Nueva indicación geográfica para vinos de una provincia en donde estaba prohibido vinificar hasta 1993

Lo decidió el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) mediante Resolución 5/2021. La historia del vino en la que fuera la cuarta productora del país y luego, se viniera abajo por completo. Hay tres bodegas funcioando.

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) decidió reconocer, proteger y registrar el área bajo el nombre de "Victoria, Entre Ríos" como una Indicación Geográfica de la República Argentina

La zona está ubicada en el municipio del mismo nombra de la provincia litoraleña, y sus límites son: al oeste con el Departamento Diamante; al norte con el Departamento Nogoyá; al sur con la provincia de Santa Fe; al este con el Departamento Gualeguay".

La prohibición de cultivo de uva para vinificar se mantuvo para Entre Ríos hasta 1993, cuando por iniciativa del senador Augusto Alasino, se aprobó la ley 24.037 que estableció la liberación territorial para la plantación de viñedos. De ahí en adelante, fue posible producir y comercializar vino en toda la Argentina.

Actualmente, esa provincia cuenta con tres bodegas industriales: Vulliez Sermet, BordeRío y Los Aromitos. "Además, hay cuarenta viñedos registrados como tales -diez tienen autorización para elaborar vino casero- pero se cree que hay muchos más, casi unos cien", según aseguró la historiadora Susana de Domínguez Soler, autora del libro "Historia del vino en Entre Ríos".

La historia del vino en Entre Ríos

Aunque resulta desconocido en la actualidad, hacia 1928, Entre Ríos era la cuarta región vitivinícola del país: 115 bodegas, 2.500 hectáreas de viñas y una cultura profundamente arraigada en el hacer del vino. Para entonces, Concordia, Federación y Colonia San José era los bastiones de esta actividad, aunque también había bodegas en Concepción del Uruguay y Paraná.

Según un artículo histórico del Diario Victoria, la tradición del vino llegó de la mano de los colonos: "Eran suizos del cantón de Valais, franceses de la Alta Saboya e italianos del Piamonte, quienes vinieron a poblar Entre Ríos hacia finales de 1850 y trajeron en su acervo las diferentes modalidades en esto de elaborar el vino propio", según contó Juliana Vulliez Sermet, dueña de la bodega que lleva el apellido familiar.

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Agregó que "por esos años -según asegura la historiadora Susana de Domínguez Soler- el general Justo José de Urquiza tenía en el Palacio San José unas veinte cepas a modo de experimentación. Fue él quien cedió a esos primeros colonos, los sarmientos de Filadelfia, una variedad francesa aclimatada en EEUU, que funcionó muy bien en estas tierras. Luego se sumaron otras cepas que los inmigrantes trajeron de su Europa natal, entre ellas Lorda, rebautizada en el Río de la Plata como Tannat".

Suizos de Vally. Hacia 1900. Varios migraron a Entre Ríos.

Evaluó: "Fue una historia feliz, rica en emprendimientos, hasta la llegada de la gran crisis a mediados de la década del '30. Para entonces, el consumo de vino había descendido brutalmente con la consecuente baja de los precios, pero con una producción que se mantenía más o menos constante".

"Hay que aclarar que el problema del vino venía desde antes", dijo Domínguez Soler. "Las provincias cuyanas que habían recibido grandes incentivos para el cultivo de vid presentaban un excedente en las cosechas, que ya se registra en los primeros años del siglo XX. El Estado compraba este excedente, ya que no había suficientes bodegas en esa zona para procesar el total de la uva obtenida". 

Además, agregó sobre Mendoza y San Juan que "las provincias cordilleranas, que en esa época tenían una economía de monocultivo, presionaban desde tiempo atrás a fin de restringir a sus territorios la plantación de uva para vinificación. La crisis fue la gota que colmó el vaso. La ley 12.137, sancionada en 1935, que promovió la creación de la Junta Reguladora del Vino, fue la solución que el gobierno de Agustín P. Justo encontró a esta delicada problemática".

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Básicamente, la norma apuntaba a la drástica reducción de la producción ¬-no se mencionan los métodos-, objetivo que consiguió con creces. En 1936 la elaboración de vino se había reducido en 600 millones de litros.Tanta eficiencia no fue gratuita y los entrerrianos recuerdan con mucho dolor aquellos días. "Fue muy drástico, una bofetada al productor, muy triste", señala la historiadora Celia Vernaz. "Llegaban los empleados municipales -agrega- a romper alambiques y toneles para que no se produjera más, derramaban el vino, el trabajo se perdía, tiraban la producción, fue vergonzoso".

"Esta decisión de política económica benefició abiertamente a Cuyo, ya que las autoridades consideraron que Entre Ríos tenía otras fuentes de producción. Así, dicha norma puso fin a la vitivinicultura en Entre Ríos: todas las grandes bodegas cerraron y la actividad quedó circunscripta a la elaboración de vino para consumo familiar".

