Se publicó el decreto: ¿qué estatales mendocinos recibirán el bono de $60.000?

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial de Mendoza el decreto del gobernador para la entrega de un bono de $60.000 a la mayoría de estatales.

Con fecha del pasado 28 de agosto, este jueves se publicó en el Boletín Oficial -y por lo tanto entró en vigencia- el decreto de Rodolfo Suarez para la entrega de un bono de $60.000 para estatales mendocinos, a pagar en una sola cuota.

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Surge del decreto que este bono de $60.000 no será para todos los estatales, pero sí para la mayoría, ya que lo recibirán aquellos que tengan un salario neto (de bolsillo) igual o menor a $400.000. Además, se depositará el 14 de septiembre.

Al mismo tiempo, aclara que para los agentes que revistan horas cátedra, se pagará la totalidad del bono de $60.000 "en aquellos casos en que el agente cumpla 18 horas cátedra o más". En caso de que cumpla menos, la suma se liquidará proporcionalmente.

Este es el decreto publicado hoy:

CONSIDERANDO:

Que el día 14 de agosto del presente año, se produjo una devaluación monetaria, la que por falta de una política macro económica coherente e integral, se trasladó inmediatamente a los precios, con el consiguiente resultado negativo sobre la totalidad de los habitantes de la Provincia y el País;

Que resulta necesario paliar los efectos negativos que el incremento de precios genera sobre el salario de los agentes públicos;

Que la situación fiscal y financiera del Gobierno Provincial permite afrontar este tipo de situaciones sin comprometer el equilibrio de las cuentas públicas;

Que en uso de las facultades constitucionales otorgados al Señor Gobernador de la Provincia, resulta razonable, oportuno y conveniente otorgar una suma extraordinaria durante el mes de septiembre de 2023 a los agentes estatales;

Por ello y conforme con lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, en orden 05,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Otórguese una suma extraordinaria con carácter no remunerativo no bonificable, por única vez por la suma de PESOS: SESENTA MIL ($ 60.000.-) pagadera el día 14 de septiembre de 2023. Esta suma alcanzará a todos aquellos agentes que al 31 de agosto de 2023 hayan percibido un salario neto, menor o igual a PESOS: CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-). Este beneficio será abonado por agente y en el caso de los agentes que prestan servicios en más de una Jurisdicción el mismo será percibido en una sola de las liquidaciones. Para los agentes que revistan horas cátedra se otorgará la totalidad del beneficio en aquellos casos en que el agente cumpla dieciocho (18) horas cátedra o más, en caso de que el agente cumpla menos de dieciocho (18) horas cátedra la suma se liquidará proporcionalmente. Sólo se liquidará a los agentes activos al 31 de agosto de 2023.

Artículo 2º- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Contaduría General de la Provincia a tomar las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.

Artículo 3°- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Trabajo y Justicia y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 4°- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

LIC. VICTOR FAYAD

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