El martes, unanimidad; el miércoles, en contra: la política y la Ley de Educación

El extraño caso de las idas y vueltas del peronismo en torno a una nueva Ley de Educación: aprueba los instrumentos y después saca los pies del plato. Todo, en 24 horas. ¿Qué pasa?

Un curioso hecho tiene como base a la Legislatura, que constitucionalmente es quien debe acoger un proyecto para crear una o varias leyes que rijan la educación de Mendoza, y para lo cual el Poder Ejecutivo le ha agregado un proceso de consulta previo. Es que el martes, por unanimidad, se aprobó la creación de la necesaria Comisión Bicameral de Educación, creada expresamente para avanzar con la reforma educativa.

El despacho aprobado lo dice taxativamente:

Artículo 1°. Créase por el término de (90) días una comisión bicameral de Educación.

Artículo 2°. La Comisión Bicameral creada por el artículo 1 estará presidida por el Presidente provisional del Senado y será integrada por un representante de cada bloque, reconocido como tal, por cada una de las Cámaras Legislativas.

El quórum de la comisión se conforma con la simple mayoría de la totalidad de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por la mayoría de los presentes

Artículo 3°. Esta comisión bicameral tendrá como objeto:

Participar del Congreso Pedagógico Provincial, convocado por el Poder Ejecutivo a fin de debatir públicamente con distintos actores de la sociedad civil sobre la situación de la Educación de Mendoza.

Recopilar, considerar y dictaminar los proyectos de ley presentados o que se presentaren por el Poder Ejecutivo.

Solicitar todos los informes que crea necesario recabar; como así mismo la asistencia técnica necesaria de personal que desarrolla actividades en el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo, referidas al área educativa.

Confeccionar un digesto de toda la legislación educativa vigente, estableciendo un plexo legislativo dinámico que permita su constante actualización.

Artículo 4°. La Comisión emitirá dictámenes en un término no mayor de noventa (90) días a partir del momento en que el proyecto es remitido a comisión.

Artículo 5°: Autorizase a ambas Cámaras a que realicen las adecuaciones y/o afectaciones de recursos necesarios para cumplir el cometido de la Comisión, sin que ello implique erogación o incremento presupuestario.

Artículo 6°: De forma.

Sin embargo, al día siguiente, el partido impulsor de la Bicameral, el Justicialista, se mostró contrario en su estructura formal y también a través de varios de sus referentes (aunque no todos) a que se avance en la reforma de la Ley de Educación.

Pasando en limpio: ¿Para qué el peronismo propone y aprueba la creación de una Comisión Bicameral de Educación que debe participar del proceso del Congreso Pedagógico previo a abordar el tratamiento de una ley, si al día siguiente dice que "no es el momento"?

Con más de 500 inscriptos para el debate y con una cifra creciente, ¿la política juega a quedarse afuera del debate? 


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