Las tres bodegas entrerrianas

Los Vulliez Sermet fueron los pioneros de esta segunda etapa. Incentivados por los relatos del abuelo Carlos Miguel, quien vivió aquellos años de prohibición, se lanzaron a la tarea de revivir el trabajo en la viña. Ellos, son una de las tantas familias que durante cuatro generaciones habían vivido en Entre Ríos de la pequeña bodega, en su caso fundada por Michel Vulliez Sermet, un poco después de su llegada a Colonia San José hacia 1860.El nuevo inicio se forjó con plantines traídos de Cafayate. En 2002 adquirieron una bodega de 1874 que perteneció a la familia Favre, en Colón, con 6 hectáreas, donde hoy cultivan Chardonnay, Merlot, Malbec, Cabernet Sauvignon, Syrah y Tannat. Con estas cepas producen vinos y espumantes que llevan el nombre del linaje familiar. Además de la visita a la bodega, ofrecen varias cabañas para los viajeros que quieran disfrutar la experiencia completa.

BordeRío, ubicada en Victoria, propiedad de Verónica Irazoqui y Guillermo Tornatore, abrió un poco después. Cuentan con 18 hectáreas de viñedos y olivares y una producción de vinos -Injusto- y espumantes -BordeRío- que juntos alcanzan hoy las 50.00 botellas, aunque las instalaciones permiten crecer hasta 100.000 anuales.Allí se organizan diferentes actividades para recibir a los interesados en disfrutar de sus vinos y descubrir las cualidades de esta zona que, algunos llaman la Pequeña Burdeos.

Los Aromitos, en Crespo, es el tercer emprendimiento. La bodega trabaja desde el 2011 y fue creciendo lentamente hasta adquirir hace unos tres años la categoría industrial. Aquí, elaboran su etiqueta Ára con la cosecha de los viñedos de Tannat, Syrah, Merlot y Malbec que poseen en Colonia Ensayo, departamento de Diamante, a unos 50 km de distancia. La bodega está abierta al turismo previa cita.

La norma completa del INV

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 5/2021

RESOL-2021-5-APN-INV#MAGYP

2A. Sección, Mendoza, 27/04/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-64012828-APN-DRO#INV, la Ley Nº 25.163, su Decreto Reglamentario Nº 57 de fecha 14 de enero de 2004, las Resoluciones Nros. C.23 de fecha 22 de diciembre de 1999, C.32 de fecha 14 de noviembre de 2002 y C.18 de fecha 27 de abril de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la firma BORDERÍO S.A., C.U.I.T. Nº 30-71486655-5, solicita el reconocimiento, registro, protección y derecho a uso de la Indicación Geográfica (I.G.) VICTORIA, ENTRE RÍOS.

Que por la Ley Nº 25.163 y su Decreto Reglamentario Nº 57 de fecha 14 de enero de 2004, se establecieron las Normas Generales para la Designación y Presentación de Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen Vínico de la Argentina, siendo el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) el órgano de aplicación de dicha norma.

Que conforme al Capítulo X, Artículo 50 de la precitada ley, este Instituto dictó la Resolución Nº C.23 de fecha 22 de diciembre de 1999, la que, como Anexo IV, forma parte del decreto reglamentario pertinente, aprobando el Padrón Básico de las Áreas Geográficas y Áreas de Producción Preliminares que, por sus aptitudes para la producción de uvas, puedan pretender acceder a una Denominación de Origen Controlada (D.O.C.) o a una Indicación Geográfica (I.G.) y la Resolución N° C.18 de fecha 27 de abril de 2012, aprobando la ampliación de dicho padrón básico.

Que de acuerdo a los antecedentes presentados en el expediente citado en el Visto y los estudios realizados por los sectores competentes de este Instituto, el área de producción de la Indicación Geográfica cuyo reconocimiento se solicita, está formada por terruños con cualidades distintivas, aptos para la producción de vinos de calidad.

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos iniciales de presentación, previstos en el Capítulo III, Artículos 7º y 9º según consta a ordenes 3/6 como así también la correspondiente publicación del edicto en el Boletín Oficial y en diario de amplia circulación en la zona geográfica de origen, conforme lo establecido por el Artículo 10, obrante a ordenes 74 y 75, no presentándose oposiciones al reconocimiento de la Indicación Geográfica propuesta y en los términos del Capítulo X, Artículo 54 de la Ley Nº 25.163 y en el Anexo I, Capítulo X, Artículo 54, Inciso 4. b) del Decreto Reglamentario Nº 57/04.

Que dadas las condiciones señaladas, cabe reconocer el área solicitada bajo el nombre de VICTORIA, ENTRE RÍOS, como una Indicación Geográfica de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° DCTO-2020-142-APN-PTE,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Reconócese, protégese y regístrase el área solicitada bajo el nombre de VICTORIA, ENTRE RÍOS, como una Indicación Geográfica de la REPÚBLICA ARGENTINA, perteneciente al Departamento Victoria, Provincia de ENTRE RÍOS en un todo de acuerdo a los siguientes límites: al oeste con el Departamento Diamante; al norte con el Departamento Nogoyá; al sur con la Provincia de SANTA FE; al este con el Departamento Gualeguay, según mapa que figura en el Anexo N° IF-2021-33618012-APN-GF#INV de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Por el área administrativa respectiva, procédase a la registración de lo establecido mediante el Artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Por intermedio de la Delegación Rosario dependiente de la Gerencia de Fiscalización de este Organismo, notifíquese con copia a los interesados, para que se dé cumplimiento a lo establecido en el Capítulo III, Artículo 12 de la Ley Nº 25.163.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y, cumplido, archívese.

Martin Silvestre Hinojosa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/05/2021 N° 29094/21 v. 04/05/2021

Fecha de publicación 04/05/2021

 Anexo - 1

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