Avanza la reforma de la Ley 6722 para ampliar el uso de armas policiales
La comisión de Legislación dio despacho favorable al proyecto que redefine los criterios de "peligro inminente", amplía los supuestos de actuación y prevé garantías administrativas para los efectivos. También habilita la convocatoria de retirados calificados.
La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado provincial emitió despacho favorable al proyecto que introduce modificaciones en la Ley 6722, norma que regula el accionar de la Policía de Mendoza, con foco en el uso de armas de fuego y en la ampliación de funciones vinculadas al servicio de seguridad.
La iniciativa, presentada por los diputados Gustavo Cairo y Enrique Thomas, propone cambios en los artículos 2° y 9° con el objetivo de actualizar el marco legal vigente y alinearlo con criterios aplicados a nivel federal. El texto también busca precisar en qué situaciones se configura el "peligro inminente" y establecer pautas administrativas para el personal involucrado en intervenciones armadas.
Nuevos supuestos de actuación
En relación con el artículo 2°, el proyecto incorpora nuevos incisos para ampliar el alcance del servicio policial. Entre los casos contemplados se incluye la intervención para resguardar personas y bienes ante situaciones de inseguridad o riesgo inmediato, así como la actuación frente a incendios, inundaciones, explosiones u otros siniestros.
También se suma la protección de funcionarios, agentes y bienes del Estado provincial; la posibilidad de exhibir o utilizar armas conforme a la ley y a los principios generales; la realización de tareas de observación y vigilancia con fines específicos; y la obligación de mantener el orden público, prevenir conflictos y hacer cesar delitos.
Redefinición del "peligro inminente"
El artículo 9° es uno de los ejes centrales de la reforma. El nuevo inciso 7 habilita el uso de armas de fuego en casos de legítima defensa o estado de necesidad, cuando exista peligro inminente de muerte o lesiones graves para el agente o terceros; para impedir delitos graves que amenacen la vida o integridad física; para detener a personas que representen ese riesgo y opongan resistencia; o para evitar su fuga.
El inciso 7 bis detalla los criterios que permitirían considerar configurado ese peligro. Entre ellos, la amenaza concreta de muerte o lesiones graves; la posesión de un arma letal, incluso si luego se comprobara que era una réplica; el uso o portación de arma blanca con resistencia; movimientos que indiquen la inminencia de un ataque; la búsqueda de ventaja táctica estando armado; la capacidad probable de causar daño grave aun sin armas; la fuga armada tras causar o intentar causar lesiones; la superioridad numérica o la imprevisibilidad del ataque; y otras situaciones asimilables en las que esté en riesgo la vida o la integridad física.
El nuevo inciso 8 establece que, en principio, el efectivo deberá identificarse y advertir claramente su intención de emplear el arma, salvo que ello implique un riesgo mayor, exponga su posición, genere desventaja táctica o resulte inútil dadas las circunstancias.
Además, si el uso del arma provoca lesiones o la muerte, el personal deberá brindar asistencia inmediata, solicitar atención médica, comunicar el hecho a la autoridad judicial e informar a los familiares de los afectados.
Garantías administrativas
Otro punto incorporado es el inciso 8 bis, que dispone que, cuando el accionar del efectivo se haya ajustado verosímilmente a la ley y no exista una resolución judicial firme en contrario, el Ministerio de Seguridad, la Inspección General de Seguridad o las jefaturas deberán abstenerse de aplicar sanciones administrativas directamente vinculadas al hecho, salvo que existan otros motivos.
Convocatoria de retirados
Durante el debate en comisión, el senador David Sáez propuso sumar el artículo 322 bis, que habilita la convocatoria de personal retirado altamente calificado para cumplir funciones específicas dentro de la fuerza.
La propuesta prevé que quienes sean designados para tareas directivas, con conducción de personal y disponibilidad permanente, puedan percibir hasta el 100% de la asignación de clase correspondiente a su grado al momento del retiro. En otros casos, para funciones puntuales, podrían cobrar hasta el 80% de esa asignación.
El objetivo es fortalecer áreas técnicas y de investigación, en línea con antecedentes que permitieron incorporar profesionales especializados en criminalística y otras disciplinas.
Por su parte, el senador Dugar Chappel (Partido Verde) anticipó que presentará una iniciativa vinculada a la utilización de cámaras de seguridad, que será ingresada para su análisis e eventual incorporación al expediente.
Con despacho favorable, el proyecto quedó en condiciones de ser debatido en el recinto del Senado, donde se definirá si la reforma avanza para convertirse en ley.