable de la Asesora de personas menores de edad.

Es de público conocimiento que el niño presenciaba y vivenciaba hechos de violencia en el hogar que compartía con su madre y su progenitora afín con presencia incluso policial, la concurrencia habitual de Lucio al hospital reclamando atención por las lesiones que presentaba, así ell 1 de febrero del 2021 ingresó al Hospital Evita con golpes en todo su cuerpo. El 23 de marzo, fue atendido en el mismo sanatorio por una "deformidad en su dedo con una fractura ósea". De hecho, en varias fotos con su madre y la novia de ella, se ve a Lucio con un yeso en la mano derecha. (https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2023/01/23/caso-lucio-dupuy-la-verdad-de-por-que-la-justicia-permitio-que-el-nino-viva-con-sus-presuntas-asesinas/)

Este escueto relato macabro concluye con el asesinato de Lucio el 26 de noviembre de 2021, luego de que se intentara su reanimación en un efector de salud y por los vecinos del niño, resultando su muerte.

El juicio por la muerte de Lucio, las pruebas rendidas y las declaraciones vertidas son de público conocimiento por lo cual no entraré en esos detalles procesales.

Como profesional del derecho, pero más como persona y madre me pregunto lo que la mayoría de la sociedad se pregunta ¿Qué pasó con todas esas personas que tomaron conocimiento e intervinieron en el caso? ¿Se hicieron nuevos informes socioambientales y pericias psiquiátricas y psicológicas antes de homologar un acuerdo en una audiencia? ¿la asesora en representación de los intereses del niño, se tomó el trabajo de analizar acabadamente si para esa criatura era lo mejor a su interés superior por el que ella debe velar conforme a su cargo que el niño vuelva a convivir de manera permanente con la madre y su pareja? ¿o hubiera resultado mejor, solicitar pericias previo a homologar? ¿se garantizo el derecho del niño a ser oído y que su opinión sea tenida en cuenta? ¿la Asesora citó a Lucio para conocerlo y escuchar sus deseos?

Ante tal conflictiva, los órganos administrativos actuaron conforme a las disposiciones de la Ley 26061, ¿se realizó un seguimiento? ¿los efectores de salud, la escuela denunció estas situaciones de riesgo permanente para que se adoptara una medida a fin de resguardar al niño?

Evidentemente la respuesta negativa se impone. No puedo echarle la culpa a la ley, porque puedo afirmar que contamos con un plexo normativo basto, completo en relación al derecho familiar y de la niñez. Tal vez, faltó un mayor compromiso por parte de la cadena de funcionarios y magistrados que intervinieron, suele pasar que llegar a un acuerdo en una audiencia es una gran solución para todos, pero no siempre como sucede en estos casos es la más efectiva.

Cuando estamos ante un caso en donde se encuentran involucrados derechos de personas menores de edad, debemos tener mucho cuidado porque el futuro de un sujeto vulnerable esta en juego, su calidad de vida depende de una decisión para la cual se deben agotar los recaudos que nos otorga la ley para tratar de garantizar su superior interés de la manera más efectiva posible.

Existen derechos en la Convención de los derechos del niño y en la Ley de Protección Integral de NNA que no pueden pasar por alto, o darse por entendidos, tal vez si además de la Asesora se le hubiera nombrado un abogado del niño que estuviera enfocado sólo en el bienestar de Lucio. Se lo hubiera citado al niño, se lo hubiera periciado, oído detenidamente a través de una escucha activa se hubieran obtenido mayores datos de por qué no resultaba beneficioso otorgarle el cuidado a la madre.

Evidentemente, tenemos muchas preguntas, pocas respuestas y la muerte de un niño (que no es el único que sufre de maltratos, violencia por parte de sus cuidadores) que ha movilizado a todo un país.

Tal como sucedió en materia de violencia de género con la Ley Micaela, al menos este caso debe ser el motor para que las cosas cambien y mejoren en todos los ámbitos del Estado (Justicia de Familia, Funcionarios y Peritos, Órganos Administrativos que dependen del Poder Ejecutivo, a través de la Dirección de Protección de Derechos, la Dirección de la Niñez, los Hospitales, Centros de Salud, Establecimientos Escolares, etc.) a través de la Ley Lucio que busca justamente la capacitación permanente en materia de niñez en todos los funcionarios, magistrados y demás empleados de la administración pública nacional y provincial.

Este caso, también nos hace ver la necesidad de ir siempre un poquito más allá, de involucrarse, la necesidad de magistrados y funcionarios activos, solicitar una pericia más no es un dispendio judicial, por el contrario, puede evitar un resultado lamentable.

Los operadores de la justicia no tenemos la bola de cristal, y no podemos garantizar jamás que no sucederán hechos lamentables, pero sí debemos agotar todos nuestros esfuerzos en brindar el mejor servicio de justicia posible para cada caso en particular.

Ojalá que la Ley Lucio sea un hecho y se fomente la formación en derechos del niño, en su protección y en el actuar con perspectiva de niñez en los casos en donde estén involucrados los intereses de los más pequeños.

Mi mayor anhelo, que la justicia se pronuncie a través de un fallo justo y ejemplificador que condene a quienes realizaron un acto tan aberrante y de alguna manera Lucio pueda descansar en paz.

Finalmente, parafraseando al padre del psicoanálisis Sigmund Freud "No me cabe concebir ninguna necesidad tan importante durante la infancia de una persona que la necesidad de sentirse protegido por un padre". Cuando los padres no están capacitados para ejercer el rol paterno, debe el Estado actuar para otorgarle al niño la protección que necesita. Cuidemos a nuestros chicos.

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